Decreto–Ley 263, del contrato de seguro

Decreto–Ley 263, del contrato de seguro
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Título originalDECRETO – LEY 263, “DEL CONTRATO DE SEGURO”
Autor(a)(es)(as)MsC. Irma Alicia Tamayo Torres.
ImprentaFederico Engels.
Primera edición2012
ISBN978-959-7066-68 -2
PaísBandera de Cuba Cuba

Decreto- Ley 263, del contrato de seguro. Libro que resulta un acercamiento a las regulaciones que rigen en Cuba así como la importancia que reviste en el orden económico y social.

Introducción

El contrato de seguro, fuente inagotable de beneficio social, permite mantener un desarrollo sostenido de la industria y el comercio con el progreso social que de ello se deriva, facilita la inversión de fondos, pues constituye un poderoso medio de captación y distribución del ahorro, y un instrumento de inversión. El seguro tuvo sus orígenes en la antigua Roma, con las condiciones mutualistas, y a los fenicios con el¨ préstamo a la gruesa¨, esta institución financiera, de transferencia de riesgo, ha evolucionado en los últimos tiempos, siendo en la modernidad un medio imprescindible en nuestras vidas.

Antecedentes del seguro en Cuba

Los antecedentes en Cuba se remontan al año 1795, que se constituyó en la Ciudad de la Habana la primera compañía de seguros Marítimos que funcionó hasta 1804. En 1855 se fundó, por un grupo de españoles residentes en el país, ¨El Iris como la primera compañía de Seguros Mutuos contra agencia inglesas, americanas, canadienses, brasileñas, que al triunfar la Revolución eran 171. A partir de 1959 el seguro quedó prácticamente en desuso, en virtud de la protección que a través de la Seguridad Social y la Asistencia Social, el Estado le ofrece a todos los ciudadanos, razón que hizo a los cubanos olvidarse de los seguros.

El seguro en Cuba

A raíz de los cambios y transformaciones que imperan en la Isla en los últimos tiempos, el seguro viene a ocupar un lugar importante, tanto para los ciudadanos, como para los empresarios, así como para los nuevos sujetos que en la esfera económica y agropecuaria han surgido, tal es el caso de los trabajadores por cuenta propia y los usufructuarios de tierras ociosas entregadas por el estado para producirlas. A pesar de que hoy, todavía, algunos ciudadanos consideran el seguro como una institución propia del sistema capitalista, es necesario entender que el seguro en el socialismo representa la reserva de los medios, ya sean materiales, monetarios o de otra índole, destinado a cubrir las pérdidas ocasionadas a la sociedad por desastres naturales u otros hechos casuales de siniestros, como pueden ser, además, un incendio, accidente y hasta la muerte.

Objetivo de la autora

La autora desea poner en manos de los lectores una pequeña obra contentiva de un comentario sencillo y claro del Decreto – Ley No. 263, Del Contrato de Seguro, dictado en fecha 23 de diciembre de 2008, siguiendo como criterio de ordenación la propia estructura de la norma; incorporando, además, los contenidos de la Revolución No. 8, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios en fecha 9 de Enero de 2009, Reglamento del Decreto- ley Del Contrato de Seguro, y el contenido de algunas de las pólizas que se comercializan en el mercado de seguro cubano por la entidad de seguros nacional, la Empresa de Seguros Nacionales (ESEN).

Del Libro

El título que Ediciones ONBC somete a la consideración de sus lectores, Decreto – Ley 263, ¨Del Contrato de Seguro¨, resulta un acercamiento a las regulaciones que rigen en Cuba en la materia. Es un tema que a pesar de la importancia que reviste en el orden económico y social, no alcanza hoy reconocimiento de su necesidad. Han sido expuestas solo las modalidades que se comercializan por la entidad de seguros nacionales (ESEN), y se ha estructurado siguiendo el criterio de ordenación de la norma y su reglamento, además se hace mención a otras disposiciones jurídicas que se permiten una mejor comprensión de los temas tratados y facilita su consulta por parte del lector.

Fuentes

  • DECRETO – LEY 263, “DEL CONTRATO DE SEGURO”
  • MsC. Irma Alicia Tamayo Torres.