|
|
| Línea 1: |
Línea 1: |
| | {{Ficha Institución | | {{Ficha Institución |
| − | |nombre =Museo Nacional de Historia Natural de la República de Cuba | + | |nombre =Observatorio Científico, Tecnológico y de Innovación |
| − | |siglas o acronimo =<big>'''''MNHNC'''''</big> | + | |siglas o acronimo =<big>'''''OCTI'''''</big> |
| − | |imagen = Reducido-17cm-transparente-vers2.png | + | |imagen = Logo octi.png |
| | |tamaño =300px | | |tamaño =300px |
| | |descripción = | | |descripción = |
| Línea 30: |
Línea 30: |
| | }} | | }} |
| | | | |
| | + | eL '''Museo Nacional de Historia Natural de la República de Cuba''' |
| | | | |
| | | | |
| − | La '''Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear (ORASEN)''', del [[Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente (Cuba)|Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA)]] es un órgano concebido para la realización de funciones estatales de dirección, coordinación y control de la actividad reguladora ambiental a nivel nacional, dirigidas a los más amplios sectores de la economía y la sociedad involucrados en actividades que generan impactos en el medio ambiente, riesgos biológicos, riesgos radiológicos y químicos.
| |
| | | | |
| | ==Fundación== | | ==Fundación== |
| | | | |
| − | La Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear (ORASEN), surgió el [[29 de enero]] del año [[2002]], al amparo de la Resolución No. 6 de esa misma fecha, del titular del [[Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente (Cuba)|Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA)]].
| + | |
| | | | |
| | ==Composición== | | ==Composición== |
| | | | |
| − | La ORASEN está integrada por el [[Centro de Inspección y Control Ambiental (CICA)]], el [[Centro Nacional de Seguridad Biológica|Centro Nacional de Seguridad Biológica (CSB)]], el [[Centro Nacional de Seguridad Nuclear (CNSN)]] y el [[Centro Ejecutivo de la Autoridad Nacional para la Prohibición de Armas Químicas (CEANPAQ)]], centros cuya función reguladora común se expresa en la elaboración de las propuestas que complementan y completan la base jurídica y normativa en las esferas de su actuación, el otorgamiento de licencias, permisos y autorizaciones, y el control de su cumplimiento mediante la ejecución de inspecciones.
| + | |
| | | | |
| | ==Misión== | | ==Misión== |
| | | | |
| − | Emitir las autorizaciones en materia de protección del medio ambiente, la seguridad química, biológica y nuclear, así como ejecutar la evaluación integral de las tecnologías, de los principales proyectos y actividades que se ejecuten en el país. Fiscalizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones jurídicas y técnicas establecidas y velar por el cumplimiento de los compromisos internacionales contraídos por el Estado cubano en todas las esferas de su competencia.
| + | |
| | | | |
| | ==Visión== | | ==Visión== |
| | | | |
| − | La Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental fortalece y perfecciona su desempeño, contribuyendo a la introducción de la dimensión ambiental en los planes y programas de desarrollo económico-social del país, para lo cual:
| |
| − |
| |
| − | *Implementa un sistema de gestión de la calidad,
| |
| − | *Cuenta con recursos humanos calificados y motivados, con valores patrióticos y revolucionarios consolidados
| |
| − | *Perfecciona su papel rector metodológico y de atención a la estructura de base, provincial y municipal y
| |
| − | *Contribuye a elevar la cultura ambiental de la sociedad.
| |
| | | | |
| | ==Funciones== | | ==Funciones== |
| | | | |
| − | 1. Organizar y ejecutar los procesos de concesión de autorizaciones, licencias y permisos ambientales, de seguridad nuclear, química y biológica, así como la evaluación integral de las tecnologías en lo que al CITMA compete, de los principales proyectos y actividades de desarrollo del país.
| |
| | | | |
| − | 2. Organizar y ejecutar la inspección ambiental estatal de la actividad reguladora objeto de atención por la Oficina, para fiscalizar y exigir a los organismos, órganos, entidades y personas naturales el cumplimiento de las regulaciones establecidas.
| |
| | | | |
| − | 3. Imponer los regímenes de responsabilidad administrativa y civil en materia de medio ambiente.
| + | ==Fuentes== |
| − | | |
| − | 4. Gestionar los registros, controles similares y bases de datos en la esfera de su competencia.
| |
| − | | |
| − | 5. Implementar y controlar la aplicación de las medidas que garanticen el cumplimiento de los compromisos internacionales contraídos por el país en las esferas de su competencia.
| |
| − | | |
| − | 6. Proponer normas jurídicas y técnicas para el ejercicio de la actividad reguladora en las esferas de atención de la Oficina.
| |
| − | | |
| − | 7. Ejecutar la Evaluación Ambiental Estratégica a los planes y programas de desarrollo que lo requieran.
| |
| − | | |
| − | 8. Dictaminar sobre los procesos de autorización que se conducen por otros OACE, en los que el CITMA es consultado, así como otros estudios, investigaciones, análisis y evaluaciones sobre el estado de la seguridad nuclear, biológica, química y el medio ambiente.
| |
| − | | |
| − | 9. Proponer e implementar el flujo de información requerido, para intercambiar con el CITMA y el resto de las organizaciones relacionadas con las esferas de competencia de la ORASEN, así como informar a los niveles que resulte pertinente sobre el estado de la seguridad nuclear, biológica, química y el del medio ambiente.
| |
| − | | |
| − | 10. Atender y asesorar los sucesos, emergencias y eventos ambientales en el marco de su competencia. En el caso de las emergencias radiológicas, además, participar en dichos estados emergentes, coordinando las acciones necesarias en materia de protección y seguridad.
| |
| − | | |
| − | 11. Atender las quejas y planteamientos de la población en el marco de su competencia.
| |
| − | | |
| − | 12. Preparar y evaluar a los recursos humanos que trabajan en la actividad reguladora ambiental.
| |
| − | | |
| − | 13. Designar a los inspectores estatales ambientales de la ORASEN. Avalar las habilidades mínimas para el ejercicio de la inspección estatal ambiental por los inspectores de los Consejos de Administración. Facultar a aplicar las contravenciones ambientales a inspectores de cuerpos de inspección de otros OACE, aprobados previamente por el Ministerio.
| |
| | | | |
| − | ==Fuentes==
| |
| − | *[http://www.orsa.gob.cu/que-es-la-orsa/ Que es la ORSAEN]Consultado el 12 de junio de 2023
| |
| − | *[http://www.orsa.gob.cu/quienes-somos/ Quienes somos]Consultado el 12 de junio de 2023
| |
| − | *[http://www.orsa.gob.cu/que-hacemos/ Que hacemos]Consultado el 12 de junio de 2023
| |
| | | | |
| | [[Categoría:Medio Ambiente]] | | [[Categoría:Medio Ambiente]] |
| | [[Categoría:Ciencia]] | | [[Categoría:Ciencia]] |