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Los bienes muebles, por oposición a los [[Bienes Inmuebles]], son todos aquellos bienes personales depositados en estancias  que son transportables, pero que uno no suele llevar consigo. Esto  incluye, pero no se limita, a los elementos decorativos de una [[vivienda]].
 
Los bienes muebles, por oposición a los [[Bienes Inmuebles]], son todos aquellos bienes personales depositados en estancias  que son transportables, pero que uno no suele llevar consigo. Esto  incluye, pero no se limita, a los elementos decorativos de una [[vivienda]].
  
En el [[Derecho]] se incluyen diferentes objetos bajo esta denominación dependiendo de la rama en que se esté trabajando. Así en [[Derecho civil]]  no se consideran cosas muebles aquellas que naturalmente van adheridas  al suelo u otras superficies ([[lavabos]], [[baldosas]], [[lajas]], etc) mientras  que éstas si son consideradas muebles para el [[Derecho penal]] (por ejemplo, pueden efectivamente ser objeto de [[hurto]]). Entre estos podemos encontrar objetos de hogar como [[neveras]], [[Computadora|computadoras]], [[sofás]], etc.
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En el [[Derecho]] se incluyen diferentes objetos bajo esta denominación dependiendo de la rama en que se esté trabajando. Así en [[Derecho Civil]]  no se consideran cosas muebles aquellas que naturalmente van adheridas  al suelo u otras superficies ([[lavabos]], [[baldosas]], [[lajas]], etc) mientras  que éstas si son consideradas muebles para el [[Derecho penal]] (por ejemplo, pueden efectivamente ser objeto de [[hurto]]). Entre estos podemos encontrar objetos de hogar como [[neveras]], [[Computadora|computadoras]], [[sofás]], etc.
  
 
En contraposición a los bienes muebles existen los bienes inmuebles.
 
En contraposición a los bienes muebles existen los bienes inmuebles.

Revisión del 15:23 16 may 2019

Bienes Muebles
Información sobre la plantilla
Bienes muebles.jpg
Concepto:Son los que se pueden trasladarse de una lugar a otro, sin menoscabo de la cosa inmueble que lo contiene. Todos aquellos bienes tangibles, compuestos por mobiliario, maquinaria, equipo, bienes de desecho, entre otros.

Bienes Muebles. Son aquellos que pueden trasladarse fácilmente de un lugar a otro, manteniendo su integridad y la del inmueble en el que se hallaran depositados.

Definición

Los bienes muebles, por oposición a los Bienes Inmuebles, son todos aquellos bienes personales depositados en estancias que son transportables, pero que uno no suele llevar consigo. Esto incluye, pero no se limita, a los elementos decorativos de una vivienda.

En el Derecho se incluyen diferentes objetos bajo esta denominación dependiendo de la rama en que se esté trabajando. Así en Derecho Civil no se consideran cosas muebles aquellas que naturalmente van adheridas al suelo u otras superficies (lavabos, baldosas, lajas, etc) mientras que éstas si son consideradas muebles para el Derecho penal (por ejemplo, pueden efectivamente ser objeto de hurto). Entre estos podemos encontrar objetos de hogar como neveras, computadoras, sofás, etc.

En contraposición a los bienes muebles existen los bienes inmuebles.

Registro de Bienes Muebles

El Registro de Bienes Muebles es un Registro en el que se inscriben bienes muebles y determinados hechos, actos, contratos o resoluciones judiciales o administrativas relativos a los mismos.

Es un Registro llevado por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, bajo la dependencia del Ministerio de Justicia, que tiene por objeto la publicidad de la propiedad y de las cargas y gravámenes sobre bienes muebles, así como las condiciones generales de la contratación.

Organización del Registro de Bienes Muebles

El Registro de Bienes Muebles consta de una serie de Registros territoriales de ámbito provincial y del Registro Central de Bienes Muebles. Los criterios para determinar qué Registro de Bienes Muebles es el competente para la práctica de la inscripción son los que establece la legislación aplicable en cada caso y que dependen del tipo de bien o acto que se trate de inscribir: en algunos casos el criterio será el lugar en que esté matriculado el bien , en otros del domicilio de los contratantes, o el lugar de ubicación del establecimiento mercantil, etc… .

Qué se inscribe en el Registro de Bienes Muebles

En el Registro de Bienes Muebles se inscriben la propiedad y los gravámenes sobre bienes muebles, y consta de seis secciones:

  • Sección de otras garantías reales (hipoteca, prenda, etc... sobre bienes muebles).
  • Sección de otros bienes muebles registrables.
  • Sección del Registro de Condiciones Generales de la Contratación, que son las cláusulas que una de las partes impone en un contrato (por ejemplo, contratos de los consumidores con los Bancos, con las compañías de luz, gas, etc., en los que no se negocian las condiciones sino que simplemente se aceptan o no por una de las partes). Este tipo de condiciones que vayan a figurar en un contrato pueden ser inscritas en el Registro de Bienes Muebles. Es obligatoria la inscripción en el Registro de Bienes Muebles de las sentencias relativas a condiciones generales de contratación (por ejemplo, las sentencias en que se declare la nulidad de alguna condición general por abusiva, o las sentencias dictadas en los procesos en que se haya solicitado que dejen de utilizarse determinadas condiciones generales en los contratos).

Pueden ser objeto de inscripción todo tipo de bienes muebles identificables como aquellos que son objeto específicamente de cada una de las Secciones del registro (buques, aeronaves, automóviles maquinaria industrial, etc) y también otros como obras de arte, joyas, etc. En este Registro se inscriben, por ejemplo, los contratos de venta a plazos de bienes muebles, los contratos de arrendamiento financieros (leasing) sobre bienes muebles, otros contratos como el renting, así como las hipotecas sobre bienes muebles, prenda, anotaciones de embargo y demanda sobre los bienes, etc.

Clasificación de los Bienes Muebles

Por su naturaleza: Son muebles por su naturaleza los bienes que:

  • Pueden cambiar de lugar, bien por sí mismo o movidos por una fuerza exterior.
  • Por el objeto a que se refieran o por determinarlo así la ley.

Por el objeto a que se refieren o por determinarlo así la ley: Son muebles por el objeto a que se refieren o por determinarlo así la ley:

  • Los derechos
  • Las obligaciones
  • Las acciones que tienen por objeto cosas muebles.
  • Las acciones o cuotas de participación en las sociedades civiles y de comercio, aunque estas sociedades sean propietarias de bienes inmuebles, en este último caso, dichas acciones o cuotas de participación se reputaran muebles hasta que termine la liquidación de la sociedad.

Se reputan igualmente muebles.

  • Las ventas vitalicias a perpetuas a cargo del estado o de los particulares, salvo, en cuanto a las rentas del estado, las disposiciones legales sobre deuda pública.
  • Los materiales provenientes de la demolición de un edificio y los reunidos para construir uno nuevo, son muebles mientras no se * * La palabra moblaje, comprende los destinados el uso y adorno de las habitaciones, como tapices, camas, sillas, espejos, relojes, mesas, porcelanas, y demás objetos semejantes.
  • Comprende también los cuadros y las estatuas que forman parte de los muebles de una habitación, pero no las colecciones de cuadros, estatuas, porcelanas, ni las que ocupan galerías o cuartos particulares.
  • La expresión casa amueblada, comprende sólo el mueblaje; la expresión casa con todo lo que en ella se encuentra, comprende todos los objetos muebles, exceptuándose el dinero o los valores que lo representen en la misma.

Fuentes