Asamblea Municipal del Poder Popular

Asamblea Municipal del Poder Popular
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Institución con sede en Bandera de Cuba Cuba
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Escudo de Cuba.
Fundación:1976
País:Bandera de Cuba Cuba
Sede:Municipios

Asamblea Municipal del Poder Popular. Organo superior local del poder del Estado en los territorios y está investida de la más alta autoridad para el ejercicio de las funciones estatales en sus respectivas demarcaciones, como establece la Constitución. Además, coadyuvan al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de las unidades emplazadas en su jurisdicción que no les estén subordinadas conforme a lo dispuesto en la ley.

Surgimiento

La Asamblea Municipal del Poder Popular surge, como poder constituido del Estado en los Municipios en que esta dividido el país, en 1974, como experiencia en la provincia de Matanzas y en 1976 se extendió a todo el país.

Conformación

Las Asambleas Municipales del Poder Popular están integradas por los Delegados del Municipio elegidos cada 2 años y medio, en cada una de las circunscripciones que conforman el territorio. Las mismas están presididas por un Presidente y un Vicepresidente y un Secretario. Los dos primeros son elegidos por los delegados que conforman la asamblea y el tercero es designado por el Presidente. Los delegados a las Asambleas Municipales se eligen por el voto libre, directo y secreto de los electores. La ley regula, asimismo, el procedimiento para su elección.

Función Principal

Las Asambleas Municipales del Poder Popular dirigen las entidades económicas, de producción y de servicios de subordinación local, con el propósito de satisfacer las necesidades económicas, de salud y otras de carácter asistencial, educacionales, culturales, deportivas y recreativas de la colectividad del territorio a que se extiende la jurisdicción de cada una. Para el ejercicio de sus funciones, las Asambleas Locales del Poder Popular se apoyan en los Consejos Populares y en la iniciativa y amplia participación de la población y actúan en estrecha coordinación con las organizaciones de masas y sociales.

Atribuciones

Dentro de los límites de su competencia, las Asambleas Municipales del Poder Popular tienen las atribuciones siguientes:

a) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones de carácter general adoptadas por los órganos superiores del Estado.

b) Elegir y revocar al Presidente y al Vicepresidente de la Asamblea.

c) Designar y sustituir al Secretario de la Asamblea.

ch) Ejercer la fiscalización y el control de las entidades de subordinación municipal, apoyándose en sus comisiones de trabajo.

d) Revocar o modificar los acuerdos y disposiciones de los órganos o autoridades subordinados a ella, que infrinjan la Constitución, las leyes, los decretos-leyes, los decretos, resoluciones y otras disposiciones dictadas por los órganos superiores del Estado o que afecten los intereses de la comunidad, de otros territorios, o los generales del país, o proponer su revocación al Consejo de Ministros, cuando hayan sido adoptados en función de facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado.

e) Adoptar acuerdos y dictar disposiciones dentro del marco de la Constitución y de las leyes vigentes, sobre asuntos de interés municipal y controlar su aplicación.

f) Designar y sustituir a los miembros de su órgano de Administración a propuesta de su Presidente.

g) Determinar, conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros, la organización, funcionamiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y servicios, de salud y otras de carácter asistencial, educacionales, culturales, deportivas, de protección del medio ambiente y recreativas, que están subordinadas a su órgano de Administración.

h) Proponer la creación y organización de Consejos Populares, de acuerdo con lo establecido en la ley.

i) Constituir y disolver comisiones de trabajo

j) Aprobar el plan económico-social y el presupuesto del municipio, ajustándose a las políticas trazadas para ello por los organismos competentes de la Administración Central del Estado, y controlar su ejecución.

k) Coadyuvar al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de producción y de servicios de las entidades radicadas en su territorio que no les estén subordinadas, para lo cual podrán apoyarse en sus comisiones de trabajo y en su órgano de Administración.

l) Conocer y evaluar los informes de rendición de cuenta que le presente su órgano de administración y adoptar las decisiones pertinentes sobre ellos.

ll) Atender todo lo relativo a la aplicación de la política de cuadros que tracen los órganos superiores del Estado.

m) Fortalecer la legalidad, el orden interior, y la capacidad defensiva del país.

Regulaciones para su funcionamiento

  • Las sesiones ordinarias y extraordinarias de las Asambleas Locales del Poder Popular son públicas, salvo en el caso que éstas acuerden celebrarlas a puertas cerradas, por razón de interés de Estado o porque se trate en ellas asuntos referidos al decoro de las personas.
  • En las sesiones de las Asambleas Locales del Poder Popular se requiere para su validez la presencia de más de la mitad del número total de sus integrantes. Sus acuerdos se adoptan por mayoría simple de votos.
  • Las entidades que se organizan para la satisfacción de las necesidades locales a fin de cumplir sus objetivos específicos, se rigen por las leyes, decretos-leyes y decretos; por acuerdos del Consejo de Ministros; por disposiciones que dicten los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado en asuntos de su competencia, que sean de interés general y que requieran ser regulados nacionalmente; y por los acuerdos de lo s órganos locales a los que se subordinan.
  • Las comisiones permanentes de trabajo son constituidas por las Asambleas Municipales del Poder Popular atendiendo a los intereses específicos de su localidad, para que las auxilien en la realización de sus actividades y especialmente para ejercer el control y la fiscalización de las entidades de subordinación local y de las demás correspondientes a otros niveles de subordinación, que se encuentren radicad as en su demarcación territorial. Las comisiones de carácter temporal cumplen las tareas específicas que les son asignadas dentro del término que se les señale.
  • Las Asambleas Municipales del Poder Popular se renovarán cada dos años y medio, que es el período de duración del mandato de sus delegados.
  • Las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular eligen de entre sus delegados a su Presidente y Vicepresidente. La elección se efectúa en virtud de candidaturas propuestas en la forma y según el procedimiento que la ley establece.

Fuentes

  • Constitución de la república de Cuba: CONSTITUCIÓN SOCIALISTA REFORMADA.CONSTITUCIONALMENTE EN EL AÑO 2002. (24 de febrero de 1976), Artículos, 103, 106-118.
  • Paso trascendental para la Revolucion.