Diferencia entre revisiones de «Seguros de vida en Cuba»
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|concepto= Los seguros de vida son una respuesta concreta a la necesidad que tiene la sociedad de autoprotegerse ante los múltiples riesgos a que está expuesta. Éstos procuran ayudar a las personas a mitigar una pérdida cierta que le ha ocurrido; la muerte, la incapacidad total o parcial (temporal o permanente), producto de un accidente y/o la vejez. | |concepto= Los seguros de vida son una respuesta concreta a la necesidad que tiene la sociedad de autoprotegerse ante los múltiples riesgos a que está expuesta. Éstos procuran ayudar a las personas a mitigar una pérdida cierta que le ha ocurrido; la muerte, la incapacidad total o parcial (temporal o permanente), producto de un accidente y/o la vejez. | ||
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== Seguros de Vida en Cuba== | == Seguros de Vida en Cuba== | ||
| + | El hecho de que esta misma persona cuente con un sistema de asistencia y seguridad social, el cual no se pierde por el hecho de estar asegurado, no minimiza para nada la importancia de éstos seguros. Por lo que el seguro de vida representa un complemento adicional, en la mayoría de los casos, necesario. | ||
El artículo 76 del Decreto Ley 263 define que: los contratos de seguros personales cubrirán riesgos que afecten la vida, la salud o la integridad corporal del asegurado, podrán celebrarse sobre riesgos relativos a una persona o a un grupo de ellas y será posible tomar sus coberturas independiente o conjuntamente, conforme a lo que se pacte en el contrato. | El artículo 76 del Decreto Ley 263 define que: los contratos de seguros personales cubrirán riesgos que afecten la vida, la salud o la integridad corporal del asegurado, podrán celebrarse sobre riesgos relativos a una persona o a un grupo de ellas y será posible tomar sus coberturas independiente o conjuntamente, conforme a lo que se pacte en el contrato. | ||
Los Seguros de vida pueden y de hecho deben, a criterio del autor, jugar un mayor papel en la complementación del sistema de pensiones en el país. La población mundial se está haciendo cada vez más vieja, Cuba no es la excepción a esta regla, esto es el resultado lógico de la política del estado de incrementar el nivel de vida de la población, por todas las vías posibles: | Los Seguros de vida pueden y de hecho deben, a criterio del autor, jugar un mayor papel en la complementación del sistema de pensiones en el país. La población mundial se está haciendo cada vez más vieja, Cuba no es la excepción a esta regla, esto es el resultado lógico de la política del estado de incrementar el nivel de vida de la población, por todas las vías posibles: | ||
| − | + | · Disminución de la mortalidad infantil y materna. | |
| − | + | · Programas de detección precoz de enfermedades congénitas. | |
| − | + | · Incremento de los programas sociales y de ayuda a las personas de menores ingresos. | |
| − | + | · Programas de apoyo a las personas discapacitadas. | |
| − | + | · Incremento de la expectativa de vida de la población, etc. | |
| − | Todos estos elementos y otros que pudieran mencionarse, traen aparejado el incremento de los gastos del presupuesto para la asistencia social y otras actividades no lucrativas. | + | Todos estos elementos y otros que pudieran mencionarse, traen aparejado el incremento de los gastos del presupuesto para la asistencia social y otras actividades no lucrativas. Estos gastos pueden disminuirse por diferentes vías a saber: |
| − | Estos gastos pueden disminuirse por diferentes vías a saber: | + | 1 Incrementar la tasa de retribución individual para dichos fines. |
| − | + | 2 Aumentar el tiempo laboral, de aporte de cada individuo al presupuesto. | |
| − | + | 3 Mayor utilización del seguro de vida como complemento de la seguridad social y las pensiones. | |
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Dentro de pocos años comienza a decrecer la masa de trabajadores, ¿quién creará los valores para pagar las pensiones en esa situación?, ¿podrán enfrentar una vejez con calidad sólo con las pensiones acumuladas en su etapa laboral? Por lo que se puede afirmar que aceptar y utilizar aún más los seguros de vida y las anualidades, además de ser muy útil en el plano personal, permite ayudar a la economía nacional al evitar que el presupuesto del estado tenga que afrontar enormes gastos que se pueden asumir entre todos. | Dentro de pocos años comienza a decrecer la masa de trabajadores, ¿quién creará los valores para pagar las pensiones en esa situación?, ¿podrán enfrentar una vejez con calidad sólo con las pensiones acumuladas en su etapa laboral? Por lo que se puede afirmar que aceptar y utilizar aún más los seguros de vida y las anualidades, además de ser muy útil en el plano personal, permite ayudar a la economía nacional al evitar que el presupuesto del estado tenga que afrontar enormes gastos que se pueden asumir entre todos. | ||
Los seguros de vida se definen por un grupo de características que le son propias y definitorias. Daremos aquí una panorámica general de los seguros de vida que se usaron en nuestro país, aún a sabiendas, de que muchas de sus modalidades en estos momentos son inoperantes, sirva pues a manera de cultura general. En ellos: | Los seguros de vida se definen por un grupo de características que le son propias y definitorias. Daremos aquí una panorámica general de los seguros de vida que se usaron en nuestro país, aún a sabiendas, de que muchas de sus modalidades en estos momentos son inoperantes, sirva pues a manera de cultura general. En ellos: | ||
| − | + | · El objeto asegurado es la propia persona. | |
| − | + | · No se cumple el principio resarcitorio, ya que éste tiene un carácter compensatorio, debido a que la vida de una persona es un bien invaluable económicamente hablando, lo que se hace en la práctica es pactar un valor arbitrario, dentro del rango autorizado en el mercado. | |
| − | + | · No se aplican las reglas relativas al interés asegurable, sino la concerniente al interés legítimo respecto de la persona cuya salud o vida se asegura. | |
| − | No se aplican las reglas relativas al interés asegurable, sino la concerniente al interés legítimo respecto de la persona cuya salud o vida se asegura. | + | · Tampoco se aplican las reglas de la proporcionalidad entre el interés asegurado y la suma asegurada ya que no hay infraseguro posible. |
| − | + | · La aseguradora no puede hacer uso del recobro, la subrogación en los derechos del asegurado hacia un tercero que sea responsable del siniestro solo se aplica en los seguros de bienes. | |
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Existe una gran diversidad de seguros sobre la vida, la que aparentemente solo está limitada por la capacidad creadora de las aseguradoras, son tantos que hasta clasificarlos resulta muchas veces difícil, en sentido general estos seguros pueden dividirse en dos grandes grupos; los Seguros de Riesgos y los Seguros de Ahorro. Mientras que los primeros tienen como objetivo resolver una situación desfavorable creada por la ocurrencia de un siniestro previsto en la póliza del asegurado y recibir la compensación pactada, los segundos tienen el sentido de crear fondos para una situación futura del asegurado o sus beneficiarios. La combinación de ambos es lo más común, surgiendo así los Seguros Mixtos que presentan una gran diversidad debido a la política comercial de las aseguradoras, las que venden las combinaciones más inimaginables. | Existe una gran diversidad de seguros sobre la vida, la que aparentemente solo está limitada por la capacidad creadora de las aseguradoras, son tantos que hasta clasificarlos resulta muchas veces difícil, en sentido general estos seguros pueden dividirse en dos grandes grupos; los Seguros de Riesgos y los Seguros de Ahorro. Mientras que los primeros tienen como objetivo resolver una situación desfavorable creada por la ocurrencia de un siniestro previsto en la póliza del asegurado y recibir la compensación pactada, los segundos tienen el sentido de crear fondos para una situación futura del asegurado o sus beneficiarios. La combinación de ambos es lo más común, surgiendo así los Seguros Mixtos que presentan una gran diversidad debido a la política comercial de las aseguradoras, las que venden las combinaciones más inimaginables. | ||
La cobertura en la póliza tiene que ver con la supervivencia o no de la persona asegurada al final del plazo, lo que garantiza dos situaciones bien diferentes; que llegue viva o que muera antes de terminar la vigencia de la misma, pudiendo ser, por tanto: | La cobertura en la póliza tiene que ver con la supervivencia o no de la persona asegurada al final del plazo, lo que garantiza dos situaciones bien diferentes; que llegue viva o que muera antes de terminar la vigencia de la misma, pudiendo ser, por tanto: | ||
| − | + | ü Seguros para caso de Muerte. | |
| − | + | ü Seguros para caso de Vida. | |
== Seguros para Caso de Muerte== | == Seguros para Caso de Muerte== | ||
En estos casos la indemnización prevista se entrega a los beneficiarios del asegurado al fallecimiento de éste, los que pueden estar nominados o no en la solicitud, en este último caso reciben el beneficio los herederos legales del asegurado según el orden de sucesión establecido en el Código Civil, artículos del 514 al 521. Un error común es comprar este seguro como una forma de inversión, en vez de hacerlo solo para proveer una ayuda a los beneficiarios, que queden desamparados al fallecer el asegurado. | En estos casos la indemnización prevista se entrega a los beneficiarios del asegurado al fallecimiento de éste, los que pueden estar nominados o no en la solicitud, en este último caso reciben el beneficio los herederos legales del asegurado según el orden de sucesión establecido en el Código Civil, artículos del 514 al 521. Un error común es comprar este seguro como una forma de inversión, en vez de hacerlo solo para proveer una ayuda a los beneficiarios, que queden desamparados al fallecer el asegurado. | ||
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Seguro de Vida Tradicional. El seguro de vida tradicional, también llamado la “póliza de por vida,” o “seguro permanente” es una forma de garantizar una suma de dinero en caso de fallecimiento del asegurado, sea cual fuese la fecha de ocurrencia del mismo, para los beneficiarios de la póliza, lo que implica una seguridad financiera, es decir, proporciona beneficios en efectivo a sus sobrevivientes cuando ya no está para proveerlos. la prima es fija y se paga durante toda la vida, lo más usual son los pagos periódicos. | Seguro de Vida Tradicional. El seguro de vida tradicional, también llamado la “póliza de por vida,” o “seguro permanente” es una forma de garantizar una suma de dinero en caso de fallecimiento del asegurado, sea cual fuese la fecha de ocurrencia del mismo, para los beneficiarios de la póliza, lo que implica una seguridad financiera, es decir, proporciona beneficios en efectivo a sus sobrevivientes cuando ya no está para proveerlos. la prima es fija y se paga durante toda la vida, lo más usual son los pagos periódicos. | ||
También se puede usar para garantizar hipotecas sobre bienes. Al comprar una póliza de seguro de vida, debe decidirse la cantidad o monto a asegurar, pues de ello dependerá cuánto debe pagar. En algunos contratos de seguros de vida puede acumular valor en efectivo, que puede emplear como ingresos después que se retire o usarse para resolver diferentes situaciones dentro de la misma póliza. Esta póliza también puede servir para garantizar un préstamo solicitado al banco, al usar su póliza como colateral, pues se puede asignar el valor en efectivo acumulado en la misma al prestamista. | También se puede usar para garantizar hipotecas sobre bienes. Al comprar una póliza de seguro de vida, debe decidirse la cantidad o monto a asegurar, pues de ello dependerá cuánto debe pagar. En algunos contratos de seguros de vida puede acumular valor en efectivo, que puede emplear como ingresos después que se retire o usarse para resolver diferentes situaciones dentro de la misma póliza. Esta póliza también puede servir para garantizar un préstamo solicitado al banco, al usar su póliza como colateral, pues se puede asignar el valor en efectivo acumulado en la misma al prestamista. | ||
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| − | * [[Casteló Matrón J]]. y [[Guardiola A]].: Diccionario Mafre de Seguros. | + | * [[Casteló Matrón J]]. y [[Guardiola A]].: Diccionario Mafre de Seguros. |
| − | *[[Castro, Jorge M. ]] [[y]] [[Cusano E. ]] Damián.: Curso de Formación Profesional Aseguradora. [[AAPAS. ]] [[Argentina 1999. ]] | + | * [[Castro, Jorge M. ]] [[y]] [[Cusano E. ]] Damián.: Curso de Formación Profesional Aseguradora. [[AAPAS. ]] [[Argentina 1999. ]] |
| − | * | + | * [[Cruz Pasos, Rosell]].: Seguros y Administración de Riesgos en Cuba. [[Editorial Académica Española]], [[2013]] |
| − | + | * Decreto Ley 263. [[Gaceta Oficial]] [[No. 5 (26 de enero de 2009). ]] | |
| − | * Decreto Ley 263. [[Gaceta Oficial]] [[No. 5 (26 de enero de 2009). ]] | + | * [[Enciclopedia Universal MARIN]]. [[España]]. [[1990]] |
| − | *[[Enciclopedia Universal MARIN]]. [[España]]. [[1990]] | + | * [[Martínez Riverón R, y otros.: ]]CUBA: Banca y Seguro. [[Universidad de La Habana. ]] [[Edita CAM España 1998]] |
| − | *[[Martínez Riverón R, y otros.: ]]CUBA: Banca y Seguro. [[Universidad de La Habana. ]] [[Edita CAM España 1998]] | ||
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Revisión del 12:40 4 nov 2013
{{ Definición
|nombre = Seguros de Vida en Cuba |autor = Rosell Cruz Pasos |imagen= 05_Vida.jpg |concepto= Los seguros de vida son una respuesta concreta a la necesidad que tiene la sociedad de autoprotegerse ante los múltiples riesgos a que está expuesta. Éstos procuran ayudar a las personas a mitigar una pérdida cierta que le ha ocurrido; la muerte, la incapacidad total o parcial (temporal o permanente), producto de un accidente y/o la vejez.
}}Sumario
Seguros de Vida en Cuba
El hecho de que esta misma persona cuente con un sistema de asistencia y seguridad social, el cual no se pierde por el hecho de estar asegurado, no minimiza para nada la importancia de éstos seguros. Por lo que el seguro de vida representa un complemento adicional, en la mayoría de los casos, necesario. El artículo 76 del Decreto Ley 263 define que: los contratos de seguros personales cubrirán riesgos que afecten la vida, la salud o la integridad corporal del asegurado, podrán celebrarse sobre riesgos relativos a una persona o a un grupo de ellas y será posible tomar sus coberturas independiente o conjuntamente, conforme a lo que se pacte en el contrato. Los Seguros de vida pueden y de hecho deben, a criterio del autor, jugar un mayor papel en la complementación del sistema de pensiones en el país. La población mundial se está haciendo cada vez más vieja, Cuba no es la excepción a esta regla, esto es el resultado lógico de la política del estado de incrementar el nivel de vida de la población, por todas las vías posibles: · Disminución de la mortalidad infantil y materna. · Programas de detección precoz de enfermedades congénitas. · Incremento de los programas sociales y de ayuda a las personas de menores ingresos. · Programas de apoyo a las personas discapacitadas. · Incremento de la expectativa de vida de la población, etc. Todos estos elementos y otros que pudieran mencionarse, traen aparejado el incremento de los gastos del presupuesto para la asistencia social y otras actividades no lucrativas. Estos gastos pueden disminuirse por diferentes vías a saber: 1 Incrementar la tasa de retribución individual para dichos fines. 2 Aumentar el tiempo laboral, de aporte de cada individuo al presupuesto. 3 Mayor utilización del seguro de vida como complemento de la seguridad social y las pensiones. Dentro de pocos años comienza a decrecer la masa de trabajadores, ¿quién creará los valores para pagar las pensiones en esa situación?, ¿podrán enfrentar una vejez con calidad sólo con las pensiones acumuladas en su etapa laboral? Por lo que se puede afirmar que aceptar y utilizar aún más los seguros de vida y las anualidades, además de ser muy útil en el plano personal, permite ayudar a la economía nacional al evitar que el presupuesto del estado tenga que afrontar enormes gastos que se pueden asumir entre todos. Los seguros de vida se definen por un grupo de características que le son propias y definitorias. Daremos aquí una panorámica general de los seguros de vida que se usaron en nuestro país, aún a sabiendas, de que muchas de sus modalidades en estos momentos son inoperantes, sirva pues a manera de cultura general. En ellos: · El objeto asegurado es la propia persona. · No se cumple el principio resarcitorio, ya que éste tiene un carácter compensatorio, debido a que la vida de una persona es un bien invaluable económicamente hablando, lo que se hace en la práctica es pactar un valor arbitrario, dentro del rango autorizado en el mercado. · No se aplican las reglas relativas al interés asegurable, sino la concerniente al interés legítimo respecto de la persona cuya salud o vida se asegura. · Tampoco se aplican las reglas de la proporcionalidad entre el interés asegurado y la suma asegurada ya que no hay infraseguro posible. · La aseguradora no puede hacer uso del recobro, la subrogación en los derechos del asegurado hacia un tercero que sea responsable del siniestro solo se aplica en los seguros de bienes. Existe una gran diversidad de seguros sobre la vida, la que aparentemente solo está limitada por la capacidad creadora de las aseguradoras, son tantos que hasta clasificarlos resulta muchas veces difícil, en sentido general estos seguros pueden dividirse en dos grandes grupos; los Seguros de Riesgos y los Seguros de Ahorro. Mientras que los primeros tienen como objetivo resolver una situación desfavorable creada por la ocurrencia de un siniestro previsto en la póliza del asegurado y recibir la compensación pactada, los segundos tienen el sentido de crear fondos para una situación futura del asegurado o sus beneficiarios. La combinación de ambos es lo más común, surgiendo así los Seguros Mixtos que presentan una gran diversidad debido a la política comercial de las aseguradoras, las que venden las combinaciones más inimaginables. La cobertura en la póliza tiene que ver con la supervivencia o no de la persona asegurada al final del plazo, lo que garantiza dos situaciones bien diferentes; que llegue viva o que muera antes de terminar la vigencia de la misma, pudiendo ser, por tanto: ü Seguros para caso de Muerte. ü Seguros para caso de Vida.
Seguros para Caso de Muerte
En estos casos la indemnización prevista se entrega a los beneficiarios del asegurado al fallecimiento de éste, los que pueden estar nominados o no en la solicitud, en este último caso reciben el beneficio los herederos legales del asegurado según el orden de sucesión establecido en el Código Civil, artículos del 514 al 521. Un error común es comprar este seguro como una forma de inversión, en vez de hacerlo solo para proveer una ayuda a los beneficiarios, que queden desamparados al fallecer el asegurado.
|imagen= Seguros de Vida.JPG Seguro de Vida Tradicional. El seguro de vida tradicional, también llamado la “póliza de por vida,” o “seguro permanente” es una forma de garantizar una suma de dinero en caso de fallecimiento del asegurado, sea cual fuese la fecha de ocurrencia del mismo, para los beneficiarios de la póliza, lo que implica una seguridad financiera, es decir, proporciona beneficios en efectivo a sus sobrevivientes cuando ya no está para proveerlos. la prima es fija y se paga durante toda la vida, lo más usual son los pagos periódicos. También se puede usar para garantizar hipotecas sobre bienes. Al comprar una póliza de seguro de vida, debe decidirse la cantidad o monto a asegurar, pues de ello dependerá cuánto debe pagar. En algunos contratos de seguros de vida puede acumular valor en efectivo, que puede emplear como ingresos después que se retire o usarse para resolver diferentes situaciones dentro de la misma póliza. Esta póliza también puede servir para garantizar un préstamo solicitado al banco, al usar su póliza como colateral, pues se puede asignar el valor en efectivo acumulado en la misma al prestamista. Seguro de Vida con Pago Limitado. Es una póliza por toda la vida, la cantidad asegurada se paga a la muerte del asegurado, pero las primas solo se pagan por un número limitado de años -los que se hayan pactado-, y cesan, aún antes, en caso de muerte de la persona asegurada. La variante más popular en Cuba en el siglo pasado era la de 20 años, y esa es la razón por la que se le llamó popularmente “Vida 20 Pagos”. Lo que sí debe estar claro es que la prima se paga íntegra, lo que quiere decir que mientras menos plazos se acuerden, más alta será la prima a pagar en cada uno de esos plazos. Si el asegurado fallece antes de terminar de pagar los plazos, el importe restante será descontado del monto a indemnizar. Seguro de Vida Temporal. Bajo esta póliza, la aseguradora se compromete a pagar la suma pactada de dinero solamente en los casos en que el asegurado muera dentro de un término de años especificados (los que dure la cobertura), siempre que esté vigente la misma. Si el asegurado sobrevive al plazo estipulado la cobertura cesa y ninguna suma será pagadera, la prima de seguro pagada queda a favor de la aseguradora como prima ganada. Las primas aumentarán a medida que lo haga la edad de la persona. Por lo que en los primeros años provee más cobertura por cada peso de prima. El seguro colectivo no es un seguro diferente, sino otra forma de contratación, donde se agilizan los trámites y permite al colectivo asegurado ahorrar dinero por los descuentos que se le ofertan (contenido social), cubre los mismos riesgos que la póliza individual y la persona se mantiene en la misma, mientras pertenece al colectivo que la generó y continúe pagando la prima de seguro calculada.
Seguros para caso de Vida
La indemnización prevista se abona al asegurado, en un pago único o en forma de renta, según lo que se haya pactado. Siempre que el asegurado sobreviva la vigencia de la póliza. En la práctica muy pocas veces se usan solas, ya que lo común es combinarlas con alguna forma de capitalización. Seguro dotal o de capital diferido. Aquí se persigue la formación de un capital a un plazo determinado. En esta clase están reunidos los beneficios de protección inmediata para el beneficiario si muere él, y la protección del asegurado mismo si sobrevive. La cantidad asegurada se paga después de un determinado período de años, si el asegurado sobrevive para entonces, o a la muerte del mismo, si ocurre antes de expirar el período. Las primas se pagan durante un número fijo de años o hasta la muerte del asegurado, si ésta ocurriera antes. Es una combinación, por lo tanto, del seguro de pagos limitados y de una dote pura para (n) años. La necesidad de comprar un seguro de vida para una persona dada, depende en gran medida de la cantidad de personas que dependan económicamente de ella, de la calidad de vida que considere como adecuada para ellos, de la edad de esa persona y naturalmente, de la fuente de ingresos de que disponga para pagar las obligaciones que genera el disfrutar de una cobertura de seguro. El costo del seguro es el principal obstáculo para su adquisición, por eso debe entenderse bien cómo se calcula este importe y la necesidad de ello. Para este calculo se tienen en cuenta las Tasas de Mortalidad del grupo poblacional en cuestión, las que le dan una idea a la aseguradora del monto esperado a pagar por el riesgo de muerte, a mayor índice de mortalidad mayor será la prima a pagar. Otro elemento de suma importancia es el rendimiento de las inversiones de la aseguradora, a mayor tasa de interés recibida, menor será el costo de la póliza. Y por último, y no por eso menos importante, hay que tener en cuenta los gastos de operación de la aseguradora. Es imprescindible que se comprenda que si no se cobra lo que es debido, la aseguradora no tendrá fondos suficientes para pagar (el asegurado sería el perjudicado). Seguros mixtos de vida. Los seguros mixtos son aquellos donde se combinan elementos de riesgo y de ahorro, que caracterizan a los seguros para caso de muerte y vida respectivamente. Aquí el asegurador paga al asegurado en caso de sobrevivir el plazo fijado, o a sus beneficiarios en caso de que fallezca antes del plazo, son los más usados en la práctica, pues permiten gran cantidad de combinaciones: mixto completo, simple, doble, etc.
Véase además
Fuentes
- Casteló Matrón J. y Guardiola A.: Diccionario Mafre de Seguros.
- Castro, Jorge M. y Cusano E. Damián.: Curso de Formación Profesional Aseguradora. AAPAS. Argentina 1999.
- Cruz Pasos, Rosell.: Seguros y Administración de Riesgos en Cuba. Editorial Académica Española, 2013
- Decreto Ley 263. Gaceta Oficial No. 5 (26 de enero de 2009).
- Enciclopedia Universal MARIN. España. 1990
- Martínez Riverón R, y otros.: CUBA: Banca y Seguro. Universidad de La Habana. Edita CAM España 1998
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