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Creo, estimado Rajoch, que usted no entendió, de manera alguna, la esencia de lo escrito con anterioridad (debe ser que no me expliqué de forma que comprendiera y por ello me disculpo). Al quitar la innecesaria referencia suya al estatus legal de Cayo Esquivel y Cayo Cristo en sus correspondientes artículos, no se dejó de hacer referencia a este, reflejado en el concerniente al [[Las Picúas – Cayo Cristo|Refugio de Fauna Las Picúas-Cayo Cristo]], al que se enlaza poco antes de su alusión explícita a dicho estatus (anteriormente no se hacía referencia a este en dicho artículo, pero dada su lógica inquietud, personalmente se lo incorporé para que no dejara de expresar ese dato técnico significativo; esto lo podría haber hecho usted también, pero no lo hizo.). Sobre sus consideraciones personales entorno a mi comentario respecto al futuro estatus legal de los mencionados cayos, incluso, de la legalidad o no de las obras ejecutadas, creo que concordará conmigo en que no es tema de esta enciclopedia y que nada podemos hacer ni usted ni yo al respecto, no obstante, le diré que actualmente se está trabajando en Villa Clara para adquirir los permisos necesarios que posibilitarán la construcción de hoteles en el Esquivel y el Cristo, mas, si con dichos permisos cambia o no el estatus de los aludidos, no lo sé, lo que sí conozco es que antes de la construcción de cualquier infraestructura en Cayo Santa María, por ejemplo, toda la isla formaba parte de un parque nacional (Caguanes-Santa María) y en la actualidad, solo conserva estatus de refugio de fauna la porción este del cayo; también sé que, en el caso del [[Refugio de Fauna: Lanzanillo-Pajonal-Fragoso|Refugio de Fauna Lanzanillo-Pajonal-Fragoso]] (del cual usted no se ha preocupado por mencionar), se dejó fuera del área de protección la porción sureste de [[Cayo Fragoso]] para la construcción hotelera (concebida en un plan de ordenamiento territorial aprobado) y que desde antes de la propia creación del Refugio de Fauna Las Picúas-Cayo Cristo, ya se había elaborado un plan de ordenamiento territorial para el Esquivel y el Cristo, - a buen entendedor ... De cualquier manera, tal cual le expresara al principio, mi comentario sobre el futuro del estatus legal o la legalidad de lo construido hasta hoy no era la esencia de mi mensaje hacia usted, sino lo expuesto al principio de esta nota.
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Creo, estimado Rajoch, que usted no entendió, de manera alguna, la esencia de lo escrito con anterioridad (debe ser que no me expliqué de forma que comprendiera y por ello me disculpo). Al quitar la innecesaria referencia suya al estatus legal de Cayo Esquivel y Cayo Cristo en sus correspondientes artículos, no se dejó de hacer referencia a este, reflejado en el concerniente al [[Las Picúas – Cayo Cristo|Refugio de Fauna Las Picúas-Cayo Cristo]], al que se enlaza poco antes de su alusión explícita a dicho estatus (anteriormente no se hacía referencia a este en dicho artículo, pero dada su lógica inquietud, personalmente se lo incorporé para que no dejara de expresar ese dato técnico significativo; esto lo podría haber hecho usted también, pero no lo hizo.). Sobre sus consideraciones personales entorno a mi comentario respecto al futuro estatus legal de los mencionados cayos, incluso, de la legalidad o no de las obras ejecutadas, creo que concordará conmigo en que no es tema de esta enciclopedia y que nada podemos hacer ni usted ni yo al respecto, no obstante, le diré que actualmente se está trabajando en Villa Clara para adquirir los permisos necesarios que posibilitarán la construcción de hoteles en el Esquivel y el Cristo, mas, si con dichos permisos cambia o no el estatus de los aludidos, no lo sé, lo que sí conozco es que antes de la construcción de cualquier infraestructura en Cayo Santa María, por ejemplo, toda la isla formaba parte de un parque nacional (Caguanes-Santa María) y en la actualidad, solo conserva estatus de refugio de fauna la porción este del cayo; también sé que, en el caso del [[Refugio de Fauna: Lanzanillo Pajonal Fragoso|Refugio de Fauna Lanzanillo-Pajonal-Fragoso]] (del cual usted no se ha preocupado por mencionar), se dejó fuera del área de protección la porción sureste de [[Cayo Fragoso]] para la construcción hotelera (concebida en un plan de ordenamiento territorial aprobado) y que desde antes de la propia creación del Refugio de Fauna Las Picúas-Cayo Cristo, ya se había elaborado un plan de ordenamiento territorial para el Esquivel y el Cristo, - a buen entendedor ... De cualquier manera, tal cual le expresara al principio, mi comentario sobre el futuro del estatus legal o la legalidad de lo construido hasta hoy no era la esencia de mi mensaje hacia usted, sino lo expuesto al principio de esta nota.

Revisión del 18:01 6 oct 2018

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Me presento

Hola, soy nuevo en EcuRed, aunque ya hay contribuciones mías aquí provenientes de Wikipedia. Hace rato que no edito, ahora prefiero volver a aportar con un enfoque cubano desde aquí. Saludo a todos los ecurrédicos por su aniversario. Rajoch (Ramiro Chaves)

Sobre edición de Cayo Esquivel y Cayo Cristo

Estimado Rajoch, si bien es cierto que ambos cayos pertenecen al Refugio de Fauna, Las Picúas-Cayo Cristo (cosa esta que debe cambiar en años venideros, una vez comience la construcción de hoteles prevista para estos, tal cual ocurriera con los refugios de fauna, Cayo Santa María y Lanzanillo-Pajonal-Fragoso en el pasado), y que al hacerlo son administrados por la Empresa Nacional para la Protección de la Flora y la Fauna (No Empresa Flora y Fauna como usted refiere), no creí necesario el que apareciera dicha aclaración si en la página dedicada a esta área protegida es donde debe decirlo (hoy no aparece porque la edición vigente (realizada inicialmente por otro usuario) no se tomó del sitio oficial del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP)). Espero comprenda que de la forma en que está escrito por usted constituye una redundancia, toda vez el refugio de fauna es administrado por la entidad de marras. Sobre el particular, creo que, lo lógico sería crear una plantilla para las áreas protegidas en Cuba basada en la estructura propuesta por la SNAP (en la estructura propuesta por la SNAP para datos generales, se incluye, con toda claridad, la entidad administradora).

Sobre reversión suya de edición de los artículos referidos a Cayo Esquivel y Cayo Cristo

Creo, estimado Rajoch, que usted no entendió, de manera alguna, la esencia de lo escrito con anterioridad (debe ser que no me expliqué de forma que comprendiera y por ello me disculpo). Al quitar la innecesaria referencia suya al estatus legal de Cayo Esquivel y Cayo Cristo en sus correspondientes artículos, no se dejó de hacer referencia a este, reflejado en el concerniente al Refugio de Fauna Las Picúas-Cayo Cristo, al que se enlaza poco antes de su alusión explícita a dicho estatus (anteriormente no se hacía referencia a este en dicho artículo, pero dada su lógica inquietud, personalmente se lo incorporé para que no dejara de expresar ese dato técnico significativo; esto lo podría haber hecho usted también, pero no lo hizo.). Sobre sus consideraciones personales entorno a mi comentario respecto al futuro estatus legal de los mencionados cayos, incluso, de la legalidad o no de las obras ejecutadas, creo que concordará conmigo en que no es tema de esta enciclopedia y que nada podemos hacer ni usted ni yo al respecto, no obstante, le diré que actualmente se está trabajando en Villa Clara para adquirir los permisos necesarios que posibilitarán la construcción de hoteles en el Esquivel y el Cristo, mas, si con dichos permisos cambia o no el estatus de los aludidos, no lo sé, lo que sí conozco es que antes de la construcción de cualquier infraestructura en Cayo Santa María, por ejemplo, toda la isla formaba parte de un parque nacional (Caguanes-Santa María) y en la actualidad, solo conserva estatus de refugio de fauna la porción este del cayo; también sé que, en el caso del Refugio de Fauna Lanzanillo-Pajonal-Fragoso (del cual usted no se ha preocupado por mencionar), se dejó fuera del área de protección la porción sureste de Cayo Fragoso para la construcción hotelera (concebida en un plan de ordenamiento territorial aprobado) y que desde antes de la propia creación del Refugio de Fauna Las Picúas-Cayo Cristo, ya se había elaborado un plan de ordenamiento territorial para el Esquivel y el Cristo, - a buen entendedor ... De cualquier manera, tal cual le expresara al principio, mi comentario sobre el futuro del estatus legal o la legalidad de lo construido hasta hoy no era la esencia de mi mensaje hacia usted, sino lo expuesto al principio de esta nota.