Reeducación Penitenciaria en Cuba

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Reeducación Penitenciaria en Cuba
Información sobre la plantilla
Bandera-cuba-5.jpg
Bandera cubana de cinco franjas y una estrella, tiene tres colores, Rojo, Blanco y Azul
Tipo de programamilitar
CreaciónDesde 1959
CreadorSistema Nacional Revolucionario
PaísBandera

El sistema penitenciario prerrevolucionario – en el que fueron torturados y ejecutados extrajudicialmente cientos de valientes jóvenes cubanos que luchaban contra la tiranía sostenida por Washington en la Isla –, se caracterizaba por la promiscuidad y el hacinamiento, la corrupción judicial y administrativa, el crimen despiadado, los maltratos físicos y la tortura, las desapariciones, la discriminación racial y social y el tratamiento brutal al hombre sancionado, en detrimento de su integridad y dignidad humana. En dicho sistema – si así se le puede calificar –, prevalecía además una ausencia total de programas de rehabilitación social. Las cárceles eran verdaderos almacenes de personas reprimidas por la dictadura y de marginados por una sociedad profundamente injusta. En síntesis, era un régimen carcelario despiadado y brutal, deformador de hombres y creador de delincuentes.

Transformaciones en el sistema penitenciario heredado en 1959

La Revolución tuvo que destruir el régimen carcelario que heredó de la tiranía batistiana y ha venido construyendo, durante todos estos años, un sistema penitenciario revolucionario, profundamente humano, sustentado en el respeto y el control riguroso de ejecución de leyes y reglamentos y la aplicación de política que se inspiran en la máxima de reeducar y rehabilitar a cada persona recluida para su reintegración social. Fueron desactivadas viejas prisiones heredadas del capitalismo que carecían de las mínimas condiciones para la vida humana. Se construyeron nuevas prisiones (de régimen cerrado y abierto), a partir de conceptos humanistas y respetando los códigos y principios desarrollados por la ciencia penal a nivel internacional, a partir de las mejores prácticas para el tratamiento a los reclusos. El Gobierno Revolucionario derogó leyes y reglamentos obsoletos en materia penitenciaria, muchos de los cuales persistían desde la etapa colonial. Se reemplazó además el personal que atendía los centros penitenciarios, a partir de las elevadas normas de humanismo y respeto a la dignidad que se empezó a exigir y se continúa exigiendo hasta nuestros días a los ciudadanos que cumplen tan importante función social. Entre los pilares de la transformación que se acometió en el proceso de construcción de un nuevo sistema penitenciario en el país tras el triunfo de la Revolución Cubana, vale la pena singularizar los siguientes:

  • El perfeccionamiento de la legislación penitenciaria y de su base reglamentaria, teniendo en cuenta los preceptos de las “Reglas Mínimas Internacionales para el Tratamiento a los Reclusos”, aprobadas en el Primer Congreso sobre la Prevención del Delito y el Tratamiento al Delincuente, celebrado en 1955, en Ginebra, Suiza. Las sucesivas actualizaciones internacionales a esas normas han sido asimiladas y aplicadas al sistema penitenciario cubano.
  • La adopción y perfeccionamiento del sistema progresivo, para permitir al recluso ir avanzando en diferentes regímenes penitenciarios hasta lograr su libertad condicional, a partir de su conducta y de plazos mínimos de cumplimiento de su sanción.
  • El establecimiento de criterios de clasificación de la población penal que aseguran mejor tratamiento colectivo e individualizado (reglamentación del tratamiento que reciben las categorías de reclusos a partir de su situación legal, del sexo, las edades, características personales, sus niveles de peligrosidad, etc.)
  • La construcción de locales adecuados para los establecimientos penitenciarios (celdas colectivas e individuales, con aire, luz, ventilación, servicios sanitarios y duchas).
  • La incorporación voluntaria al trabajo socialmente útil y remunerado.
  • El otorgamiento de ayudas económicas a familiares de reclusos.
  • La organización de un subsistema educacional en las prisiones para la enseñanza general y técnica.
  • La organización de un subsistema de atención médica y estomatológica, primaria y especializada, para atender a los reclusos.
  • El desarrollo de actividades de amplia participación en las esferas artísticas, deportivas y recreativas.
  • La capacitación técnica y profesional y la superación permanente del personal penitenciario (juristas, psicólogos, pedagogos, defectólogos, sociólogos y los funcionarios).

La Educación es prioridad en el sistema penitenciario cubano

En el propósito del Estado cubano de convertir las prisiones en escuelas, han cambiado hasta los nombres de esas instituciones y de quienes en ellas cumplen alguna sanción judicial. Por ello en la Isla las cárceles se llaman centros penitenciarios, y los reclusos son conocidos por internos. La concepción sienta las bases de un ambiente civilizado, de confianza y de optimismo en las reservas morales de los seres humanos para su reincorporación social, explicó a la AIN. Una de las prioridades de la Escuela Nacional del Sistema Penitenciario, encargados de devolver a las personas a su comunidad mucho mejor que como entraron al establecimiento, estas acciones de la Revolución permiten la rehabilitación de los reclusos y su reincorporación a la sociedad, promoviendo el respeto a su condición de legítimos hijos de la nación cubana, independientemente del delito cometido.

Cuba: Sistema penitenciario protege derechos de los reclusos

Se perfeccionó la legislación penitenciaria y su base reglamentaria, teniendo en cuenta los preceptos de las “Reglas Mínimas Internacionales para el Tratamiento a los Reclusos”, aprobadas en el Primer Congreso sobre la Prevención del Delito y el Tratamiento al Delincuente, celebrado en 1955, en Ginebra, Suiza. Las sucesivas actualizaciones internacionales a esas normas han sido asimiladas y aplicadas al sistema cubano.

Uno de los grandes desafíos que tuvo que afrontar la Revolución Cubana fue desmantelar el sistema penitenciario establecido por la tiranía bastitana, en el que imperaban la corrupción judicial y administrativa, el crimen despiadado, los maltratos físicos y la tortura, las desapariciones, la discriminación racial y social y el tratamiento brutal al hombre sancionado, en detrimento de su integridad y dignidad humanas. La legislación vigente en Cuba y consecuentemente la que rige en su sistema penitenciario, contiene las garantías fundamentales universalmente aceptadas que protegen los derechos de todas las personas. El respeto a la dignidad plena del hombre y el mejoramiento humano, constituyen no solo la esencia de la voluntad política del gobierno cubano, sino una realidad inocultable de la Revolución. Pese a las dificultades económicas que el país ha tenido que afrontar, no se ha justificado nunca la negación de la justicia, ni se ha invocado la amenaza de tipo alguno para desnaturalizar o desconocer los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad. En todos los centros penitenciarios del país igualmente se imparten otras especialidades técnicas y profesionales e incluso, aquellos que lo desean y tienen el nivel requerido y cumplen la sanción en prisiones de régimen abierto, pueden cursar estudios superiores en las filiales universitarias municipales. Y no son pocos los que desaprovechan esa oportunidad.

No hay dudas de que los programas de reeducación en los centros penitenciarios cubanos han contribuido a elevar la autoestima de los internos y a convertirlos en seres honestos dispuestos a compartir los retos y sueños de nuestra sociedad.

Bibliografía