Diferencia entre revisiones de «Oficina Nacional de Estadística e Información en Cienfuegos»

(Regulaciones para la solicitud de información)
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== Regulaciones para la solicitud de información ==
 
== Regulaciones para la solicitud de información ==
 
Para la solicitud de información estadística que no se encuentre en la principal publicación de la  Oficina, el Anuario  Estadístico de la Provincia Cienfuegos, la ONEI tiene instituida la Resolución 134 de 2013 sobre Solicitud de Información, la cual tiene como aspectos fundamentales los siguientes:
 
Para la solicitud de información estadística que no se encuentre en la principal publicación de la  Oficina, el Anuario  Estadístico de la Provincia Cienfuegos, la ONEI tiene instituida la Resolución 134 de 2013 sobre Solicitud de Información, la cual tiene como aspectos fundamentales los siguientes:
*Los servicios estadísticos y las solicitudes de información que se le
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- Los servicios estadísticos y las solicitudes de información que se le
 
solicite a la Oficina Nacional de Estadística e Información, y a sus unidades subordinadas, fuera de su plan anual de publicaciones, deberán ser dirigidos de forma oficial y por escrito al Delegado de la  Oficina Provincial, para su aprobación, quien autorizará la tramitación por el Jefe del Departamento de Difusión de la Información o departamento correspondiente, siempre que ello no signifique captaciones de nuevas informaciones a las entidades informantes, entiéndase como tal las empresas, unidades presupuestadas, cooperativas no agropecuarias, hogares, la población y otras formas de gestión.
 
solicite a la Oficina Nacional de Estadística e Información, y a sus unidades subordinadas, fuera de su plan anual de publicaciones, deberán ser dirigidos de forma oficial y por escrito al Delegado de la  Oficina Provincial, para su aprobación, quien autorizará la tramitación por el Jefe del Departamento de Difusión de la Información o departamento correspondiente, siempre que ello no signifique captaciones de nuevas informaciones a las entidades informantes, entiéndase como tal las empresas, unidades presupuestadas, cooperativas no agropecuarias, hogares, la población y otras formas de gestión.
*Los servicios solicitados se brindarán a partir de las bases de datos e informaciones que dispone el Sistema de la  Oficina, se entregarán al usuario de forma oficial, a través del Departamento de Difusión de la  Información.
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*El Departamento de Difusión de la Información evaluará, en el término de dos (2) días hábiles siguientes al recibimiento de la solicitud, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
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- Los servicios solicitados se brindarán a partir de las bases de datos e informaciones que dispone el Sistema de la  Oficina, se entregarán al usuario de forma oficial, a través del Departamento de Difusión de la  Información.
*La identificación del solicitante.
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*La información de su interés y el motivo de la solicitud.
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- El Departamento de Difusión de la Información evaluará, en el término de dos (2) días hábiles siguientes al recibimiento de la solicitud, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
*Los datos de localización.
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- La identificación del solicitante;
 
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- La información de su interés y el motivo de la solicitud;
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- los datos de localización.
 
Si la solicitud no cumplimenta los requisitos establecidos, luego de la radicación en el registro establecido, se procede al archivo de la misma.
 
Si la solicitud no cumplimenta los requisitos establecidos, luego de la radicación en el registro establecido, se procede al archivo de la misma.
 
En caso de no disponerse de la información que se requiere, se le comunicará al usuario dentro del término de los tres (3) días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud.
 
En caso de no disponerse de la información que se requiere, se le comunicará al usuario dentro del término de los tres (3) días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud.
 
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*El término para dar respuesta a las solicitudes formuladas es el de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la radicación de la solicitud.
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- El término para dar respuesta a las solicitudes formuladas es el de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la radicación de la solicitud.
 
De existir alguna complejidad en la información a brindar y se requiera más tiempo del señalado anteriormente, éste se conciliará previamente con el usuario.
 
De existir alguna complejidad en la información a brindar y se requiera más tiempo del señalado anteriormente, éste se conciliará previamente con el usuario.
*Si las solicitudes son presentadas directamente, tanto por personas naturales como jurídicas, ante la  Oficina Provincial o en las Oficinas Municipales, serán atendidas de igual forma.
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- Si las solicitudes son presentadas directamente, tanto por personas naturales como jurídicas, ante la  Oficina Provincial o en las Oficinas Municipales, serán atendidas de igual forma.
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==Fuentes==
 
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Revisión del 10:32 2 oct 2014

Oficina Nacional de Estadística e Información en Cienfuegos
Información sobre la plantilla
Institución con sede en Bandera de Cuba Cuba
F1.jpg
Director/a :Rosa María Delgado Trujillo
País:Bandera de Cuba Cuba
Sede:Ave 52 No. 3505 entre 35 y 37
Dirección:Cienfuegos

Oficina Nacional de Estadística e Información (ONEI), en Cienfuegos, es la encargada de captar las estadísticas mediante el Sistema Estadístico Nacional. Además las procesa y las difunde a través de sus publicaciones y de los servicios estadísticos que brinda.

Historia

El Comité Estatal de Estadísticas es creado el 30 de noviembre de 1976, al amparo de la Ley 1323, Ley de Organización de la Administración Central del Estado, donde se establece en su artículo 59 inciso e), entre las atribuciones y funciones principales del Comité Estatal de Estadística, la de elaborar, en coordinación con los Organismos de la Administración Central del Estado y aprobar los nomencladores, clasificadores y codificadores necesarios para el trabajo económico, así como el Registro Estatal de Empresas y Unidades Presupuestadas. En 1994 como parte de una reorganización de los Organismos de la Administración Central de Estado se cambia el nombre de Comité Estatal de Estadística por el de Oficina de Estadística que de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Decreto Ley N0 147 de fecha 21 de abril de 1994, estaría adscripta al Ministerio de Economía y Planificación. Es por ello que Estadística es la encargada de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en materia de estadísticas y de Centralizar y emitir la información estadística del país. Atendiendo a las condiciones actuales de necesidad de información a nivel de Gobierno para la toma de decisiones, se reorganiza el Sistema de Información del Gobierno el 8 de febrero de 2011 y se hace oficial a través de la Gaceta Oficial de la República en el Decreto Ley 281, Artículo 31 donde se reestructuran las funciones de Estadística y a la vez se cambia el nombre por el de Oficina Nacional de Estadística e Información, convirtiéndose de esta manera en el órgano del Consejo de Ministros. Dentro de sus funciones está la de dirigir metodológicamente la gestión de la información relevante para el Gobierno y la aplicación de la política estatal en materia de estadísticas.


Misión

Garantizar la producción de estadísticas de calidad a través del Sistema Estadístico Nacional, ejerciendo una adecuada dirección, ejecución y control de la captación de las cifras económicas y sociales, así como su difusión de acuerdo con los requerimientos de la economía y las demás necesidades del país en información estadística.

Visión

Construiremos un sistema estadístico profesional, capaz de responder con calidad y oportunidad las necesidades de información estadística del país, para enfrentar sus objetivos de desarrollo económico y social del país y su adecuado reflejo internacional, conscientes de ser útiles y necesarios a la sociedad.

Atribuciones y Funciones

  1. Integrar el trabajo estadístico estatal del país en un sistema eficiente, a saber, el sistema estadístico nacional, destinado a brindar la información requerida para el control del plan de la economía, el análisis del comportamiento de la economía y las demás necesidades del país.
  2. Centralizar y emitir la estadística oficial del país incluyendo los sectores estatal, cooperativo, mixto y privado.
  3. Organizar y aprobar las estadísticas centralizadas destinadas a satisfacer los requerimientos informativos de dirección y los compromisos estadísticos internacionales, así como las estadísticas territoriales destinadas a satisfacer los requerimientos de los órganos de dirección del gobierno en los territorios y aprobar las normas metodológicas y de clasificación que se utilizan en las mismas.
  4. Dirigir metodológicamente la actividad estadística de los órganos, organismos, instituciones y entidades estatales y supervisar el trabajo estadístico en los mismos, organizando la auditoría estadística y velando por la autenticidad de la información.
  5. Asumir la producción de las estadísticas fundamentales y designar a los demás productores de las mismas, organizando y coordinando el servicio estadístico a brindar.
  6. Identificar las unidades de observación estadística y captar, a través de la red territorial, la información correspondiente a las estadísticas centralizadas en los órganos y organismos, entidades, establecimientos y demás unidades organizativas así designadas, tanto de los sectores estatal, cooperativo, mixto y privado, como a las personas naturales y los hogares.
  7. Dirigir y/o ejecutar los censos económicos y de población y encuestas económicas o sociales de carácter nacional y aprobar la realización de este tipo de investigaciones a órganos y organismos del estado cuando su carácter y alcance lo requiera.
  8. Llevar los registros estatales de empresas, unidades presupuestadas y demás entidades estatales, de entidades subordinadas a las organizaciones políticas, sociales y de masas y el de cooperativas y unidades básicas de producción cooperativa.
  9. Elaborar, en coordinación con los órganos y organismos del estado el proyecto de programa nacional de estadísticas que incluye los objetivos concretos a alcanzar en el siguiente año y las responsabilidades de los distintos productores de estadísticas.

Objetivos de Trabajo

  • OBJETIVO 1: Organizar el funcionamiento del Sistema de Información del Gobierno, en particular la información relevante para el Gobierno Central.
  • OBJETIVO 2: Garantizar los servicios de la información y los documentos relevantes para el Gobierno Central, incluyendo la estadística oficial del país.
  • OBJETIVO 3: Garantizar la dirección del proceso de desarrollo, implantación y despliegue de las aplicaciones informáticas que emplea el Sistema de Información del Gobierno.
  • OBJETIVO 4: Avanzar en la concepción de nuevos indicadores estadísticos y el perfeccionamiento de las metodologías existentes.

Estructura Organizativa

La Oficina Nacional de Estadística e Información en Cienfuegos se encuentra integrada por 8 Oficinas Municipales ubicadas en cada uno de los municipios y por 8 Departamentos Provinciales:

  1. Captación, Procesamiento y Análisis de la Información Estadística
  2. Difusión de la Información Estadística
  3. Auditoría de la Información Estadística
  4. Demografía, Censo y Encuestas
  5. Informática
  6. Economía
  7. Servicios Generales

Principales Publicaciones

La Oficina Nacional de Estadística e Información de Cienfuegos realiza varias publicaciones que son utilizadas en la toma de decisiones en la provincia. Las mismas se clasifican en limitadas o públicas y de acuerdo a la periodicidad con que se elaboran pueden ser mensuales, trimestrales, semestrales y anuales. Estas publicaciones son:

  1. Anuario Estadístico de la Provincia Cienfuegos.
  2. Principales Indicadores Económicos.
  3. Comportamiento de la Disciplina Informativa.
  4. Entrega de Productos para la Exportación.
  5. Turismo: Indicadores Seleccionados.
  6. Comercio Interior: Indicadores Seleccionados.
  7. Información Oportuna de la Harina de Trigo.
  8. Índice de Volumen Físico de la Producción Territorial.
  9. Boletín de Actualización del REEUP.
  10. Publicación sobre Mortalidad Infantil.
  11. Boletín Demográfico.
  12. Indicadores Seleccionados de Demografía.
  13. Envejecimiento Poblacional.
  14. Indicadores Demográficos.

Regulaciones para la solicitud de información

Para la solicitud de información estadística que no se encuentre en la principal publicación de la Oficina, el Anuario Estadístico de la Provincia Cienfuegos, la ONEI tiene instituida la Resolución 134 de 2013 sobre Solicitud de Información, la cual tiene como aspectos fundamentales los siguientes: - Los servicios estadísticos y las solicitudes de información que se le solicite a la Oficina Nacional de Estadística e Información, y a sus unidades subordinadas, fuera de su plan anual de publicaciones, deberán ser dirigidos de forma oficial y por escrito al Delegado de la Oficina Provincial, para su aprobación, quien autorizará la tramitación por el Jefe del Departamento de Difusión de la Información o departamento correspondiente, siempre que ello no signifique captaciones de nuevas informaciones a las entidades informantes, entiéndase como tal las empresas, unidades presupuestadas, cooperativas no agropecuarias, hogares, la población y otras formas de gestión.

- Los servicios solicitados se brindarán a partir de las bases de datos e informaciones que dispone el Sistema de la Oficina, se entregarán al usuario de forma oficial, a través del Departamento de Difusión de la Información.

- El Departamento de Difusión de la Información evaluará, en el término de dos (2) días hábiles siguientes al recibimiento de la solicitud, el cumplimiento de los siguientes requisitos: - La identificación del solicitante; - La información de su interés y el motivo de la solicitud; - los datos de localización. Si la solicitud no cumplimenta los requisitos establecidos, luego de la radicación en el registro establecido, se procede al archivo de la misma. En caso de no disponerse de la información que se requiere, se le comunicará al usuario dentro del término de los tres (3) días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud.

- El término para dar respuesta a las solicitudes formuladas es el de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la radicación de la solicitud. De existir alguna complejidad en la información a brindar y se requiera más tiempo del señalado anteriormente, éste se conciliará previamente con el usuario.

- Si las solicitudes son presentadas directamente, tanto por personas naturales como jurídicas, ante la Oficina Provincial o en las Oficinas Municipales, serán atendidas de igual forma.


Fuentes

  • onei. Consultado [26 de septiembre] del [2014].
  • [www.one.cu/resoluciones/2013res161.pdf resoluciones]. Consultado 26 de septiembre del 2014.
  • Objetivos de Trabajo para el año 2014. Oficina Nacional de Estadística e Información en Cienfuegos. Cuba. Documento Word.
  • Plan de Publicaciones 2014 de la Oficina Nacional de Estadística e Información en Cienfuegos. Cuba. Documento Word.
  • Resolución 134 de 2013 para la Solicitud de Información a la Oficina Nacional de Estadística e Información”. Cuba. Documento PDF.