Decreto de Abolición de la Esclavitud (Camagüey)

Decreto de Abolición de la Esclavitud
Información sobre la plantilla
Decretoantiesclavitud.jpg
La Asamblea de Representantes del Centro en su primer acuerdo, el 26 de febrero de 1869 proclamó el Decreto de Abolición de la Esclavitud.
Fecha:26 de febrero de 1869
Lugar:Sibanicú
Descripción:
La Asamblea de representantes del centro, teniendo en consideración los principios de eterna justicia, en nombre de la libertad y del pueblo que representa, decreta que la exclavitud debe ser abolida...
Consecuencias:
El pensamiento antiesclavista tuvo una mayor concreción en abril de 1869, cuando en la Constitución de Guáimaro se dispuso en su artículo 24 que " todos los habitantes de la República son enteramente libres." Céspedes declaró el 25 de abril de 1870 la abolición completa de la esclavitud y eliminó todas las condicionantes que afectaban este propósito.
País(es) involucrado(s)
Cuba
Ejecutores o responsables del hecho:
Ignacio Agramonte Loynaz, Eduardo Agramonte Piña, Antonio Zambrana, Salvador Cisneros Betancourt y Francisco Sánchez Betancourt.


Decreto de Abolición de la Esclavitud. Fue un documento que decidieron instrumentar los integrantes de la Asamblea de Representantes del Centro el 26 de febrero de 1869 en el pueblo de Sibanicú.

Historia

En la fecha mencionada, en la localidad agramontina de Sibanicú, los camagüeyanos eligieron un nuevo órgano de dirección del movimiento revolucionario en la región, la Asamblea de Representantes del Centro. Su primer acuerdo, el mismo día, fue el Decreto de Abolición de la Esclavitud.

El espíritu democrático de los camagüeyanos y la concepción sobre la igualdad de los hombres independientemente del color de la piel e influenciado —quizás— por ser el Camagüey una región eminentemente ganadera y menos dependiente de la esclavitud que otras regiones de la isla, condicionó este paso importante para la solución de uno de los dos problemas graves de la colonia, la abolición de la esclavitud; el otro, era la independencia.

Decreto de la Asamblea de Representantes del Centro sobre la abolición de la esclavitud


La institución de la esclavitud, traída a Cuba por la dominación española, debe extinguirse con ella. La Asamblea de representantes del Centro, teniendo en consideración los principios de eterna justicia, en nombre de la libertad y del pueblo que representa, decreta:


  • 1ro — Queda abolida la esclavitud.
  • 2do — Oportunamente serán indemnizados los dueños de los que hasta hoy han sido esclavos.
  • 3ro — Contribuirán con sus esfuerzos a la independencia de Cuba todos los individuos que por virtud de este decreto le deben su libertad.
  • 4to — Para este efecto, los que sean considerados aptos y necesarios para el servicio militar, engrosarán nuestras filas, gozando del mismo haber y de las propias consideraciones que los demás soldados del Ejército Libertador.
  • 5to — Los que no lo sean, continuarán, mientras dure la guerra, dedicados a los mismos trabajos que hoy desempeñan, para conservar en producción las propiedades y subvenir al sustento de los que ofrecen su sangre por la libertad común; obligación que corresponde de la misma manera a todos los ciudadanos hoy libres, exentos del servicio militar, cualquiera que sea su raza.
  • 6to — Un reglamento especial prescribirá los detalles del cumplimiento de este decreto. Patria y libertad. Camagüey, febrero 26 de 1869.


La Asamblea

Líderes mambises que elaboraron el decreto de abolición de la esclavitud en Sibanicú.

Los líderes mambises que conformaron la asamblea que tomó la necesaria decisión de elaborar este decreto tan importante para abolir el flagelo de la esclavitud fueron:

Fuentes Bibliográficas

  • Cassasús, Juan J. E.: Vida de Ignacio Agramonte. Imprenta Ramentol, Camagüey, 1937. pp. 84-85.
  • Colectivo de Autores. Historia de Cuba, Génesis Multimedia 2002. Producido por Génesis Multimedia, Editorial de la Agencia Informativa Latinoamericana Prensa Latina S.A. ISBN:959-7124-38-6

Véase también

Fuentes