Diferencia entre revisiones de «Inspección Ambiental Estatal»

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==Quien la controla==
 
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La Inspección Ambiental Estatal (IAE)  la desarrolla el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es uno de los instrumentos de la política Ambiental cubana y se realiza a todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollan actividades vinculadas al medio ambiente y al uso de los recursos naturales.
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Los inspectores estatales de la Actividad Reguladora Ambiental se clasifican como sigue:
 
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# Inspectores profesionales, son aquellos cuyo trabajo comprende la realización de la Inspección Estatal de la Actividad  Reguladora Ambiental, y son designados a tales efectos por el Director General de la Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, de conformidad con los procedimientos establecidos.
# inspectores eventuales, son aquellos inspectores estatales de otros órganos y Organismos de la Administración Central del Estado que son convocados por la autoridad responsable, para participar en determinadas inspecciones.
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La autoridad responsable, en los casos que considere oportuno, puede convocar a expertos y especialistas del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente o de otros Órganos u Organismos de la  Administración Central del Estado para que, en virtud de sus conocimientos especializados, participen como expertos en una inspección organizada por ella. En estos casos la autoridad responsable mantiene un control de su actuación en el ejercicio de las inspecciones estatales en las cuales participe.
 
La autoridad responsable, en los casos que considere oportuno, puede convocar a expertos y especialistas del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente o de otros Órganos u Organismos de la  Administración Central del Estado para que, en virtud de sus conocimientos especializados, participen como expertos en una inspección organizada por ella. En estos casos la autoridad responsable mantiene un control de su actuación en el ejercicio de las inspecciones estatales en las cuales participe.
 
   
 
   
 
==Leyes que la rigen==
 
==Leyes que la rigen==
Legalmente está amparada por el Decreto No. 100, "De la  Inspección Estatal" y por la Resolución 130 de primero de julio de 1995, "Reglamento para la Inspección Ambiental Estatal, la que establece las reglamentaciones para una adecuada ejecución de la inspección estatal en materia ambiental, a fin de controlar eficazmente la ejecución y el cumplimiento por quienes corresponda, de la política del [[Estado]] y el [[Gobierno]] en materia de protección del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales.
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La Resolución 103 del 2008  reglamento de la Inspección  Estatal de la Actividad Reguladora Ambiental que tiene como objetivo regular la  Inspección Estatal de la Actividad Reguladora Ambiental, que realiza el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente no solo se limita a la inspección  estatal ambienta propiamente dicha sino que  comprende además las esferas siguientes:  
 
La Resolución 103 del 2008  reglamento de la Inspección  Estatal de la Actividad Reguladora Ambiental que tiene como objetivo regular la  Inspección Estatal de la Actividad Reguladora Ambiental, que realiza el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente no solo se limita a la inspección  estatal ambienta propiamente dicha sino que  comprende además las esferas siguientes:  
 
#Inspección Estatal Ambiental.  
 
#Inspección Estatal Ambiental.  
#Inspección Estatal Ambiental de Seguridad Biológica.  
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#Inspección Estatal Ambiental de [[Centro Nacional de Seguridad Biológica|Seguridad Biológica]].  
#Inspección Estatal de Seguridad Nuclear y Radiológica.  
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#Inspección Estatal de [[Centro Nacional de Seguridad Nuclear (CNSN)|Seguridad Nuclear]] y [[Centro de Protección e Higiene de las Radiaciones|Radiológica]].  
#Inspección Estatal para el Control de Sustancias Químicas.  
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#Inspección Estatal para el Control de [[Contaminación química|Sustancias Químicas]].  
 
#Inspección Estatal de Salvaguardia.  
 
#Inspección Estatal de Salvaguardia.  
  
 
==Aspectos a Inspeccionar==  
 
==Aspectos a Inspeccionar==  
 
*[[Saneamiento ambiental]].  
 
*[[Saneamiento ambiental]].  
*[[Sistemas de abasto de agua]]
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*Sistemas de abasto de agua
*[[Contaminación atmosférica]].  
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*[[Contaminación Atmosférica|Contaminación atmosférica]].  
 
*[[Agricultura sostenible]].  
 
*[[Agricultura sostenible]].  
*[[Recursos forestales]].  
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*Recursos forestales.  
*Recursos minerales. Canteras. Arenas.  
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*Recursos minerales. Canteras. [[Arena]]s.  
*Actividades pesqueras. Cumplimiento de las regulaciones. *Energía. Programa energético.  
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*Actividades pesqueras. Cumplimiento de las regulaciones.  
*Control de las instalaciones y equipos que utilizan sustancias agotadoras de la capa de ozono.
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*[[Energía]]. Programa energético.  
*Recursos naturales. Situación de las áreas protegidas, fauna y flora local.  
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*Control de las instalaciones y equipos que utilizan sustancias agotadoras de la [[capa de ozono]].
*Educación ambiental.  
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*[[Recursos naturales]]. Situación de las áreas protegidas, [[fauna]] y [[flora]] local.  
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*[[Educación ambiental]].  
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==Fuente==
 
==Fuente==
*http://www.uma.pinar.cu/inspeccion.htm
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*[http://www.uma.pinar.cu/inspeccion.htm UMA]
* http://www.medioambiente.cu/oregulatoria/cica/objetivos.htm
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*[http://www.medioambiente.cu/oregulatoria/cica/objetivos.htm Medio Ambiente]
* Decreto numero 100gaceta oficial de la república de cuba edición ordinaria, la habana, 10 de febrero de 1984, año LXXXII número 14      página 173.
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*''Decreto numero 100 [[Gaceta Oficial de la República de Cuba]] edición ordinaria.'' [[La Habana]], [[10 de febrero]] de [[1984]], año LXXXII número 14      página 173.
* Res.103. 2008 Reglamento de la Inspección Estatal Ambiental de la Actividad Reguladora Ambiental
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*Res.103. 2008 ''Reglamento de la Inspección Estatal Ambiental de la Actividad Reguladora Ambiental.''
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Revisión del 08:38 7 ene 2014

Inspección Ambiental Estatal
Información sobre la plantilla
Cica.jpg
Concepto:El Centro de Inspección y Control Ambiental (CICA) es la Autoridad Responsable de la actividad de control y regulación del medio ambiente.

Inspección Ambiental Estatal. Es la actividad esencialmente preventiva, de control, fiscalización y supervisión del cumplimiento de las disposiciones y normas jurídicas vigentes en materia de protección del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales.


Quien la controla

La Inspección Ambiental Estatal (IAE) la desarrolla el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es uno de los instrumentos de la política ambiental cubana y se realiza a todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollan actividades vinculadas al medio ambiente y al uso de los recursos naturales.

Los inspectores estatales de la Actividad Reguladora Ambiental se clasifican como sigue:

  1. Inspectores profesionales, son aquellos cuyo trabajo comprende la realización de la Inspección Estatal de la Actividad Reguladora Ambiental, y son designados a tales efectos por el Director General de la Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, de conformidad con los procedimientos establecidos.
  2. Inspectores eventuales, son aquellos inspectores estatales de otros órganos y Organismos de la Administración Central del Estado que son convocados por la autoridad responsable, para participar en determinadas inspecciones.

La autoridad responsable, en los casos que considere oportuno, puede convocar a expertos y especialistas del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente o de otros Órganos u Organismos de la Administración Central del Estado para que, en virtud de sus conocimientos especializados, participen como expertos en una inspección organizada por ella. En estos casos la autoridad responsable mantiene un control de su actuación en el ejercicio de las inspecciones estatales en las cuales participe.

Leyes que la rigen

Legalmente está amparada por el Decreto No. 100, "De la Inspección Estatal" y por la Resolución 130 de 1 de julio de 1995, "Reglamento para la Inspección Ambiental Estatal, la que establece las reglamentaciones para una adecuada ejecución de la inspección estatal en materia ambiental, a fin de controlar eficazmente la ejecución y el cumplimiento por quienes corresponda, de la política del Estado y el Gobierno en materia de protección del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales.

La Resolución 103 del 2008 reglamento de la Inspección Estatal de la Actividad Reguladora Ambiental que tiene como objetivo regular la Inspección Estatal de la Actividad Reguladora Ambiental, que realiza el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente no solo se limita a la inspección estatal ambienta propiamente dicha sino que comprende además las esferas siguientes:

  1. Inspección Estatal Ambiental.
  2. Inspección Estatal Ambiental de Seguridad Biológica.
  3. Inspección Estatal de Seguridad Nuclear y Radiológica.
  4. Inspección Estatal para el Control de Sustancias Químicas.
  5. Inspección Estatal de Salvaguardia.

Aspectos a Inspeccionar


Fuente