Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (República Dominicana)

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Ministerio
Ministerio de Industria y Comercio.JPG
Datos generales
Nombre:Ministerio de Industria y Comercio
Año de creación:1844
Otros datos
Sede oficial:Av. 27 de Febrero No. 306, Bella Vista. Santo Domingo, República Dominicana.Apartado Postal: 10121
Sitio web
https://micm.gob.do/

Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM). Es el órgano rector y el encargado de la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios de los sectores de la industria, exportaciones, el comercio interno y el comercio exterior, las zonas francas, regímenes especiales y las Mipymes , incluida la comercialización, el control y el abastecimiento del mercado de derivados del petróleo y demás combustibles, conforme a los lineamientos y prioridades del Gobierno Central de República Dominicana.

Historia

El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes tiene sus inicios en el origen mismo de la república. En la primera Carta Magna de la nación, en el año 1844, el Poder Ejecutivo se estructuró con cuatro secretarías y una de ellas fue el "Secretaría de Hacienda y Comercio".
Desde su creación, este Ministerio ha vivido un proceso de varios cambios, entre los cuales pasamos a resumir los más relevantes:

  • En el año 1934, por disposición contenida en la Ley de Secretarías de Estado Num. 786 del referido año, se le denomina "Secretaría de Estado de Trabajo, Agricultura e Industria y Comercio".
  • El 31 de mayo de 1935, mediante la Ley Num. 914, se divide en dos nuevas secretarías de Estado: "Secretaría de Agricultura y Trabajo" y "Secretaría de Estado de Comercio e Industria".
  • El 4 de marzo de 1936, mediante la Ley Num. 1074, que modifica la Ley de Secretarías de Estado, se establece la "Secretaría de Estado de Agricultura" y la "Secretaría de Estado de Comercio, Industria y Trabajo" y en los artículos 2 y 3 de dicha Ley se transfieren las funciones relativas al trabajo a la Secretaría de Comercio, Industria y Trabajo.
  • En los años siguientes, esta Secretaría de Estado continuó siendo objeto de nuevos cambios de denominación.
  • El 15 de diciembre de 1956 se emite el Decreto Núm. 2306(bis) que, entre otros cambios, en su estructura la denomina como "Secretaría de Estado de Industria y Comercio".
  • El 11 de septiembre de 1959, con el Decreto Núm. 5137 se refunden las secretarías de Estado de Agricultura y la de Industria y Comercio en una sola, con la denominación de "Secretaría de Estado de Agricultura y Comercio". Asimismo, a la "Secretaría de Estado de Trabajo", mediante el mismo decreto, se le denomina "Secretaría de Estado de Trabajo e Industria", separando en dos secretarías diferentes las funciones relativas al comercio y la industria, que en ese entonces estaban bajo la jurisdicción de una sola secretaría.
  • Posteriormente, estas actividades vuelven a estar juntas El 11 de abril de 1961, mediante el Decreto Núm. 6603, se separa la regulación de las actividades comerciales e industriales de las secretarías enunciadas en el párrafo anterior y crea la Secretaria de Industria y Comercio, lo que adquiere fuerza de Ley el 30 de junio del año 1966, con la promulgación de la Ley Orgánica Núm. 290-66.•El 12 de agosto de 1966 se dicta su Reglamento Orgánico y Funcional Núm. 186, que establece la organización interna y las atribuciones específicas de cada unidad orgánica de la Secretaría de Industria y Comercio.
  • En el año 1971, se crea la "Dirección General de Minería" como una dependencia de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, y en los años subsiguientes se crean la "Comisión Nacional de Política Minera", el "Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación", el "Consejo Nacional para la Energía y el Programa de Promoción y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa", y se le otorga a esta Secretaría de Estado participación especial en cada una de estas nuevas instituciones. El 2 de octubre del año 2002, mediante Resolución Núm. 338-02, de esta Secretaría de Estado de Industria y Comercio, refrendada por la entonces Oficina. En año 2013 la Dirección General de Minería pasa a formar parte del Ministerio de Energía y Minas.
  • El 6 febrero del 2010, mediante el decreto 56-10 cambia de nombre de Secretaría de Estado a Ministerio.
  • El 3 de febrero de 2017, se reorganiza el Ministerio de Industria, comercio y Mipymes para que en lo adelante se denomine “Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes”.


Misión

Impulsar el desarrollo de la industria, el comercio y las Mipymes, facilitando su crecimiento sostenible y la generación de empleos de calidad, mediante el diseño y ejecución de políticas públicas y la regulación eficiente de las actividades productivas, propiciando la competitividad de esos sectores.

Visión

Ser una institución referente nacional y regional en el diseño, formulación y ejecución de políticas, planes y programas; gestionando de manera eficiente, innovadora y transparente el fomento y regulación de los sectores de la industria, el comercio y las Mipymes, con un equipo integro, competente y altamente comprometido con el desarrollo del país.


Valores

  • Compromiso
  • Integridad
  • Liderazgo
  • Trabajo en Equipo
  • Transparencia


En el Área Industrial

  • Formula la política industrial del país en consonancia con los lineamientos, planes generales y prioridades del Gobierno Central. Define y supervisa la aplicación de las estrategias de fomento y desarrollo del sector industrial y el cumplimiento de las normas, disposiciones y regulaciones que lo rigen.
  • Da seguimiento a las empresas que fueron beneficiadas de la derogada Ley 409, de Incentivo a la Agroindustria, controlando el proceso de desmonte de esos beneficios.
  • Autoriza el inicio de actividades y la operación de almacenes generales de depósito.
  • Emite carta de no objeción para la construcción y remodelación de obras civiles para fines industriales.
  • A través del Consejo de Zonas Francas de Exportación, promueve la inversión extranjera y nacional en el sector de zonas francas industriales, fomentando la incorporación de nuevos parques y empresas.
  • A través de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial, administra el régimen de la propiedad industrial, mediante la aplicación de la Ley 20-00, controlando los registros de nombres comerciales, marcas de fábricas, patentes de invención, modelos de utilidad, diseños industriales y signos distintivos.

A través del Instituto Dominicano para la Calidad (INDOCAL):

  • Promueve y facilita la extensión y desarrollo de una cultura de calidad total en los sectores productivos de bienes y servicios nacionales.
  • Con apego a las normas internacionales elabora las normas técnicas dominicanas (NORDOM) que requiere la industria nacional, el comercio y los servicios y supervisa su debida aplicación, otorgando el sello de calidad a aquellas empresas que cumplen los requisitos de las normas.
  • Efectúa evaluación de la conformidad en materia de metrología, verificando instrumentos de medición y balanzas (pesas y medidas) en estaciones de gasolina, plantas envasadoras de GLP, supermercados, mercados y colmados.

En Comercio Interno

  • Establece la política de comercio interno del país, exceptuando aquella que se refiere al azúcar y productos agropecuarios.
  • Programa el desarrollo de comercio interno.
  • Fomenta el comercio interno, de acuerdo a la política comercial del país.
  • Controla el cumplimiento de la política de comercio interno.
  • Mantiene el registro nacional de comerciantes.
  • Autoriza la instalación y localización de establecimientos comerciales, de acuerdo a los programas de desarrollo interno.
  • Dicta y vigila el cumplimiento de normas que garanticen la libre competencia y los niveles de precios.
  • Controla los costos de producción de bienes y servicios, a excepción del azúcar y los productos agropecuarios.
  • Determina y controla los sistemas de comercialización de bienes, a excepción del azúcar y los productos agropecuarios.
  • Controla la aplicación de las leyes y normas sobre comercio interno.

En Hidrocarburos

  • Formula las políticas relativas al mercado de los combustibles. Controla y supervisa la aplicación de estas políticas y el cumplimiento de las normas, regulaciones y disposiciones que rigen dicho mercado.
  • Calcula, a través de fórmulas de precios de paridad de importación de combustibles aprobadas para tales efectos y, con base a los precios internacionales de referencia, los precios locales resultantes que deberán regir en el mercado nacional, los cuales son informados a la ciudadanía por medios de comunicación masiva.
  • A través de su Dirección de Hidrocarburos recibe, analiza y recomienda, previo a su puesta en servicio, toda solicitud para la importación, almacenamiento, producción, envase, refinamiento, purificación, mezcla, procesamiento, transformación, transportación, distribución y comercialización de hidrocarburos, verificando que cumplan con las normas técnicas y de calidad vigentes, teniendo en cuenta las normas de preservación del medio ambiente y protección ecológica.

En la Pequeña y Mediana Empresa

  • Traza las políticas de apoyo, promoción, fortalecimiento y desarrollo del sector.
  • Coordina la ejecución, a través del Programa de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (PROMIPYME), de las estrategias y acciones orientadas a promover y facilitar la creación, gestión, operación, desarrollo y crecimiento sostenido de las Mypimes, mediante el financiamiento, la capacitación y la asistencia técnica.

En Transporte Marítimo

  • Traza la política de desarrollo del transporte marítimo nacional.
  • Otorga las licencias a las empresas navieras radicadas en el país, para operar en los puertos nacionales.
  • Supervisa el cumplimiento de las disposiciones establecidas en los convenios internacionales en materia de transporte marítimo.
  • Registra y controla las hipotecas navales.

Fuentes