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En escalas prolongadas de tiempo (décadas o más) existe un balance entre la [[energía]] entrante y saliente. Esto significa que la temperatura del sistema tierra-atmósfera permanece aproximadamente constante en esas escalas temporales. Si este balance es alterado (al desbalance se le denomina forzamiento radiativo), entonces el sistema responde al forzamiento radiativo e intenta restablecer el balance cambiando su temperatura.  
  
Los procesos que producen forzamientos radiativo son conocidos como factores de forzamiento externo. En términos generales el forzamiento externo puede ser natural o antropogénico. Un ejemplo de forzamiento externo natural puede ser un cambio en la energía emitida por el [[sol]], mientras que, un ejemplo de forzamiento externo antropogénico puede ser el reforzamiento del [[efecto invernadero]].  
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Los procesos que producen forzamientos radiativo son conocidos como factores de forzamiento externo. En términos generales el forzamiento externo puede ser natural o antropogénico. Un ejemplo de forzamiento externo natural puede ser un cambio en la energía emitida por el [[sol]], mientras que, un ejemplo de forzamiento externo antropogénico puede ser el reforzamiento del [[efecto invernadero]].
  
 
== Clima ==
 
== Clima ==

Revisión del 12:59 13 nov 2011

Cambio climático
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Concepto:El cambio climático es la modificación del clima en relación con el historial climático a escala global o regional. Dichos cambios se producen a muy diversas escalas de tiempo y sobre todos los parámetros climáticos: temperatura, precipitaciones, nubosidad, etc. Teóricamente, el cambio climático puede producirse tanto por causas naturales, como antropogénicas.

Cambio climático. Hasta hace poco tiempo, los cambios en el clima se asociaban solamente a forzamientos externos naturales. Sin embargo, hoy esta claro que, debido a los patrones de desarrollo utilizados, el hombre puede cambiar el clima terrestre, produciendo un reforzamiento del efecto invernadero.

Algunas consideraciones

El cambio climático de origen antropogénico, causante de tanta preocupación a nivel mundial, tiene el agravante de que se espera que se produzca en un plazo de tiempo tan breve que no permita la adaptación natural de los ecosistemas naturales y los sistemas socio-económicos actuales.

La temperatura del sistema tierra-atmósfera (temperatura media global cerca de la superficie terrestre) está determinada por el balance entre la radiación solar entrante (de longitud de onda corta) y la radiación saliente, la cual comprende la parte de la radiación solar reflejada (onda corta) y la radiación infrarroja terrestre (de longitud de onda larga).

En escalas prolongadas de tiempo (décadas o más) existe un balance entre la energía entrante y saliente. Esto significa que la temperatura del sistema tierra-atmósfera permanece aproximadamente constante en esas escalas temporales. Si este balance es alterado (al desbalance se le denomina forzamiento radiativo), entonces el sistema responde al forzamiento radiativo e intenta restablecer el balance cambiando su temperatura.

Los procesos que producen forzamientos radiativo son conocidos como factores de forzamiento externo. En términos generales el forzamiento externo puede ser natural o antropogénico. Un ejemplo de forzamiento externo natural puede ser un cambio en la energía emitida por el sol, mientras que, un ejemplo de forzamiento externo antropogénico puede ser el reforzamiento del efecto invernadero.

Clima

Se define como el tiempo atmosférico promedio en una región, para un período relativamente largo de tiempo; por lo general meses, años y más. Etimológicamente la palabra clima es inclinación y se refiere a la oblicuidad con que los rayos solares llegan a la superficie terrestre, la cual varía según las horas del día, la época del año y la latitud del lugar. Sin embargo, su significado efectivo es más complejo. Según el Vocabulario Meteorológico Internacional, clima es el conjunto fluctuante de las condiciones atmosféricas, caracterizado por los estados y evolución del tiempo en una porción determinada del espacio.

Efecto invernadero

El efecto invernadero es un proceso natural que ocasiona el calentamiento de la superficie terrestre y la atmósfera baja. Este efecto se origina por la presencia en la atmósfera de gases que tienen la capacidad de absorber y reemitir la radiación terrestre.

Estos gases actúan de forma similar a los cristales de una casa de invernadero y de ahí proviene la denominación. En ausencia de esos gases la temperatura media global de la tierra sería 33°C más baja que la actual (alrededor de -18°C), haciendo imposible la existencia de las actuales formas de vida en el planeta.

Debe notarse que el empleo de la palabra reforzamiento (del efecto invernadero), tiene especial importancia para hacer notar que el efecto invernadero es natural y que la causa del cambio climático como consecuencia de las actividades humanas se asocia con su intensificación y no con su existencia.

El resultado de la intensificación del efecto invernadero no debe ser visto en términos tan simples como el solo aumento de la temperatura. En realidad el clima de la tierra no está asociado exclusivamente con lo que sucede en la atmósfera, pues el mismo es el resultado de múltiples interacciones entre diferentes componentes que integran lo que se denomina Sistema Climático. Los componentes del Sistema Climático son los océanos, la criósfera (glaciares, hielos continentales y marinos), la geósfera (superficie sólida de la Tierra) y la biosfera. Como resulta difícil prever las múltiples interacciones que se producen en el Sistema Climático y debido a que las reacciones de sus componentes se producen en períodos de tiempo diferentes, entonces la predicción de los cambios en el clima aún no resulta precisa.

Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Protocolo de Kioto

En 1990, la Segunda Conferencia Mundial sobre el clima, a partir de las conclusiones del Primer Informe Científico del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (conocido por sus siglas en inglés como IPCC), recomendó el inicio de las negociaciones para elaborar un tratado internacional que regulara la cooperación entre los países para mitigar el posible cambio climático mundial.

En ese mismo año, la Asamblea General de las Naciones Unidas, basada en la recomendación anterior, estableció el Comité Intergubernamental de Negociación (CIN) encargado de negociar la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). El CIN redactó el texto de la Convención y lo aprobó en mayo de 1992, en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York.

La Convención se abrió a la firma de los jefes de estados y de gobiernos en la Cumbre para la Tierra, en Río de Janeiro, en junio de 1992, siendo firmada por un total de 154 países. Esta Convención es un marco de referencia dentro del cual los gobiernos podrán colaborar para aplicar nuevas políticas y programas, que tendrán amplias repercusiones en la manera en que viven y trabajan los seres humanos.

Según lo reflejado en su Artículo 2, el objetivo último de la Convención y de todo instrumento jurídico conexo que adopte la Conferencia de las Partes, es lograr, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Convención, la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.

Archivo:Esquema sobre el efecto invernadero que produce el calentamiento global.jpg
Esquema sobre el efecto invernadero que produce el calentamiento global.

Aspectos puntuales de la Convención

  • Los países industrializados son los principales responsables de las emisiones de gases pasados y presentes y, en consecuencia, deben estar a la vanguardia en la lucha contra el cambio climático.
  • La principal prioridad de los países en desarrollo será su desarrollo económico y social y por lo tanto la parte de las emisiones mundiales originadas por ellos aumentará a medida que se industrialicen.
  • Los países con ecosistemas frágiles, como son los pequeños Estados insulares y los países áridos, son particularmente vulnerables ante los efectos previstos del cambio climático.

La Convención entró en vigor el 21 de marzo de 1994, al ser ratificada noventa días antes por más de 50 países.
* En su Artículo 4 la Convención establece compromisos que son comunes a todas las partes y que están relacionados con: la elaboración de inventarios nacionales de emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero, la formulación y aplicación de programas nacionales para mitigar el cambio climático, la promoción del desarrollo sostenible, la preparación de medidas para la adaptación al cambio climático, el apoyo a la investigación científica y la observación del sistema climático, entre otros.

El Artículo 4 también establece que, teniendo en cuenta las responsabilidades comunes pero diferenciadas, las Partes en el Anexo I (países desarrollados) reducirán sus emisiones de Gases con Efecto invernadero (GEI) para el año 2000 a los niveles de 1990.

En 1995, la Primera Conferencia de las Partes, celebrada en la ciudad alemana de Berlín, reconoció que dichos compromisos de reducción eran insuficientes para estabilizar las concentraciones de GEI en la atmósfera a fin de satisfacer el objetivo último de la Convención.

Como resultado se adoptó el Mandato de Berlín, que puso en marcha un proceso para negociar un protocolo que estableciera compromisos cuantificados de limitación y reducción de emisiones antropógenas de GEI para las Partes en el Anexo I de la Convención a partir del año 2000, con el objetivo de mitigar en parte la influencia de las actividades humanas que provocan el Calentamiento Global de la atmósfera y el consecuente cambio climático.

Archivo:Efecto invernadero.jpg
Protocolo de Kioto.

Para negociar el texto de dicho instrumento jurídico, la Primera Conferencia de las Partes estableció el Grupo Especial del Mandato de Berlín. El Grupo, tras ocho períodos de sesiones, sometió a la consideración de la Tercera Conferencia de la Partes un borrador de texto que fue aprobado finalmente el 11 de diciembre de 1997 con el nombre de Protocolo de Kyoto.

El Protocolo de Kioto de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático está conformado por 28 artículos y dos anexos. Establece compromisos jurídicamente vinculantes para las Partes en el Anexo I de la Convención (países desarrollados), con el objetivo de reducir colectivamente sus niveles de emisiones de GEI en un 5.2% con respecto a los existentes en 1990, en un período de compromiso de 5 años comprendido del 2008 al 2012. Cubre seis gases de efecto invernadero: dióxido de carbono (CO2), metano (CH4), óxido nitroso (N2O), hidrofluorocarbonos (HFCs), perfluorocarbonos (PFCs) y hexafluoruro de azufre (SF6). Para los tres primeros, que son los principales, el año de referencia será 1990 y para los tres últimos será 1995.

La República de Cuba en el contexto del cambio climático

Tras haber participado activamente en el proceso de negociación para la firma de la CMNUCC, la República de Cuba ratificó la Convención el día 5 de enero de 1994 y es Parte de la misma desde el día 5 de abril de 1994. Sin embargo, desde principios de la década de 1990, ya se manifestaba una notable preocupación por el tema.

En el año 1991 se realizó una evaluación preliminar de los impactos del cambio climático que abarcó los sectores de agricultura, ecosistemas naturales terrestres, hidrología y recursos hídricos, áreas costeras, asentamientos poblacionales, salud y turismo. Esta evaluación, que se realizó mediante el método del juicio de expertos, fue el primer intento de síntesis de los resultados de las investigaciones que realizaban grupos de científicos del país.

Calentamiento Global.

Aunque la contribución de la República de Cuba al calentamiento global es muy reducida, existe una notable preocupación por los impactos que el cambio climático pueda tener sobre el país. De hecho, los resultados de esa primera evaluación mostraron el elevado nivel de vulnerabilidad de Cuba ante los impactos potenciales, especialmente aquellos relacionados con el incremento del nivel de mar.

Como todas las Partes de la Convención, Cuba está obligada a transmitir a la Conferencia de las Partes, por conducto de la secretaría, varios elementos de información que aparecen referidos en el Articulo 12. En especial, el párrafo 5 de ese artículo establece los términos de tiempo para la presentación de las comunicaciones nacionales. De esta forma, la presentación de la Primera Comunicación Nacional de Cuba a la CMNUCC permite el cumplimiento de estas obligaciones.

En la preparación de este documento se han considerado las guías propuestas por la Conferencia de las Partes para la realización de los inventarios de emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero, los estudios de vulnerabilidad y adaptación, así como los estudios de mitigación. Se utilizaron además, las directrices establecidas por la decisión 10/CP2, para la preparación de las comunicaciones nacionales de las Partes no Anexo I.

Véase también

Enlaces externos

Fuentes