Comité de Normas Cubanas de Contabilidad

Comité de Normas Cubanas de contabilidad
Información sobre la plantilla
Institución con sede en Cuba Bandera de Cuba
CNCC.jpg
Siglas o Acrónimo:CNCC
Fundación:19 de abril de 2002
Tipo de unidad:Órgano asesor
Presidente:José Carlos del Toro Ríos
País:Cuba Bandera de Cuba
Sede:Ministerio de Finanzas y Precios
Sitio web
[Ministerio de Finanzas y Precios]

Comité de Normas Cubanas de Contabilidad. Órgano asesor del Ministro de Finanzas y Precios, para la formación; armonización; implementación y evaluación de la práctica contable en el país.

Creación

Se considerará como fecha de creación del Comité, el 19 de abril del 2002, según Resolución No. 148 del Ministro de Finanzas y Precios y como fecha de constitución de este órgano, el 2 de mayo del 2002.

Funciones

El Comité de Normas Cubanas de Contabilidad, para el cumplimiento de su objetivo de asesoramiento, tiene entre sus funciones las siguientes:

  1. Analizar los proyectos que se sometan a su consideración y proponer el marco legal necesario, para el ejercicio de la práctica contable cubana.
  2. Examinar y proponer el marco conceptual, y las normas de información financiera para la preparación; presentación y publicación de los estados financieros en el país.
  3. Emitir interpretaciones contables para abordar temas en discusión y fijar una posición, a tenor del Marco Conceptual para la preparación; presentación y publicación de los Estados Financieros.
  4. Recomendar los temas que deben ser objeto de capacitación, para el correcto ejercicio de la práctica contable, en la República de Cuba.
  5. Analizar y recomendar soluciones técnicas a los problemas derivados de las interpretaciones de las normas contables, por prácticas no satisfactorias dentro del alcance de las normas vigentes.
  6. Estudiar y recomendar soluciones técnicas, a los inconvenientes derivados de las interpretaciones de las normas contables, ya sea por problemas emergentes o por nuevos temas, no considerados en las normas vigentes.
  7. Investigar y proponer mejorías, como resultado del proceso de armonización de las regulaciones; normas contables y procedimientos, relacionados con la preparación; presentación y publicación de los estados financieros.
  8. Estudiar y recomendar la posición que debe adoptar nuestro país, ante los proyectos de normas internacionales, que sean sometidos a su consideración, por organismos internacionales o nacionales.
  9. Formular y proponer la difusión de las interpretaciones necesarias, a la norma contable cubana e internacional.
  10. Analizar y dictaminar, sobre documentos y proyectos de disposiciones legales, sometidos a su consideración.
  11. Otras, que les asigne el Ministro de Finanzas y Precios, dentro de las funciones asignadas a este órgano asesor.

Miembros

El Comité de Normas Cubanas de Contabilidad estará integrado por treinta (30) profesionales, nueve (8) miembros serán designados por la Ministra de Finanzas y Precios, de conformidad con los jefes de las correspondientes entidades y veinte y cinco (22) serán elegidos, a propuesta de los órganos y organismos del Estado, de otras entidades u organizaciones, de entre profesionales de reconocido prestigio. Los miembros que se designen son de los órganos y organismos del Estado, entidades y organizaciones que designe la Ministra de Finanzas y Precios.

Estructura

El Comité de Normas Cubanas de Contabilidad, cuenta con la estructura de dirección siguiente:

  1. Presidente
  2. Dos Vicepresidentes
  3. Secretario

El Presidente, uno de los Vicepresidentes y el Secretario, son designados por el Ministerio de Finanzas y Precios y el otro Vicepresidente, será el designado por la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba.

El Comité de Normas Cubanas de Contabilidad, se constituye por un período de cuatro (4) años y se ratifica o renova por igual período.

La renovación o ratificación de los miembros designados, se basa en la propuesta de los Órganos y Organismos del Estado; de la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba; de otras entidades o de la organización que represente dicho miembro, en el período de la mencionada ratificación o renovación o en períodos intermedios de esta.

La ratificación o renovación de los miembros del Comité de Normas Cubanas de Contabilidad, que lo sean por elección de la Comisión de Selección, se efectuará al vencimiento del período en cuestión, es decir, de cuatro (4) años o en períodos intermedios de estos, si fuera necesario.

El Comité de Normas Cubanas de Contabilidad, sesionará mensualmente de manera ordinaria y cuantas sesiones extraordinarias se convoquen.

Las decisiones del Comité, se adoptarán por simple mayoría y para sesionar, deberá contar con la presencia de más del cincuenta por ciento de los miembros. Todos los miembros del Comité de Normas Cubanas de Contabilidad, reciben un documento que los acredite como tal, firmado por el Ministro de Finanzas y Precios y se entrega en acto público y solemne.

Ver además

Fuentes