Diferencia entre revisiones de «Usuaria discusión:Mei»

(Etiqueta: revisar proyecto)
 
Línea 1: Línea 1:
{{Sistema:Bienvenido|realName=Yasmilia González Silva|name=Mei}}
+
Los úcases del bloqueo
 
+
El bloqueo constituye una verdadera guerra económica. Es mucho más que un embargo aplicable a las relaciones comerciales bilaterales entre dos países, pues afecta también las relaciones de Cuba con otros países del mundo y con múltiples entidades y organizaciones internacionales.
-- [[Usuario:New user message|New user message]] ([[Usuario discusión:New user message|discusión]]) 20:44 7 jul 2015 (CDT)
+
Por su carácter extraterritorial, el bloqueo perjudica también los intereses económicos de terceros países, y provoca el creciente rechazo de la comunidad internacional.
--------------
+
De acuerdo con el derecho internacional, los mecanismos de aplicación y los propósitos declarados del bloqueo permiten calificarlo como una acción genocida.
==Su página de colaborador==
+
Entre las principales medidas del bloqueo están:
Buenos días: He realizado un adelanto de su página de colaborador(a). Tal vez usted no había tenido tiempo de elaborarla o tal vez no sabía como: ¡Ahora la tiene! Le sugiero complete los campos que faltan (mejore los incompletos) lo cual puede hacer viendo páginas de otros colaboradores hasta que sepa el estilo de la de usted. Le sugiero agregue una foto suya y etiquetas de acuerdo a sus gustos en música, deporte y otros!!! Es muy divertido cambiarla al observar el formato de páginas de otros colaboradores; hacerlo, a la par que se convierte en una práctica de las instrucciones Wiki y de las posibilidades interactivas que tiene Ecured, es una forma respetuosa de darse a conocer a todos los demás integrantes de esta enciclopedia que trabajan con el mismo noble propósito. Muchas gracias y saludos de --[[Usuario:Edeliochajc|Edeliochajc]] ([[Usuario discusión:Edeliochajc|discusión]]) 22:38 7 jul 2015 (CDT)
+
-Prohíbe la concesión a Cuba de créditos públicos y privados y la posibilidad de un intercambio comercial recíproco.
---------------
+
-Impide a Cuba la obtención de créditos de las instituciones financieras internacionales.
 +
-Mantiene cerrado el mercado norteamericano a los productos y servicios cubanos; no permite el flujo financiero, el transporte aéreo ni marítimo, ni fórmulas universales de apoyo al comercio exterior.
 +
-La prohibición de comercio se extiende a las sucursales de compañías norteamericanas en terceros países.
 +
-Es el único sistema de sanciones que incluye la prohibición de viajes de sus ciudadanos, en este caso hacia nuestro país. Solo se admiten los viajes a Cuba que califiquen en alguna de las categorías de viajes autorizadas por el Departamento del Tesoro, y durante su estancia en el país, los viajeros únicamente pueden gastar una mínima suma establecida por el gobierno norteamericano.  
 +
-Ninguna nave que transporte bienes o pasajeros a/o desde Cuba, o que transporte bienes en los que Cuba o un nacional cubano tenga interés, puede entrar en puerto norteamericano. La prohibición también es aplicable a naves que intenten reabastecerse con combustible y suministros en EE.UU.
 +
-Los buques que toquen puertos cubanos, y participen en el comercio de bienes y servicios, tienen prohibida la carga o descarga de mercancías en EE.UU. durante seis meses. Ello reduce significativamente el número de buques de carga dispuestos a traer mercancía a Cuba y encarece de manera importante las tarifas de fletes que la Isla debe contratar para realizar su comercio con el mundo.
 +
-Prohíbe a toda persona bajo la jurisdicción de EE.UU. negociar con bienes de origen cubano, con bienes que hayan tenido contacto con Cuba o que estén hechos o derivados parcial o totalmente de un artículo producido, hecho o proveniente de Cuba.
 +
-Las personas sujetas a la jurisdicción de EE.UU. no pueden negociar con propiedades en las que Cuba o un nacional cubano tenga interés, lo que incluye contratos y servicios.
 +
-Se mantiene un congelamiento total de los activos cubanos, tanto del gobierno como no gubernamentales, que se encuentren bajo la posesión o el control de personas sujetas a la jurisdicción de EE.UU.
 +
-Cualquier propiedad de Cuba que caiga bajo la jurisdicción o control de Estados Unidos, es bloqueada de forma automática.
 +
-Las entidades que violen las regulaciones del bloqueo deben pagar multas de hasta un millón de dólares, y si se trata de una persona natural se expone a pagar multas de hasta cien mil dólares o a privación de libertad hasta diez años, o ambas.
 +
Entre las más importantes legislaciones en que se basa el bloqueo se encuentran:
 +
-Ley de Comercio con el Enemigo, de 1917.
 +
-Ley de Asistencia Exterior, de 1961.
 +
-Ley de Control a la Exportación de Armamentos, de 1976.
 +
-Ley de Prerrogativas Económicas ante Situaciones de Emergencia Internacional, de 1977.
 +
-Ley de Administración de la Exportación, de 1979.
 +
-Ley sobre Transmisiones Televisivas hacia Cuba, de 1990, y Ley de Transmisiones Radiales hacia Cuba, de 1983.
 +
-Ley sobre Seguridad Alimentaria, de 1985
 +
-La Enmienda Berma de 1988.
 +
-Ley de la Democracia Cubana, de 1992, conocida como Ley Torricelli.
 +
-Ley de Ejecución del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, de 1993.
 +
-Ley de la Solidaridad Democrática y de la Libertad Cubana, de 1996, conocida como Ley Helms-Burton.
 +
-La Ley de Antiterrorismo y de Pena de Muerte Efectiva, de 1996.

última versión al 16:36 9 jul 2015

Los úcases del bloqueo El bloqueo constituye una verdadera guerra económica. Es mucho más que un embargo aplicable a las relaciones comerciales bilaterales entre dos países, pues afecta también las relaciones de Cuba con otros países del mundo y con múltiples entidades y organizaciones internacionales. Por su carácter extraterritorial, el bloqueo perjudica también los intereses económicos de terceros países, y provoca el creciente rechazo de la comunidad internacional. De acuerdo con el derecho internacional, los mecanismos de aplicación y los propósitos declarados del bloqueo permiten calificarlo como una acción genocida. Entre las principales medidas del bloqueo están: -Prohíbe la concesión a Cuba de créditos públicos y privados y la posibilidad de un intercambio comercial recíproco. -Impide a Cuba la obtención de créditos de las instituciones financieras internacionales. -Mantiene cerrado el mercado norteamericano a los productos y servicios cubanos; no permite el flujo financiero, el transporte aéreo ni marítimo, ni fórmulas universales de apoyo al comercio exterior. -La prohibición de comercio se extiende a las sucursales de compañías norteamericanas en terceros países. -Es el único sistema de sanciones que incluye la prohibición de viajes de sus ciudadanos, en este caso hacia nuestro país. Solo se admiten los viajes a Cuba que califiquen en alguna de las categorías de viajes autorizadas por el Departamento del Tesoro, y durante su estancia en el país, los viajeros únicamente pueden gastar una mínima suma establecida por el gobierno norteamericano. -Ninguna nave que transporte bienes o pasajeros a/o desde Cuba, o que transporte bienes en los que Cuba o un nacional cubano tenga interés, puede entrar en puerto norteamericano. La prohibición también es aplicable a naves que intenten reabastecerse con combustible y suministros en EE.UU. -Los buques que toquen puertos cubanos, y participen en el comercio de bienes y servicios, tienen prohibida la carga o descarga de mercancías en EE.UU. durante seis meses. Ello reduce significativamente el número de buques de carga dispuestos a traer mercancía a Cuba y encarece de manera importante las tarifas de fletes que la Isla debe contratar para realizar su comercio con el mundo. -Prohíbe a toda persona bajo la jurisdicción de EE.UU. negociar con bienes de origen cubano, con bienes que hayan tenido contacto con Cuba o que estén hechos o derivados parcial o totalmente de un artículo producido, hecho o proveniente de Cuba. -Las personas sujetas a la jurisdicción de EE.UU. no pueden negociar con propiedades en las que Cuba o un nacional cubano tenga interés, lo que incluye contratos y servicios. -Se mantiene un congelamiento total de los activos cubanos, tanto del gobierno como no gubernamentales, que se encuentren bajo la posesión o el control de personas sujetas a la jurisdicción de EE.UU. -Cualquier propiedad de Cuba que caiga bajo la jurisdicción o control de Estados Unidos, es bloqueada de forma automática. -Las entidades que violen las regulaciones del bloqueo deben pagar multas de hasta un millón de dólares, y si se trata de una persona natural se expone a pagar multas de hasta cien mil dólares o a privación de libertad hasta diez años, o ambas. Entre las más importantes legislaciones en que se basa el bloqueo se encuentran: -Ley de Comercio con el Enemigo, de 1917. -Ley de Asistencia Exterior, de 1961. -Ley de Control a la Exportación de Armamentos, de 1976. -Ley de Prerrogativas Económicas ante Situaciones de Emergencia Internacional, de 1977. -Ley de Administración de la Exportación, de 1979. -Ley sobre Transmisiones Televisivas hacia Cuba, de 1990, y Ley de Transmisiones Radiales hacia Cuba, de 1983. -Ley sobre Seguridad Alimentaria, de 1985 -La Enmienda Berma de 1988. -Ley de la Democracia Cubana, de 1992, conocida como Ley Torricelli. -Ley de Ejecución del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, de 1993. -Ley de la Solidaridad Democrática y de la Libertad Cubana, de 1996, conocida como Ley Helms-Burton. -La Ley de Antiterrorismo y de Pena de Muerte Efectiva, de 1996.