Pignoración

Pignoración
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Pignoración.Es un tipo de operación comercial que se utiliza generalmente en instituciones bancarias y son préstamos que éstos otorgan a terceros y cuyo respaldo o garantía está representado por la mercancía que quedará gravada hasta la cancelación parcial o total de la deuda.

Importancia

Esta operación adquiere gran importancia y en a actualidad ha tomado mucho auge en algunas entidades bancarias por cuanto en primer lugar permite a comerciantes, industriales y a personas dedicadas a las actividades agropecuarias, obtener financiamiento, entregando parte de sus inventarios como garantía del préstamo obtenido y en segundo lugar en el caso de importar algún tipo de materia prima, el hacerlo en grandes cantidades lo que les permite obtener descuentos por cantidades y evitar pagar posteriormente un mayor precio en el mercado internacional posiblemente debido a los efectos infraccionarios de la economía.

Una característica muy importante y propia de este tipo de operación lo representa el hecho de que el Pignorante (quien obtiene el préstamo) puede realizar pagos parciales a cuenta de crédito obtenido y en consecuencia obtiene la devolución de parte de la mercancía gravada que corresponda a la parte cancelada. Desde el punto de vista contable de quien solicita el préstamo, el sistema se desarrolla en la forma siguiente: El Crédito o Préstamo obtenido representa un Pasivo para con el Banco, el cual generalmente es a un plazo menor de un año. Esta obligación se denomina “Pignoraciones por pagar” y se refleja en el Balance general como cuenta de Pasivo Circulante y la mercancía entregada en calidad de garantía de pago se incluirá en una cuenta denominada Mercancía Pignorada la cual contablemente es una cuenta de Orden, por cuanto quien recibe el préstamo conserva la propiedad del activo que esta reflejado dentro del inventario.

Procedimiento

Esta operación de forma general presenta el siguiente procedimiento para su realización:

-El préstamo recibido (Pignoraciones por pagar) siempre es una cantidad menor que la mercancía entregada en garantía, generalmente su valor oscila entre el 60% y el 80% de la mercancía entregada. La determinación del porcentaje exacto va a ser establecida en cada caso por las diversas variables que puedan envolver cada operación de pignoración concreta. -Al realizar la operación se establece un lapso máximo para pagar el préstamo al Banco; pero el pignorante puede ir haciendo pagos parciales e ir retirando la mercancía correspondiente. -Los intereses los va a ir determinando mensualmente el Banco de acuerdo al saldo de la deuda, y en consecuencia serán cargados al pignorante por el Instituto Crediticio cada mes. -El seguro que tiene que cancelar el Pignorante también se va a calcular en base al tiempo que la mercancía va a estar gravada, respaldando el préstamo, es decir que el banco mensualmente va a cargar en la cuenta del Pignorante el monto del seguro de acuerdo a la mercancía existente en garantía. Este control se lleva a cabo mediante la expedición de la Liberación de la Mercancía que realiza el banco y también con el control de salida en los almacenes donde esta se encuentra depositada. -El almacenaje también se cobrará en forma mensual, dependiendo del monto de la mercancía gravada, y de ciertas condiciones de seguridad de la misma, o en el caso de ganado, en que la mercancía pignorada se puede dejar en locales del Pignorante, que así no tiene que pagar el monto del almacenaje. -En caso de vencerse el período del préstamo y no cancelarse, el Banco procede a cobrar los intereses de mora respectivos además del seguro y almacenaje correspondiente y también la institución crediticia puede proceder a rematar la mercancía, cobrarse el total de la deuda, otros gastos ocasionados y devolver cualquier remanente al Pignorante.

Fuente

Estudio de la contabilidad General. Editorial Félix Varela, Habana 2006. Maldonado, R