Diferencia entre revisiones de «Real Chancillería de Valladolid»

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Revisión del 14:36 8 feb 2019

Real Audiencia y Chancillería de Valladolid
Información sobre la plantilla
Antigua audiencia cancvalla.jpg
Concepto:Órgano judicial establecido por Enrique II de Castilla en 1371, con competencias sobre todo el territorio de la Corona de Castilla, a excepción de las propias de la Sala de Justicia del Consejo de Castilla.

La Real Chancillería de Valladolid funcionó durante buena parte de la Edad Media y durante toda la Edad Moderna como el más alto tribunal de justicia de la Corona de Castilla para los territorios situados al norte del río Tajo, si exceptuamos las competencias que en materia de justicia tenía encomendadas la Sala de Justicia del Consejo de Castilla (Sala de las Mil y Quinientas).

Historia

Los orígenes remotos de la Audiencia se sitúan en la obra legislativa de Alfonso X, prólogo de un largo proceso institucionalizador que se prolongó a lo largo de la Baja Edad Media y cuyos principales hitos fueron la política reformista introducida por la dinastía Trastámara y el reinado de los Reyes Católicos. La creación y la primera regulación legal de la Audiencia se deben a Enrique II (Cortes de Toro, 1371), que establece un tribunal de instancia y órgano judicial supremo. Durante el reinado de su sucesor Juan I se delimitan las competencias judiciales entre la Audiencia y el recién creado Consejo Real y Segovia de 1390) quedando configurada la Audiencia como máxima instancia judicial salvo en los casos en que proceda el denominado "Recurso de Segunda Suplicación" ante el Consejo. Los reinados siguientes (Enrique III, Juan II) no introdujeron novedades sustanciales, salvo la progresiva sedentarización de la Audiencia en Valladolid, y el inicio de la cohabitación entre la Cancillería y la Audiencia, que traerá como resultado la identificación entre ambas instituciones y el nombre con el que se conocerá al tribunal en el futuro: "Real Audiencia y Chancillería". Durante el reinado de los Reyes Católicos culmina el proceso institucionalizador, quedando configurada la planta y atribuciones del tribunal mediante diversos textos legales (Ordenamiento de Toledo de 1480 y Ordenanzas de la Chancillería de Medina del Campo de 1489). Dicha planta y atribuciones se mantendrán en lo sustancial a lo largo de toda la Edad Moderna, siendo la principal novedad de este período el reajuste del inmenso área jurisdiccional del tribunal con la creación en Ciudad Real de una nueva Audiencia con competencia para todos los territorios situados al sur del río Tajo (1494), establece en Granada a partir del año 1505. Tras el paréntesis de la Constitución de 1812, la supresión definitiva de la Real Chancillería es fruto de la gran reforma de la Administración Central subsiguiente a la muerte de Fernando VII y al establecimiento definitivo de Liberalismo. La separación de poderes y la racionalización de las instituciones que preconiza esta doctrina política se traduce en el campo de la administración de Justicia en la creación de nuevos tribunales a los que compete en exclusiva la función judicial (Tribunales supremos de España e Indias, de Guerra y Marina y de Hacienda) y en la supresión definitiva de las Chancillerías de Valladolid y Granada mediante decreto de 26 de enero de 1834, por el que se crean las Reales Audiencias (posteriormente Audiencias Territoriales). Las competencias de la Real Chancillería de Valladolid serán heredadas por la Audiencia Territorial de Valladolid, con jurisdicción en las provincias de Valladolid, Palencia, León, Zamora, Salamanca.

Principales atribuciones legales

  • Como tribunal de primera instancia: conocimiento de los casos surgidos en el rastro de la Chancillería (área jurisdiccional de cinco leguas al rededor de la sede del tribunal) y de los denominados ""casos de corte"" (aquellos cuyo conocimiento se avocaba el rey por diversos motivos, fundamentalmente privilegio o inferioridad manifiesta de alguna de las partes).
  • Como tribunal de apelación: conocimiento de las apelaciones de las sentencias pronunciadas por las distintos jueces y tribunales del reino, tanto los pertenecientes a la jurisdicción real (alcaldes ordinarios, alcaldes mayores, corregidores, merinos, adelantados, audiencias de Galicia y Asturias) como los pertenecientes alas jurisdicciones especiales (jurisdicción eclesiástica, mercantil y señorial).

Autoridades Relacionadas

Relaciones asociativas

Relaciones jerárquicas

  • Archivo de la Real Chancillería de Valladolid (España)
  • Fiscalía de lo civil de la Real Audiencia y Chancillería de Valladolid
  • Fiscalía del crimen de la Real Audiencia y Chancillería de Valladolid
  • Oficina de reparto de pleitos a escribanos en la Chancillería de Valladolid
  • Oficina de reparto de probanzas a receptores en la Chancillería de Valladolid
  • Real Audiencia y Chancillería de Valladolid (España). Real Acuerdo
  • Real Audiencia y Chancillería de Valladolid (España). Registro del Sello
  • Real Audiencia y Chancillería de Valladolid (España). Sala de Hijosdalgo
  • Real Audiencia y Chancillería de Valladolid (España). Sala de Vizcaya
  • Real Audiencia y Chancillería de Valladolid (España). Salas de lo Civil
  • Real Audiencia y Chancillería de Valladolid (España). Salas de lo Criminal

Fuente