Federico Carlos de Savigny

Federico Carlos
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Jurisconsulto alemán
NombreFederico Carlos de Savigny
Nacimiento21 de febrero de 1779
Bandera de Alemania Alemania Bandera de Alemania Alemania
Fallecimiento25 de octubre de 1861
Berlín, Bandera de Alemania Alemania
NacionalidadAlemana
CiudadaníaAlemana
EducaciónDoctor en Jurisprudencia
Alma materUniversidad de Marburgo
OcupaciónProfesor

Federico Carlos de Savigny. Jurista alemán, nacido en Fráncfort del Meno un 21 de febrero de 1779 y fallecido en Berlín el 25 de octubre de 1861, fundador de la escuela histórica del derecho alemana.

Síntesis biográfica

Nace el 21 de febrero de 1779, en la patria de Goethe. Su familia era originaria de la Lorena, de donde había emigrado a Alemania hacían 150 años. La Biographie universelle menciona a un Cristóbal de Savigny, nativo del condado de Rathel, en Champagne, que se había hecho renombre el siglo XVI por sus escritos enciclopédicos. Quizá sea él uno de los antecesores de Savigny.

El abuelo de Savigny era gobernador en Deux-Ponts; su padre, representante de varios príncipes del circulo del Alto Rhin en Franfort, sobre el Mein. Se refiere de este último que adornaba los libros de su biblioteca con una viñeta que representaba un manojo de llaves con divisa: non omnia possums omnes. La familia se encontraba en una buena situación de fortuna. Huérfano desde los 13 años, Federico Carlos fue recogido en la de su tutor Von Neurath, que era Asesor de la Cámara Imperial en Wetzlar.

Juventud

A la edad de 16 años, se incorporó a la Universidad de Marburgo. Allí entró en relaciones intimas con el profesor Felipe Federico Weis, un jurista filósofo de la que entonces se llamaba escuela elegante, del cual dice Hugo escribió menos que lo que se hubiera deseado. ´ El joven Svigny fue entusiasmado por aquél para el estudio del derecho y de su historia, fue también Weis que le dio la primer idea incitándolo a trabajar en la historia del Derecho Romano en la Edad Media, por lo cual Savigny en el prefacio de dicha obra lo llamó su excelente profesor.

Wais unía a sus profundos conocimientos, un celo increíble por la literatura jurídica de la edad media, que fue también objeto de su última obra, un producto de su tiempo. Después de haber pasado un corto intervalo de tiempo en la Universidad de Goettingen, Savigny terminó sus estudios en Marburgo, obteniendo su título de doctor en jurisprudencia el 31 de octubre de 1800.

En esta ocasión escribió, como disertación inaugural, su primer trabajo, De Concursu delictorum formali , que permitía adivinar, en el joven de 21 años, al futuro maestro. Designado profesor adjunto, no sólo despertó todas las esperanzas, sino que las colmo; sus primeros pasos le valieron un éxito sin reservas. Poco bastó para que su renombre como escritor de derecho quedara consagrado para siempre.

Trabajo intelectual

Trabajó en la historia de la jurisprudencia. Por esa razón el 25 de octubre de 1865 es para la jurisprudencia un día histórico como ningún otro.

El espíritu de Savigny había madurado siendo muy joven. Después de haber obtenido en 1800, en Marburgo, el grado de Doctor, fué designado profesor, en plena juventud, a los 21 años de edad, en la Facultad de aquella ciudad; el reconocimiento a sus méritos no se hizo esperar, siendo designado profesor extraordinario. Tres años después publico “leyes y fragmentos” del Corpus Juris.

Esta obra puede ser señalada como la piedra angular de la época actual de la jurisprudencia y a pesar de ser la obra de un principiante, contiene en germen todo lo que más tarde pudo ser realizado y realizaron, tanto el mismo Savigny como otros escritores, para lograr la regeneración de la jurisprudencia: un animoso y juvenil entusiasmo para sacudir el peso inútil de las divisiones tradicionales, de las definiciones, de las reglas, de las expresiones técnicas, el uso independiente, libre de prejuicios, de las fuentes, pero ante todo, aptitud de seguir a través de los cambios más enmarañados, a los juristas romanos, y de describir, partiendo de puntos aislados y de indicaciones fugitivas, las líneas originales y las ideas fundamentales de la teoría, de hacer revivir el pensamiento romano, reconstruir la construcción romana, evocar de nuevo el espíritu de la jurisprudencia romana y captar la inteligencia íntima de su obra. Tales son los rasgos particulares que singularizan a esta obra.

Savigny, dedicó los años siguientes a un viaje científico, viaje que tuvo por objeto la compulsa de las bibliotecas, especialmente para el estudio del derecho romano en la Edad Media. En realidad la historia del derecho tomaba más bien la forma de una historia literaria del derecho y su valor no sufre por ello ningún desmedro. La historia del derecho romano, por el contrario no ha gozado del mismo favor de una elaboración de conjunto de esa especie; debió conformarse con una serie de monografías aisladas, algunas de ellas trascendentales, que se publicaron originariamente, en parte en la colección de la Academia de Ciencias de Berlín, en parte en la Revista para la historia de la ciencia del derecho, fundada por él mismo en unión con Eichorn y Göschen.

El año 1814 brindó a Savigny la oportunidad de producir un escrito de circunstancias, que provocó un efecto que quizá sea único en la historia. La liberación del yugo exterior del dominio francés, había estimulado en muchos espíritus, la idea paralela de que también podía ser sacudido del yugo interno que bajo la forma del derecho romano aceptado en otro tiempo y que en muchas partes de Alemania se conservaba y se conserva aún.

Su escrito más renombrado: “De la vocación de nuestro tiempo para la legislación y la ciencia del derecho”.

Sería rendir un homenaje excesivo a las fuerzas que en aquel momento regían los destinos de Alemania, se aceptaba que Savigny hizo abortar la idea de una legislación nacional; desde este punto de vista su escrito no era necesario y un adversario de esa idea hubiera encontrado en la sola palabra, Dieta Federal (Bundestag), un apoyo más fuerte que en todos los fundamentos extraídos por Savigny. Una denominación puede darse, la que asegura al escrito su significación imperecedera. Savigny es de la opinión, que la época no posee aún la madurez necesaria para la redacción de un Código y previene contra las consecuencias necesarias de una extemporánea fijación y codificación del derecho.

Después de su escrito sobre la posesión, la actividad literaria de Savigny abandonó la esfera del dogmatismo, dedicándose exclusivamente a la historia, lo que dio base suficiente al prejuicio de que esto se debía a la unilateralidad de su talento o de su inclinación. El año 1840 destruyó radicalmente este prejuicio. en ese año aparecieron tres volúmenes de una obra concebida con gran extensión- “El sistema del derecho romano actual”- acontecimiento que produjo verdadera sensación en el mundo jurídico.

Pensamiento

Como si la materia estuviera alejado por completo de sus intereses y de sus sentimientos, Savigny se sitúa por encima de ella, no es el sujeto que exterioriza su opinión sobre la materia, sino que es la materia misma que toma la forma del pensamiento, aquella forma objetiva, en la que sólo se desprende del espíritu subjetivo. no lo que ha sido buscado y hallado recientemente, sino lo que ha experimentado el largo proceso de una íntima y paulatina maduración y que desde largo tiempo, estaba desligado de las luchas y de los esfuerzos subjetivos. Esta independencia de Savigny con respecto a la materia, se manifiesta especialmente en su actitud crítica frente al derecho romano. Contrariamente a lo que suele ocurrir con los romanistas, su admiración por el derecho romano no esclavizó su juicio, ni le basta que algo haya acaecido, sino que busca también el porqué, no sólo el porqué exterior que en realidad no responde a un como, sino al porqué intrínseco que reside en los fines y en los fundamentos prácticos de la institución.

Obras Científicas

  • “De Concursu Delictorum Formali”
  • “Leyes y Fragmentos” del Corpus Juris"
  • “Historia del Derecho Romano en la Edad Media”(1815-1831)
  • “De La Vocación de Nuestro Tiempo para la Legislación y la Ciencia del Derecho”
  • “Sistema Del Derecho"

Fuente