Subcontrato

Subcontrato
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Concepto:El subcontrato o contrato derivado supone la existencia de un primer contrato del que surgen poderes o facultades para que una de las partes pueda, a su vez, realizar un nuevo contrato dentro del ámbito del contrato base.
Subcontrato. Es un contrato celebrado con una tercera persona en cumplimiento de todas o alguna de las obligaciones asumidas en un primer contrato. Se utiliza especialmente en construcción y prestación de servicios.

Elementos del subcontrato

  1. El subcontrato depende del contrato base al cual está conexo, o del que se deriva; su contenido depende de éste pues tiene un contenido económico análogo al contrato base.
  2. El subcontrato es el contrato dependiente de otro anterior, de similar naturaleza que surge como consecuencia de lo actuado por una de las partes que, en lugar de ejecutar las prestaciones directamente, acuerda con un tercero la realización de las mismas, siempre dentro de lo establecido en el contrato originario.
  3. Son los que se desprenden de otro contrato, se asemejan al contrato accesorio en que ambos dependen de un contrato principal y en que éste le imprime ciertas características propias. La doctrina considera el subcontrato como un caso típico de contrato derivado, como un contrato dependiente.
  4. Para que pueda subcontratar es necesario que el contrato originario no sea de ejecución instantánea; no exista prohibición de subcontratar en el contrato originario; el contrato no sea intuitu personae; deben existir dos contratos, el principal y el derivado; siendo este último cronológicamente posterior; el contenido del contrato derivado está limitado por el alcance del contrato principal.

Fuentes