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Revisión del 09:43 9 may 2012

Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz. En latín: Societas Sacerdotalis Sanctæ Crucis, es una asociación de sacerdotes perteneciente a la prelatura personal del Opus Dei.Cuenta con unos 4.000 socios. Está compuesta por los sacerdotes de la prelatura y por otros presbíteros y diáconos diocesanos. El prelado del Opus Dei es el presidente de la sociedad.[1]

Objetivos

Tiene como fin la promoción de “la santificación sacerdotal, conforme al espíritu y la praxis ascética del Opus Dei” (Estatutos, n. 57)[2]. Fue erigida por la Santa Sede al mismo tiempo que la Prelatura personal del Opus Dei: “Queda erigida a la vez -se lee en la Constitución Apostólica Ut sit, de 28 de noviembre de 1982- la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz como Asociación de clérigos intrínsecamente unida a la Prelatura”.

Historia

Durante la etapa fundacional del Opus Dei lo que más urge a su fundador es la atención sacerdotal específica de los laicos de la organización: necesita sacerdotes que transmitan su misma espiritualidad a los laicos y que puedan dedicarse, en cualquier lugar del mundo, a sacar adelante esa tarea. No podía ni quería sustraer sacerdotes a las diócesis para atender las necesidades del Opus Dei. De ahí que el único camino posible era la ordenación sacerdotal de algunos hijos suyos, que hubieran vivido antes según el espíritu del Opus Dei, lo conocieran bien y fueran buenos profesionales. Poco después de terminar la guerra civil española, ya se estaban preparando algunos; entre ellos, Mons. Alvaro del Portillo. Otros dos, que se ordenarían con él en 1944, también eran ingenieros: Jose María Hernández de Garnica y José Luis Múzquiz, fallecidos, en 1972 y 1983. Los tres cursaban ya estudios eclesiásticos avanzados, y se examinaban en el Seminario Metropolitano de Madrid. La solución le vino a la mente 14 de febrero de 1943 durante una misa:la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, esa solución le permitiría incardinar a los sacerdotes que se ordenaran al servicio del Opus Dei. Al terminar la celebración, pudo hablar ya de esa Sociedad y comenzó a preparar la documentación para su aprobación eclesiástica. Después de la erección de la Sociedad en diciembre de 1943, los primeros sacerdotes del Opus Dei (después de san Josemaría) fueron ordenados en junio de 1944.

Los socios de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz

La Sociedad Sacerdotal tiene una estructura perfectamente configurada tras su erección pontificia, en 1982, como “asociación clerical propia e intrínseca de la Prelatura, de manera que con ella forma un todo único y de ella no puede separarse[2].Por tanto, tiene un tratamiento jurídico propio, que la diferencia de la Prelatura del Opus Dei, a pesar de permancer unida y poseer la misma espiritualidad.Por un lado pertenecen a la Sociedad todos los sacerdotes que, ordenados para el servicio del Opus Dei, están incardinados en esa Prelatura personal erigida por Juan Pablo II en 1982.Son aquellos que pertenecían ya al Opus Dei y trabajaban en distintas profesiones; después, tras cursar estudios de Filosofía y Teología y obtener un doctorado eclesiástico, se ordenan princialmente para atender las actividades pastorales de la Prelatura.La mayoría de los socios de la Sociedad Sacerdotal no pertenecen al presbiterio de la Prelatura, sino al de sus diócesis respectivas, a las que sirven y de las que exclusivamente dependen. Son sacerdotes -también diáconos- de cualquier diócesis o de otra institución jerárquica secular, que trabajan donde el respectivo obispo les ha colocado: en una parroquia, en la delegación diocesana de la juventud o de cáritas, en la enseñanza, o como capellán del cementerio o de un asilo... No abandonan ese lugar o esos trabajos por pedir la admisión en la Sociedad Sacerdotal. Al contrario: lo que ellos buscan y lo que se les ofrece en la Sociedad Sacerdotal son unos medios ascéticos para santificarse luchando por mejorar su sacerdocio secular, precisamente allí donde su obispo les haya pedido que trabajen.Por tanto, su vinculación con la Sociedad Sacerdotal es meramente asociativa. Esto quiere decir que no tienen un superior jerárquico con potestad de régimen por pertenecer a ella: su único Superior, al que desean estar unidos y obedecer como cualquier otro sacerdote de la diócesis, es su propio obispo.

Conocen que el espíritu del Opus Dei les puede ayudar interiormente para luchar con más afán por su propia santidad y por sacar adelante mejor las tareas ministeriales encomendadas, y por eso se comprometen a conocer a fondo y a vivir ese espíritu. Pero sin salirse de su sitio. De manera semejante a un laico que trabaja en tal empresa y que está unido en matrimonio: si desea vivir el espíritu del Opus Dei, no es para descuidar ni su trabajo ni a su mujer, sino para santificarse atendiéndolos mejor. Esto es un rasgo básico del espíritu del Opus Dei: no sacar a nadie de su sitio, ayudar a cada uno a hacer mejor lo que ya estaba haciendo antes.

¿Quiénes pueden ser socios de la Sociedad Sacerdotal?

Pueden pertenecer a la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz los diáconos o sacerdotes seculares que se sientan llamados por Dios para vivir ese espíritu -los Estatutos[2] hablan expresamente de la necesidad de vocación divina-, y pueden incorporarse sin límite de edad alguno.En cambio, los alumnos de seminarios que aún no son diáconos, no pueden pertenecer a la Sociedad Sacerdotal. Pero, si barruntan su vocación antes de ordenarse, pueden ser considerados y admitidos como Aspirantes [2]. En muchos casos, estos seminaristas serán candidatos al sacerdocio que han descubierto su vocación al calor de las actividades formativas del Opus Dei y que se entregan al servicio ministerial de su diócesis.Los religiosos o los miembros de institutos seculares, lógicamente, tienen que vivir el espíritu y utilizar los medios ascéticos propios de su familia o instituto. Por esta razón de respeto y aprecio hacia esos otros caminos suscitados por el Espíritu Santo, es lógico que no puedan integrarse en la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, que tiene un espíritu distinto.

Tipos de miembros

Existen dos tipos de socios de la Sociedad Sacerdotal entre los sacerdotes diocesanos: agregados y supernumerarios, al igual que existen dos tipos de sacerdotes en la prelatura: numerarios y agregados. Para diferencias a unos de otros se les denomina a los primeros "sacerdotes de la Sociedad Sacerdotal", mientras que a los segundos se les denomina "sacerdotes de la prelatura".Según el Opus Dei, la vocación es la misma para agregados y supernumerarios. La petición de admisión como agregado o como supernumerario dependerá de la mayor o menor disponibilidad del candidato para vivir la entrega específica, de acuerdo con sus permanentes circunstancias personales de salud o de carácter, de sus ocupaciones pastorales y obligaciones familiares, o también de compromisos económicos que pueden afectar al modo de vivir la pobreza y el desprendimiento de los bienes materiales. A veces, a algunos se les hará pedir la admisión como supernumerarios, y después, si reúnen condiciones, se pasarán a agregados.

Nociones generales

Para pertenecer a la Sociedad es necesario ser diácono o presbítero. Los diáconos permanentes (casados) que trabajan en determinadas diócesis no pueden ser admitidos, ues el Opus Dei no lo permite y tampoco pueden serlo en la prelatura, dada la negativa de la iglesia. Los seminaristas pueden ser aspirantes (figura similar a la de los aspirantes de la prelatura), pero si alguno no perseverase en su propósito de ser sacerdote antes de su ordenación, perdería al momento su condición de aspirante. Al igual que la secularización de un socio ( pérdida del estado clerical) conlleva su salida de la Sociedad.Los socios no deben hacer mención a su pertenencia a la Sociedad Sacerdotal en su curriculum vitae. No deben pertenecer a otras asociaciones piadosas de la diócesis, salvo que el Ordinario del lugar aconseje pertenecer a alguna, o que la mayoría de los sacerdotes de la diócesis se adscriba a una de ellas. De ninguna manera pueden pertenecer a aquéllas que tengan una espiritualidad propia o exijan a los miembros votos o compromisos de cualquier tipo, por ejemplo, las terceras órdenes. Los sacerdotes de las distintas diócesis -los llamados sacerdotes Agregados y Supernumerarios -, no tienen ninguna vinculación jurídica de carácter jurisdiccional con la Prelatura del Opus Dei. Sólo tienen una relación de carácter asociativo, para la ayuda espiritual. De ahí que la organización de la Asociación sea muy sencilla.

Es Presidente General de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz el Prelado del Opus. Le ayuda para la dirección de la Asociación un Sacerdote Director Espiritual, que no tiene ninguna potestad de régimen en la Prelatura del Opus Dei: el Fundador de la Obra tenía mucho interés en que fuera así, para resaltar más claramente que no hay ningún Superior eclesiástico en la Asociación. El único Superior con jurisdicción sobre cada sacerdote es su propio Ordinario, esto es: el Prelado del Opus Dei para los sacerdotes incardinados en la Prelatura (que ya estaban bajo su jurisdicción cuando eran laicos miembros de la Prelatura); y los Obispos de las diócesis respectivas, para los sacerdotes Agregados y Supernumerarios.

En un determinado país, el Vicario Regional de la Prelatura es a la vez Consiliario de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, y está asistido por otro Sacerdote Director Espiritual con funciones no de gobierno, sino de orientación y de animación, servicio y asistencia espiritual.

En un ámbito local, por ejemplo una diócesis, algunos de los sacerdotes socios de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, con nombramiento del Presidente General, se ocupan de organizar la atención espiritual de los demás, animándoles en primer lugar a secundar activamente las orientaciones impartidas por el Obispo para todo el presbiterio. Su misión es la de facilitar una asidua atención espiritual, dar círculos o meditaciones, atender a los enfermos, orga-nizar conferencias teológicas, a veces por encargo de la autoridad diocesana, etc.Además, el Consiliario -personalmente, o a través de un delegado-, con la ayuda de un sacerdote que recibe ese encargo durante un quinquenio, mantiene las relaciones de la Sociedad Sacerdotal con la autoridad diocesana.

Incorporación a la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz

La admisión como aspirante se solicita mediante carta dirigida al Consiliario. Al recibir el diaconado, si deciden continuar y el Consejo local correspondiente lo autoriza, escriben una nueva carta pidiendo la admisión en la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz.

Los aspirantes no forman parte jurídicamente de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz y, por tanto, no tienen los derechos y los deberes de sus socios. Por esto, los sacerdotes de la prelatura, para atenderlos en confesión, necesitan disponer de las correspondientes licencias ministeriales. Se considera que hay un acuerdo mutuo entre los aspirantes y ésta, por lo que se cuida especialmente su formación, y ellos deben corresponder esforzándose en asimilar el espíritu del Opus Dei. Se les proporcionan los mismos medios de formación y de dirección espiritual que a los socios, aunque con mayor flexibilidad en cuanto a la asistencia a los Círculos y Convivencias.

Admisión e incorporación

Para la admisión e incorporación de los socios de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, se aplica, con las correcciones oportunas lo establecido para los agregados y supernumerarios de la prelatura. La declaración contractual se hace con una fórmula específica para los socios de la Sociedad. Actúan como testigos dos miembros del Opus Dei (un sacerdote Numerario y otro socio de la Sociedad).

Necesitan dispensa para pertenecer a la Sociedad quienes hayan cursado estudios en una escuela apostólica, antes de ir al seminario, o hayan estado vinculados de algún modo a una congregación o instituto religioso o secular.

Formación y atención espiritual de los socios

Realizan sus ejercicios espirituales los agregados y suernumerarios con los demás sacerdotes de la diócesis, en el lugar y bajo la dirección que el Ordinario determine. Deben consultar sus lecturas,el no hacerlo conllevaría al abandono de la Sociedad, o no ser admitidos si lo manifiestan antes de su incorporación. La práctica del latín se llevará a cabo rezando en dicah lengua la Liturgia de las Horas o, de no ser esto posible, se hace todos los días un cuarto de hora de lectura del Nuevo Testamento en esa lengua. Cuando un socio proyecta realizar estudios fuera de su diócesis (un doctorado eclesiástico, por ejemplo), salvo que el Obispo haya determinado expresamente los estudios y el centro donde deben realizarse, se le aconsejará que se matricule preferentemente en una obra corporativa (y el Consejo local consultará al Director Espiritual de la Región).

Colaboradores

Existen tres clases de sacerdotes diocesanos que, sin pertenecer a la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, tienen relación estable con ella: los Cooperadores, los Asistentes eclesiásticos y los sacerdotes con Carta de Hermandad.

Se nombran Asistentes eclesiásticos, a aquellos sacerdotes que disponen de algún tiempo, para ayudar de vez en cuando a las labores de la Sociedad. A veces se nombra Asistente a algún sacerdote Cooperador, pero para este tipo de colaboración solo se requiere que sean simplemente amigos de la Sociedad Sacerdotal, y que entiendan el espíritu del Opus Dei.

La ayuda de los Asistentes consiste en: consultas, pequeños servicios, difundir la Hoja Informativa, fomentar vocaciones para el Opus Dei, tratar a personas de prestigio de la curia diocesana, y, sobre todo, atender a algunos supernumerarios y Cooperadores. No se debe entregar a los Asistentes eclesiásticos el documento Adsistentes Ecclesiastici Operis Dei ni ningún impreso sobre su función: se les explica al comunicarles su nombramiento. Se les debe explicar que el oficio de Asistente eclesiástico es rezar por el Opus Dei, y atender espiritualmente a los supernumerarios (laicos) de la prelatura, cuando el Consiliario así lo pida; y que en este caso, procurarán con todas sus fuerzas fortalecer la autoridad de los superiores de dichos supernumerarios, promover entre los miembros de la prelatura la unidad; secundar la dirección espiritual que reciben de sus superiores; informar al Consiliario de cuanto estimen conveniente para el mejor desarrollo de la labor apostólica; y finalmente, procurar que el Obispo diocesano conozca cada día mejor el espíritu y las labores del Opus Dei y lo ame.

Bibliografía

Fuentes

Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz

Referencias