Poder Público Nacional (Venezuela)

Poder Público Nacional de Venezuela
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Concepto:Forma en que se ejerce el poder en Venezuela.

Poder Público Nacional de Venezuela. Dividido en 5 poderes (legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral), es la forma en que el Estado venezolano ejerce su poder.

Poder Público Nacional

Características

Se ejerce con un caracter unitario y se distribuye entre el Poder Municipal (municipios), el Poder Estadal y el Poder Nacional se divide en diferentes ramas del poder público (legislativa, ejecutiva y judicial) y otros órganos para ejercer sus funciones.

Conformación y distribuciones

Conformado por los poderes ejecutivo, legislativo, judicial, ciudadano y electoral y una distribución vertical y otra horizontal:

  • Distribución vertical: poder público nacional, poder público estatal y poder público municipal.
  • Distribución horizontal: además de los poderes ejecutivos, legislativos y judicial, se incorporan el poder ciudadano y el poder electoral con el objeto de consolidar el respeto, autonomía e independencia de los procesos electorales y los derechos humanos.

Funciones

  • Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia.
  • Decretar amnistías.
  • Discutir y aprobar el presupuesto nacional.
  • Discutir y aprobar los proyectos de leyes concernientes al régimen tributario y al crédito público.
  • Autorizar los créditos adicionales al presupuesto.
  • Otros.

Atribuciones

  • Sobre la política y la actuación internacional del país.
  • Sobre la policía nacional.
  • Sobre la seguridad, defensa y desarrollo nacional.
  • Sobre la políticas y servicios nacionales de educación y salud.
  • Sobre la organización y administración de la justicia, del ministerio público y la defensoría del pueblo.
  • Otros

Poder Público Estadal

La Constitución Bolivariana representa leyes nacionales o leyes bases, que sirven de marco a los Estados para que elaboren sus propias leyes en función de los principios establecidos en ella.

Poder Publico Municipal

Se define como la unidad política primera de la organización nacional venezolana, con personalidad jurídica y de autonomía.

Poder Legislativo

Dirigido por una cámara unida a la Asamblea Nacional, encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, las que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias y los Territorios Federales. Son 227 diputados, que sirven por cinco años y pueden ser reelegidos.

Poder legislativo nacional

Representa el organismo encargado de elaborar las leyes.

Atribuciones

  • Decretar amnistías,
  • Dar voto de censura al vicepresidente y ministro.
  • Aprobar tratados y acuerdos internacionales que celebre el ejecutivo.
  • Otros.

Poder legislativo estatal

Lo ejerce el llamado Consejo Legislativo, cuyo número de miembros no podrá ser mayor de 15 ni menor de 7, quienes representan, proporcionalmente, a la población del Estado y de los municipios.

Atribuciones

  • Legislar sobre las materias de competencia estadal.
  • Sancionar la ley de presupuesto de ese Estado.
  • Otras que establezca la constitución y las leyes.

Poder legislativo municipal

Consejo municipal

Es la máxima autoridad legislativa del municipio y se encuentra integrado por los concejales electos mediante votación popular, con duración en sus funciones de 4 años.

Funciones
  • Nombrar al Vicepresidente de la cámara quien suplirá las faltas temporales del Alcalde.
  • Designar al Secretario, al Sindico Procurador y al Contralor Municipal
  • Aprobar los instrumentos jurídicos municipales (ordenanzas y acuerdos), planes y programas de gestión municipal, concesión de servicios públicos, traspaso de inmuebles y otras.

Poder Ejecutivo

Poder ejecutivo nacional

Es ejercido por el Presidente Ejecutivo de la República, Vicepresidente Ejecutivo, Ministros y demás funcionarios del Gobierno venezolano, según lo establecido en la Constitución.

Estructura horizontal

  • Poder ejecutivo nacional
Presidente(a)
Vicepresidente(a)
Ministros(a)
Procurador(a)
Consejo de estado

Poder ejecutivo estadal

Se ejerce en los Estados por el llamado Consejo Legislativo (número de miembros no mayor de 15 ni menor de 7), quienes representan la población del Estado y de los municipios, proporcionalmente.

Poder ejecutivo municipal

Atribuciones del Alcalde

  • Dirigir el gobierno y la administración municipal o distrital y ejercer la representación del municipio
  • Ejecutar, dirigir e inspeccionar los servicios y obras municipales o distritales
  • Dictar reglamentos, decretos, resoluciones y demás actos administrativos de la entidad
  • Elaborar y disponer la ejecución de los planes de desarrollo urbano local, sancionado por el Consejo o Cabildo.
  • Conceder ayudas y otorgar becas, pensiones y jubilaciones de acuerdo a las leyes.

Las juntas parroquiales

Las parroquias son demarcaciones de carácter local dentro del territorio de los municipios, creadas con el objeto de descentralizar la administración municipal, promover la participación ciudadana y la mejor prestación de los servicios públicos locales.

Funciones

  • Promover la participación ciudadana en la gestión de los asuntos comunitarios.
  • Elevar a la consideración del Alcalde(sa) y del Consejo Municipal las aspiraciones de los vecinos relacionados con la prioridad y urgencia de la ejecución, reforma o mejoras de obras y servicios locales.

Poder Judicial

Es el encargado de administrar la justicia emanada de los ciudadanos, y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley, constituido por el Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales inferiores que se establezcan.

El poder judicial nacional

Atribuciones

  • Ejecutar y aplicar imparcialmente las normas que expresen la voluntad popular.
  • Someter a todos los poderes públicos al cumplimientos de la constitución y las leyes.
  • Controlar la legalidad de la actuación administrativa.
  • Ofrecer a todas las personas tutela efectiva en el ejercicios de sus derechos e intereses legítimos

Tribunal Supremo de Justicia

Atribuciones

  • Conocer del recurso de casación.
  • Decidir los conflictos de competencia de los tribunales.
  • Declarar la nulidad total o parcial de los reglamentos y demás actos administrativos generales o individuales del ejecutivo nacional.
  • Otras

Poder judicial estatal

Con el objetivo de promover la descentralización administrativa y jurisdiccional de Poder Judicial, se ha regulado la organización de circuitos judiciales, así como la creación y competencia de tribunales y cortes regionales.

Tribunales ordinarios

Son los encargados de administrar a la justicia en todo el territorio nacional. De acuerdo a sus funciones y al lugar donde actúen se subdividen en tribunales de jurisdicción ordinaria y los de jurisdicción especial.

Poder Ciudadano

El poder ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano (CMR) integrado por el defensor del pueblo, el Fiscal general de la República Bolivariana de Venezuela y el contralor general de la República.

Poder ciudadano nacional

Conformación

  • Ministerio publico.
  • Defensoría del pueblo.
  • Contraloría general de la republica.

Poder ciudadano estadal

Se establece la creación de una contraloría Estadal, que gozara de autonomía orgánica y funcional. El Contralor(a), como máxima autoridad, se encargara del control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes del Estado, este funcionario será escogido por concurso público.

Poder ciudadano municipal

Contraloría municipal

Le corresponde el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes municipales. Esta dirigida por el Contralor Municipal, designado por el consejo mediante concurso público que garantice la idoneidad y capacidad de quien sea designado.

Juez de paz

Nueva figura promovida por las alcaldías, cuyo objeto principal es el que se convierta en una especie de árbitro en las confrontaciones menores suscitadas entre vecinos de un barrio, urbanización, residencias, etc., de un municipio, otorgándole la razón al que la tiene en función del principio de la igualdad, integridad y justicia.

Poder Electoral

Constituido y representado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), quien se encarga de ser el árbitro a la hora de votar.

Atribuciones

La política y la actuación internacional de la República.

La defensa y suprema vigilancia de los intereses generales de la República, la conservación de la paz pública y la recta aplicación de la ley en todo el territorio nacional.

Poder electoral nacional

El poder electoral se ejerce a través del Consejo Nacional Electoral; el cual se encuentra estructurado por la Junta Electoral Nacional, la comisión de registro Civil y Electoral, y la comisión de participación política y financiamiento. Estas dependencias del Poder electoral garantizaran la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales.

Consejo nacional electoral

Ee la máxima dependencia del poder Electoral (cinco personas sin vinculación alguna con organizaciones políticas); tres son postulados por la sociedad sociedad civil; uno por las facultades de ciencias jurídicas; y el quinto por el Poder Ciudadano.

Atribuciones

  • Reglamentar las leyes electorales
  • Declarar la nulidad parcial o total de las elecciones
  • Organización y registro de las organizaciones con fines políticos
  • Controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de las organizaciones políticas
  • Otras

Fuentes