Diferencia entre revisiones de «Real decreto»

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Un Real Decreto es sancionado por el Rey, y refrendado por el Presidente del Gobierno, o los ministros competentes.
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Un Real Decreto es sancionado por el Rey, y refrendado por el Presidente del Gobierno, o los ministros competentes.  
  
==Véase también==
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== Véase también ==
  
*[[Real Decreto Legislativo]]
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*[[Real Decreto Legislativo]]  
*[[Real Decreto Ley]]
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*[[Real Decreto Ley]]  
 
*[[Real Cédula]]
 
*[[Real Cédula]]
  
[[Categoría:España]]
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==Fuente==
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* [http://www.1diccionario.com/buscar/decreto Significado de decreto - 1 diccionario.com]
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* [http://es.thefreedictionary.com/decreto decreto - significado de decreto diccionario]
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[[Categoría:Derecho_Constitucional]][[Categoría:Historia_de_España]]

última versión al 16:52 5 jul 2012

Real decreto
Información sobre la plantilla
Concepto:Norma jurídica con rango de reglamento, que emana del poder ejecutivo (el Gobierno), en nombre del Rey de España, y en virtud de las competencias prescritas en la Constitución española de 1978

En el sistema jurídico español, un Real Decreto es una Norma jurídica con rango de Reglamento, que emana del Poder ejecutivo (el Gobierno), en nombre del Rey de España, y en virtud de las competencias prescritas en la Constitución. No obstante, no hay que confundir el contenido con la forma de aprobación: los actos que emanan del Consejo de Ministros adquieren la forma de Real Decreto (que es, por tanto, la forma en que se reviste el acto); pero no todo Real Decreto es un Reglamento (ello dependerá del contenido). En cualquier caso, el Real Decreto se sitúa en el orden de prelación de las normas jurídicas inmediatamente después de las normas con rango de Ley y antes de la Orden ministerial.

Su diferencia con la primera es que emana del Poder ejecutivo y no del Poder legislativo. Su diferencia con la segunda es que el Real Decreto precisa para su adopción de la aprobación del Consejo de Ministros exclusivamente, mientras que la Orden ministerial puede establecerse por parte de un solo ministerio.

Tanto los Reales Decretos como las Órdenes Ministeriales integran la Potestad reglamentaria de la Administración Pública. Los Reglamentos, en virtud del principio de Jerarquía normativa, no pueden contradecir lo dispuesto en las leyes, y la Constitución prohíbe que regulen una serie de materias que reserva a la ley.

Un Real Decreto es sancionado por el Rey, y refrendado por el Presidente del Gobierno, o los ministros competentes.

Véase también

Fuente