Sociedad Española de Cultivo In Vitro de Tejidos Vegetales

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Sociedad Española de Cultivo In Vitro de Tejidos Vegetales
Información sobre la plantilla
Institución con sede en Bandera de España España
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Siglas o Acrónimo:SECIVTV
País:Bandera de España España
Sede:Valencia
Sitio web
Portal Web de SECIVTV

Sociedad Española de Cultivo In Vitro de Tejidos Vegetales (SECIVTV). Es una asociación española al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.

Sede

SECIVTV tiene su sede en el Instituto de Investigaciones Agrarias, Carretera de Moncada a Náquera Km 4,5, Valencia, España.

Reseña

La SECIVTV se constituyó en Santiago de Compostela el 10 de noviembre de 1992 por un grupo de miembros de la rama española de la International Association of Plant Tissue Culture (IAPTC).

Sus estatutos fueron aprobados formalmente por el Ministerio del Interior el 10 de agosto 1993 y posteriormente modificados en asamblea general extraordinaria de 10 de noviembre 1999.

Es por tanto una Sociedad científica joven que se creó con el objetivo de «promover el desarrollo del cultivo in vitro de células, órganos y tejidos vegetales, así como la organización de reuniones científicas y de cualquier otro tipo que sirva para establecer y mantener un contacto entre todos las personas interesadas en este campo de la ciencia». La creación de la Sociedad fue igualmente consecuencia del incremento del número de grupos españoles que trabajan en cultivo in vitro.

La SECIVTV tiene mas de 120 socios, que incluyen tanto investigadores de Universidades y Organismos Públicos de Investigación (OPIs), como técnicos de empresas privadas.

La SECIVTV incluye actividades sobre estudios básicos de cultivo in vitro y su aplicación en la agricultura y conservación del medio ambiente.

La cuota de la sociedad cubre los gastos propios más la cuota de inscripción a la International Association of Plant Tissue Culture and Biotechnology (IAPTC&B), que desde hace unos años se llama International Association of Plant Biotechnology (IAPB). En consecuencia, todos los socios de la SECIVTV son miembros de la IAPB.

Fines

  • Promover el desarrollo del cultivo in vitro de células, tejidos y órganos vegetales.
  • Representar a los investigadores que trabajan en este campo de la ciencia en organismos internacionales similares.
  • Fomentar el intercambio de información científica entre todos sus miembros.
  • Informar de los avances que se produzcan en esta área de conocimiento.

Actividades

Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades:

  • Reuniones científicas.
  • Reuniones de cualquier otro tipo que sirvan para establecer y mantener un contacto entre todos aquellos interesados en el cultivo in vitro de células, tejidos y órganos vegetales.
  • Patrocinar publicaciones científicas.
  • Integrarse en la International Association for Plant Tissue Culture and Biotechnology (IAPTC&B).

Junta Directiva

La Junta Directiva estará formada por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y tres vocales, cargos que deberán recaer en socios que sean mayores de edad, que lleven por lo menos un año en la Sociedad, estén en pleno uso de los derechos civiles y no estén incursos en motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos. Éstos serán designados y revocados por la Asamblea General y su mandato tendrá una duración de 4 años. Los cargos de presidente, vicepresidente y vocales no podrán ser objeto de reelección en dos cuatrienios consecutivos.

La Junta Directiva anunciará con suficiente antelación la convocatoria para renovar los cargos de la misma. Los candidatos podrán ser propuestos por cualquier Socio Ordinario siempre que su petición esté apoyada por la firma de otros cuatro socios más y se envíe al Secretario al menos un mes antes de la votación correspondiente. Asimismo, la Junta Directiva podrá proponer los candidatos que considere oportunos. Una vez formada la relación de candidatos, la Secretaría la cursará a todos los socios 15 días antes de la Asamblea General. La votación será secreta y serán proclamados los candidatos que alcancen la mayoría simple de votos.

Socios

Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas mayores de edad y con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación.

Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios/as:

  • Promotores o fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.
  • De número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación.
  • De honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la Junta Directiva.

Los socios/as causarán baja por alguna de las causas siguientes:

  • Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva, sin que ello les exima de satisfacer las obligaciones que tengan pendientes para con ella.
  • Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejara de satisfacer las cuotas periódicas.
  • Por cometer actos que los hagan indignos de seguir perteneciendo a la misma. La separación será precedida de expediente en el que deberá ser oído el interesado, y contra el acuerdo de la Junta Directiva cabrá recurso ante la primera Asamblea General que se celebre.

Fuentes