Diferencia entre revisiones de «Cardenal (catolicismo)»

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Revisión del 08:31 10 jun 2011

Cardenal
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Cardinal Guillaume Dubois 1656-1723.jpg
Concepto:Es el más alto rango eclesiástico de la Iglesia Católica Apostólica Romana que sucede al Papa.

Cardenal. Rango eclesiástico que sigue inmediatamente al del Papa de la Iglesia Católica Apostólica Romana en el orden de la jerarquía eclesiástica. Es designado por el Sumo Pontífice para formar parte del Colegio Cardenalicio y tiene como función principal servirle de consejero y elegir su sucesor cuando este renuncia o muere.

Recibe tratamiento de “eminencia reverendísima”, “eminentísimo” y “reverendísimo Dr”. Sellan su escudo con un Capelo rojo del cual penden dos cordones de lo mismo, con quince borlas a cada lado. Los Cardenales que son Patriarcas, Arzobispos y Obispos pueden poner acolada, en palo, la cruz correspondiente a su grado.[1] La dignidad cardenalicia solo se pierde por muerte, renuncia admitida por el Papa, o deposición a causa de graves delitos.[2]

Historia

El origen de los cardenales es muy incierto. Según Roberto Belarmino, inquisidor y cardenal de la Compañía de Jesús, los primeros cardenales eran los titulares de las parroquias de Roma que asistían a la misa del Papa, poniéndose en los extremos del altar. Como en Roma había dos clases de iglesias, servidas unas por presbíteros y otras por diáconos, se llamaban, respectivamente, cardenales presbíteros y cardenales diáconos. En opinión de Abón de Fleury, monje benedictino francés, [3], los primitivos cardenales no tenían más cualidad que la de presbíteros, y se sentaban y firmaban en los concilios después de los Obispos.

A semejanza de lo que en Roma se hacía, se dio fuera de esta diócesis el nombre de cardenales a los presbíteros que estaban obligados a asistir personalmente o por representación, en ciertos casos, a la catedral cuando celebraba el obispo.

Antiguamente no existían cardenales – obispos. Poco después de la deposición, en el concilio de Roma, de Juan XII, sin que se pueda precisar la fecha, tomaron los obispos la condición de cardenales, y en 1054 se arrogaron la preferencia sobre los arzobispos.

En el concilio celebrado en tiempos de Nicolás II se otorgó la autoridad preferente a los obispos – cardenales, en la elección de los Papas, y San Pedro Damián dijo que eran superiores a los cardenales y primados. En tiempos del tercer concilio de Letrán el derecho de todos los cardenales, diáconos o presbíteros u obispos, consistía en la elección del Pontífice, y aunque rehusaron reconocerles estas prerrogativas con el carácter de preferencia, muchos arzobispos y obispos, en el siglo XIII, según las distinciones observadas en el concilio de Léon en 1245, era ya respetada unánimemente la supremacía de los cardenales sobre los patriarcas, obispos y arzobispos. Juan Gerson, teólogo y filósofo francés, era de la opinión que, como en 1440 manifestó el Papa al arzobispo de Cantorbery, los cardenales representaban al colegio de los Apóstoles y habían sido instituidos por el mismo Jesucristo.

Número de cardenales

Al principio los cardenales eran 14. El Papa Marcelo I los aumentó hasta 25, y después no hubo número determinado. El concilo de Basilea fijó su número en 24, salvo aumento exigido por ineludible necesidad de la iglesia; pero los Papas no observaron nunca este canon. León X nombró 31 en un solo día, Pablo IV quiso que fueran 40, y Sixto V, por una bula de 1686, ordenó que fueran 70, a semejanza de los 70 ancianos que eligió Moisés para la sinagoga. Los dividió en 3 órdenes, contando el primero de ellos, que era el de los cardenales – obispos, con 6 plazas, los presbíteros 50, y diáconos 14. Actualmente corresponde al Papa designar el número de cardenales.

Deberes de un cardenal

El deber de los cardenales sede plena, con relación al Papa, es el mismo que el del cabildo con relación al obispo, y la misma analogía en el caso de sede vacante.

Requisitos para la elección

Para ser Cardenal – Obispo se necesita la edad de 30 años, 25 para adquirir el carácter de cardenal presbítero y 22 para la dignidad de cardenal diácono. No pueden obtener ninguna de estas gracias los que tengan parientes consaguíneos, dentro del 1er o segundo grado, en el colegio cardenalicio. Los cardenales usan sombrero, birrete y solideo de color rojo, en señal de que por la defensa de la iglesia están decididos a perder la vida.

Privilegios

En el acto de su investidura se les cierra la boca para recordarles que no deben hablar en el consistorio sin licencia del Papa. Los cardenales, como cuerpo, constituyen parte de la curia romana. Los cardenales, además de la elección del Sumo Pontífice, tienen otros privilegios:

  • Lo dicho por ellos ha de creerse, sin necesidad de comprobación
  • No les comprenden las reglas de la cancelaría, sino en cuanto les favorecen
  • Sólo ellos tienen el título de legados a latere, cuando representan al Papa extra curriam
  • Los privilegios canónicos de los obispos les corresponden por la eminencia de la dignidad
  • En sus pleitos y causas sólo entiende el Sumo Pontífice
  • Son reos de lesa majestad los que los ofenden gravemente
  • Tienen voto decisivo en los concilios generales
  • Derecho a un rito especial en su sepultura

Véase también

Referencias

  1. Doce Linajes. Definición de Cardenal
  2. Diccionario enciclopédico hispano – americano
  3. Hist. Ecles. Lib. 35, num. 17

Fuentes

  • Diccionario enciclopédico hispano – americano.