Contraloría General de la República

Controlaría General de la República
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Institución con sede en Bandera de Cuba Cuba
Contraloría General de la República (CGR).jpg
Órgano encargado de examinar la legalidad y corrección de los gastos públicos
Siglas o Acrónimo:CGR
Fundación:1 de agosto de 2009
País:Bandera de Cuba Cuba
Sede:La Habana
Controlaría General de la República. Órgano encargado de examinar la legalidad y corrección de los gastos públicos. Es una entidad fiscalizadora superior encargada de velar por cumplimiento y control de los procedimientos administrativos y presupuestarios del Estado, existente en varios países de Latinoamérica. Es un órgano equivalente a un Tribunal de Cuentas.

Antecedentes

Tribunal de Cuentas

Anterior al triunfo revolucionario de 1959, en Cuba la actividad de la auditoría y el control de la hacienda pública lo ejercía el Tribunal de Cuentas. La primera institución con este nombre fue creada hacia 1764. Esta entidad se fortaleció con la Intendencia de Hacienda.

Entre 1790 y 1837 se constituyen en Cuba los organismos técnico-económicos, dando lugar en 1861 a la creación del Consejo de la Administración, en el que participaban el Intendente General de haciendas y el Presidente del Tribunal de Cuentas.

Hacia 1909 se establece que la actividad de fiscalización debía efectuarse a partir del Interventor General de la República, nombrado por el presidente y subordinado al Ministerio de Haciendas (diferente al que se crea en 1960 al triunfar la Revolución).

Ya en 1940, al aprobarse la Constitución, se establece el Tribunal de Cuentas. Esta institución con carácter autónomo y jurisdicción más amplia, se crea oficialmente en 1950 y tenía entre sus funciones supervisar el patrimonio, ingresos y gastos del Estado y de los organismos autónomos.

Después de 1959, la estructura y funciones de las estructuras que ejercerían el control en el país se amoldan al nuevo Gobierno Revolucionario y a las necesidades de su pueblo. La primera transformación en este orden fue que el 13 de febrero de 1959, el gobierno revolucionario dicta la Ley 78; Ley Orgánica del Ministerio de Recuperación de Bienes Malversados, cuyo ministro fue el médico comandante Faustino Pérez.

El Tribunal de Cuentas cesó sus funciones en 1960, cuando el gobierno revolucionario se había dotado de un mecanismo más eficiente para salvaguardar los intereses del pueblo.

Ministerio de Haciendas

En el año 1960, otra de las trasformaciones estuvo en el orden de la proyección del Ministerio de Haciendas, el que en su labor trazó directivas para los ingresos públicos internos, tenía además dentro de sus funciones la ejecución de Auditoría sobre esos ingresos. El 23 de febrero de 1960 se dicta la Ley 937 conocida como “Ley Orgánica del Ministerio de Hacienda”, mediante la cual también se creó la Dirección de Comprobación a la que se le asigna el cumplimiento de los elevados fines de fiscalización de los gastos corrientes presupuestados en los organismos y empresas. La práctica de la Auditoría a comienzos de la Revolución fue débil y se realizó por Auditores del Banco Nacional y auditores del Ministerio de Haciendas.

Ya con una nueva visión acorde a los intereses del pueblo cubano y el futuro del Estado socialista, el 20 de junio de 1961 se aprueba la Ley No. 943 Ley de Comprobación de Gastos del Estado con el fin de regular las funciones de alta fiscalización del gasto corriente presupuestado a través de la Dirección de Comprobación del Ministerio de Hacienda. A finales de 1965 se disuelve el Ministerio de Hacienda pasando a la Dirección de Comprobación del Banco Nacional de Cuba sus funciones más importantes.

Ministerio de Industrias

En 1961 se crea el Ministerio de Industrias, el cual convive con el Ministerio de Industrias hasta 1965 y con la Dirección de Comprobación del Banco Nacional hasta 1967, momento en que esta última es disuelta.

El Ministerio de Industrias implementó un fuerte aparato de Auditoría para comprobar el gran número de entidades que se subordinaron a ese organismo. Es así como se constituyen las Unidades de Auditoría en otros organismos (origen de las UAI y las UCAI). Estas decisiones compensaron en cierta medida la pérdida de fuerza en el ámbito de la Auditoría interna y externa de los organismos ya creados que tuvo lugar al desaparecer el Ministerio de Haciendas primero y luego la Dirección de Comprobación.

Dirección de Comprobación del Banco Nacional

A partir del Congreso del Partido de 1975, y teniendo en cuenta la situación económica por la que atravesaba el país, se crea el nuevo Sistema de Dirección de la Economía el cual estableció la necesidad de fomentar nuevamente la Actividad Auditora en el Aparato Estatal y a tales efectos se creó en el Banco Nacional de Cuba una nueva “Dirección de Comprobación” que se integró con un grupo técnico con experiencia en Auditoría que estaban desempeñando otras funciones en diversos organismos. De esta Dirección de Comprobación provienen muchos de los trabajadores más experimentados que laboran hoy en la Contraloría General de la República.

Comité Estatal de Finanzas

Con la creación del Comité Estatal de Finanzas, entre 1976 y 1977, las funciones que desempeñaba la Dirección de Comprobación del Banco Nacional pasaron a ser parte de la Dirección de Comprobación adscrita a este Comité.

El Comité Estatal de Finanzas propicia que se comience a legislar todo lo referente a las medidas de carácter metodológico y organizativo de las Auditorías, profundizando en los controles económicos - financieros. Dentro de su estructura, la Dirección de Comprobación, ejercería la labor fiscalizadora. Dentro del Comité además fue creada la Dirección de Ingresos la cual realizaba la comprobación del cumplimiento por las personas naturales y jurídicas de las obligaciones de estas con el Presupuesto del Estado.

Asimismo existía en Cuba un Comité Estatal de Precios, el cual se une al Comité Estatal de Finanzas oficialmente a partir del 21 de abril de 1994, cuando el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros establece por el Decreto Ley No. 147 la reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado y la creación del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP).

Oficina Nacional de Auditoría (ONA)

El 30 de mayo de 1995, el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, mediante el Acuerdo No. 2914, aprobó la creación de la Oficina Nacional de Auditoría (ONA), adjunta al Ministerio de Finanzas y Precios y en junio de ese mismo año se aprobó el Decreto Ley No. 159 “De la Auditoría”, que declaró como tarea fundamental del Estado el fortalecimiento del control económico y administrativo de las entidades. El Decreto Ley planteaba el uso de la prevención y el rescate de la disciplina y la responsabilidad, así como el logro de la transparencia de la información económica y contable.

La ONA debía evaluar el control, uso y destino de los recursos del Estado recibidos por las entidades, para controlar que éstos fueran empleados en los objetivo sociales para los cuales fueron destinados, tales como: inversiones, subvenciones, ventajas, exenciones, autorizaciones para prestar servicios, ejercer una actividad preferencial del Estado y otras actividades, con el fin de salvaguardar el patrimonio nacional y la eficiencia económica; todo ello con el respaldo de la legislación legal.

Como objetivo fundamental la nueva estructura además debía organizar y dirigir metodológicamente la auditoría en Cuba, establecer los principios, normas y procedimientos sobre esta actividad. Además quedaba bajo su competencia, el orientar y controlar de las Unidades Centrales de Auditoría Interna (UCAIs) de los Organismos de la Administración Central del Estado (OACEs) y de los Consejos de Administración Provincial (CAPs); asimismo debía mantener el asesoramiento permanente y ejercer la supervisión técnica de éstas. Asimismo debía dictar las directivas de trabajo para la confección de los planes anuales de auditoría.

Ministerio de Auditoría y Control (MAC)

El 25 de abril del 2001 nace el Ministerio de Auditoría y Control (MAC), mediante el Decreto Ley Nº 219 del Consejo de Ministros. Este nuevo ministerio tenía categoría de Organismo de la Administración Central del Estado (OACE) y sería el encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y el Gobierno en materia de Auditoría Gubernamental, Fiscalización y Control Gubernamental, así como para regular, organizar, dirigir y controlar metodológicamente el Sistema Nacional de Auditoría.

En armonía con esta Ley, se estableció el Acuerdo No. 4045 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros del 31 de mayo del 2001, mediante el cual se establecieron las funciones, atribuciones específicas y estructura del Ministerio de Auditoría y Control.

El surgimiento del MAC tributó a 3 principios básicos: prevenir, detectar y enfrentar actos de corrupción administrativa. Un año después de establecido el Acuerdo No. 4045, el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros dictó el Acuerdo No. 4374 del 11 de abril del 2002, que estableció el Reglamento del Ministerio de Auditoría y Control.

Ya en el año 2008, se incrementó la Dirección superior del Organismo Central con un Viceministro. De esta forma, la Dirección Jurídica pasaba a ser una dirección de asesoramiento directo al Ministro.

Surgimiento de la Contraloría General de la República

La Contraloría General de la República de Cuba surge el 1 de agosto de 2009 al aprobarse por la Asamblea Nacional la Ley No. 107 de la Contraloría General de la República, como resultado de un proceso de fortalecimiento de la Entidad Fiscalizadora Superior. La creación de la CGR forma parte del proceso de institucionalización del país, así como el fomento de la gestión gubernamental. Con la creación de este Órgano del Estado una vez más se eleva el rango de las funciones de control del Estado al tiempo que se eliminan dualidades innecesarias en las funciones de control.

Misión

Auxiliar a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado, en la ejecución de la más alta fiscalización sobre los órganos del Estado y del Gobierno; en razón a ello propone la política integral del Estado en materia de preservación de las finanzas públicas y el control económico–dministrativo, una vez aprobada, dirigir, ejecutar y comprobar su cumplimiento, así como, dirigir metodológicamente y supervisar el sistema nacional de auditoría; ejecutar las acciones que considere necesarias con el fin de velar por la correcta y transparente administración del patrimonio público; prevenir y luchar contra la corrupción.

Visión

Como entidad al servicio del Estado y el Gobierno cubano, tiene la visión de ser “un órgano que se distingue y caracteriza por sus valores éticos, alta profesionalidad y nivel de organización, capaz de influir en la creación de una cultura de responsabilidad, eficiente empleo de los fondos públicos y probidad administrativa, para prevenir y enfrentar indisciplinas, ilegalidades y manifestaciones de corrupción administrativa.

Funciones

La CGR trabaja en la ejecución de la más alta fiscalización sobre los órganos del Estado y del Gobierno; en razón a ello propone la política integral del Estado en materia de preservación de las finanzas públicas y el control económico-administrativo una vez aprobada, dirigir, ejecutar y comprobar su cumplimiento, así como, dirigir metodológicamente y supervisar el sistema nacional de auditoría; ejecutar las acciones que considere necesarias con el fin de velar por la correcta y transparente administración del patrimonio público; prevenir y luchar.

Vela por la escrupulosa ejecución del presupuesto del Estado, por el respeto a la legalidad en el funcionamiento general de las entidades; examina la conducta de los cuadros, dirigentes y funcionarios de los organismos y atiende las preocupaciones de la población acerca de manifestaciones de ilegalidades.

Aunque los problemas relativos a necesidades, carencias y limitaciones que pudieran enfrentar los centros productivos no son de la competencia de la Controlaría, el órgano atiende los planteamientos y los canaliza adecuadamente.

Responsabilidades

Una de las responsabilidades principales de la Contraloría es proporcionar información contable y financiera, que muestre los resultados de la empresa y su posición mercantil. Estos datos deberán servir para evaluar su desempeño. Su misión es servir de base para la toma de decisiones, así tendrá que ser estructurada y configurada en su contenido y alcance, de acuerdo con las necesidades de aquellos usuarios internos y externos que van a utilizarla para evaluar alternativas y tomar decisiones. La información debe ser significativa, oportuna, relevante, completa, comparable y verificable; asimismo, debe incluir datos financieros y operativos.

Otra de las responsabilidades contables de la contraloría es la información sobre los costos y el control sobre ellos. Su adecuada atención para lograr su optimización se convierte en una responsabilidad crítica por ser la variable que puede ser controlada por la empresa. En consecuencia, se requiere la disponibilidad de una información adecuada y oportuna en las distintas áreas y niveles de la empresa para que los responsables puedan identificar el progreso o retroceso obtenido en las operaciones realizadas.

Estructura

Está integrada por la Contraloría General y las Contralorías Provinciales. Para el ejercicio de sus funciones y atribuciones en los municipios se crean secciones de la Contraloría Provincial, que desde este órgano atienden uno o varios municipios.

La Contraloría General de la República se compone de Direcciones Integrales de Auditoría, Supervisión y Control, un Departamento Independiente de Auditoría Interna, una Oficina del Contralor General y un Órgano de Cuadros como estructuras nuevas respecto al Ministerio de Auditoría y Control. De igual modo se han perfeccionado las funciones de la Dirección de Atención al Sistema y de Atención a la Población, con el interés de fomentar la función social u sistémica que debe tener el Órgano.

La CGR además fortaleció estructuralmente el trabajo en las provincias, constituyéndose las Contraloría Provinciales (15) y las Secciones Municipales (16), que si bien no aparecen en el organigrama general, son determinantes para llevar la actividad de control hasta el último lugar de Cuba.

Diferencia entre el MAC y la CGR

Atendiendo a la jerarquía dentro del Estado cubano, el Ministerio de Auditoría y Control (MAC) fue constituido como un Organismo de la Administración Central del Estado, según refiere el artículo 1 del Decreto Ley 219/03, encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en materia de auditoría gubernamental, fiscalización y control gubernamental; así como para regular, organizar, dirigir y controlar metodológicamente, el Sistema Nacional de Auditoría.

El MAC formaba parte del Gobierno y se encontraba al mismo nivel que el resto de los Ministerios que existían en el país en aquel momento; como tal, tenía con los mismos, relaciones de colaboración. Asimismo tenía relaciones de subordinación respecto a la Fiscalía General de la República, Tribunales y Asamblea Nacional, como se refiere la Disposición Especial única expresa en el Decreto Ley 219/03.

Por su parte la Contraloría General de la República se auxilia a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado (Ley No. 107/09). Como tal se sitúa en una posición de cooperación y coordinación con el resto de los Órganos del Estado tales como Fiscalía y Tribunales, al tiempo que mantiene una relación de subordinación con la ANPP y una relación de coordinación, colaboración, supervisión y control con los Organismos de la Administración Central del Estado, al tiempo que puede auxiliarse de estos para el trazado de la política integral del rubro. Todo lo anterior deduce que igualmente hay un cambio en la forma de rendición de cuentas de la CGR respecto al MAC.

Fuentes