Diferencia entre revisiones de «Víctima (Proceso penal)»
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| + | Es víctima directa la persona que ha sufrido el daño o consecuencia de un delito. También son considerados víctimas, aunque indirectamente: el cónyuge o la persona con quien haga vida marital por más de dos años, hijo o padre adoptivo, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, y al heredero, en los delitos cuyo resultado sea la incapacidad o la muerte del ofendido; y, en todo caso, cuando el delito sea cometido en perjuicio de un incapaz o de un menor de edad. | ||
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| − | El Código de procedimiento penal permite a la víctima participar en el proceso penal, siguiendo, en todo caso, las normas dispuestas para ello. En consecuencia, se le reconocen, entre otros, los siguientes derechos : | + | El Código de procedimiento penal permite a la víctima participar en el proceso penal, siguiendo, en todo caso, las normas dispuestas para ello. En consecuencia, se le reconocen, entre otros, los siguientes derechos: |
*Presentar querella. | *Presentar querella. | ||
*Ser informada de los resultados del proceso. | *Ser informada de los resultados del proceso. | ||
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*Impugnar las decisiones judiciales. | *Impugnar las decisiones judiciales. | ||
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*Concienzuda o diligente (conscientious). | *Concienzuda o diligente (conscientious). | ||
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*Simuladora. | *Simuladora. | ||
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Al ser la víctima la persona directamente ofendida por el delito, por lo general, representa la principal fuente de información con respecto a las circunstancia del hecho. En este sentido, y siempre que exista la posibilidad, es importante que la víctima colabore con el Ministerio Público y los [[órganos policiales]] mientras transcurre la fase de investigación, aportando datos verdaderos que sirvan para el esclarecimiento de los hechos. | Al ser la víctima la persona directamente ofendida por el delito, por lo general, representa la principal fuente de información con respecto a las circunstancia del hecho. En este sentido, y siempre que exista la posibilidad, es importante que la víctima colabore con el Ministerio Público y los [[órganos policiales]] mientras transcurre la fase de investigación, aportando datos verdaderos que sirvan para el esclarecimiento de los hechos. | ||
Por otro lado, la víctima puede actuar directamente dentro del proceso penal, es decir, puede nombrar un abogado que represente sus intereses, presentar acusación propia, promover pruebas, entre otras actuaciones. | Por otro lado, la víctima puede actuar directamente dentro del proceso penal, es decir, puede nombrar un abogado que represente sus intereses, presentar acusación propia, promover pruebas, entre otras actuaciones. | ||
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La víctima puede ejercer las acciones para reclamar la responsabilidad civil proveniente del delito. La reparación de los daños y la indemnización de perjuicios causados pueden ser solicitadas ante el mismo Tribunal que dictó la sentencia. En necesario que el fallo sea condenatorio y se encuentre definitivamente firme. De resultar procedente el reclamo, el tribunal ordenará la reparación del daño o la indemnización adecuada. | La víctima puede ejercer las acciones para reclamar la responsabilidad civil proveniente del delito. La reparación de los daños y la indemnización de perjuicios causados pueden ser solicitadas ante el mismo Tribunal que dictó la sentencia. En necesario que el fallo sea condenatorio y se encuentre definitivamente firme. De resultar procedente el reclamo, el tribunal ordenará la reparación del daño o la indemnización adecuada. | ||
| − | ==Fuentes | + | ==Fuentes== |
| − | *http://es.scribd.com/doc/16933070/la-victima-en-el-proceso-penal | + | *Artículo: [http://es.scribd.com/doc/16933070/la-victima-en-el-proceso-penal La víctima en el proceso penal]. Disponible en: "es.scribd.com". Consultado: 5 de noviembre de 2011. |
| − | *http://www.consultoriojuridico.com/blogs/tags/victima/la_victima_en_proceso_penal | + | *Artículo: [http://www.consultoriojuridico.com/blogs/tags/victima/la_victima_en_proceso_penal La víctima en el proceso penal]. Disponible en: "www.consultoriojuridico.com". Consultado: 5 de noviembre de 2011. |
| − | *http://books.google.com/books?id=2pu0MUwzHeQC&pg=PA115&hl=es&source=gbs_toc_r&cad=4#v=onepage&q&f=false | + | *Búsqueda: [http://books.google.com/books?id=2pu0MUwzHeQC&pg=PA115&hl=es&source=gbs_toc_r&cad=4#v=onepage&q&f=false Libros]. Disponible en: "books.google.com". Consultado: 5 de noviembre de 2011. |
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Revisión del 17:46 22 nov 2011
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Victima (Proceso penal). Es el sujeto pasivo del delito, es la persona natural o jurídica, que individual o colectivamente, y de modo directo o indirecto, haya visto dañados o puestos en peligro bienes jurídicos de su titularidad, o haya sufrido de algún modo daños, ya sean lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdidas económicas, o menoscabos sustanciales de sus derechos fundamentales, por causa de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente.
Sumario
Quiénes se consideran víctimas
Es víctima directa la persona que ha sufrido el daño o consecuencia de un delito. También son considerados víctimas, aunque indirectamente: el cónyuge o la persona con quien haga vida marital por más de dos años, hijo o padre adoptivo, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, y al heredero, en los delitos cuyo resultado sea la incapacidad o la muerte del ofendido; y, en todo caso, cuando el delito sea cometido en perjuicio de un incapaz o de un menor de edad.
Respecto de los delitos que afectan a una persona jurídica (como las corporaciones, asociaciones y compañías), son víctimas los socios, accionistas o miembros.
Derechos
El Código de procedimiento penal permite a la víctima participar en el proceso penal, siguiendo, en todo caso, las normas dispuestas para ello. En consecuencia, se le reconocen, entre otros, los siguientes derechos:
- Presentar querella.
- Ser informada de los resultados del proceso.
- Solicitar medidas de protección frente a probables atentados en contra suya o de su familia.
- Adherirse a la acusación del fiscal o formular una acusación particular propia contra el imputado en los delitos de acción pública; o una acusación privada en los delitos dependientes de instancia de parte.
- Ejercer las acciones civiles con el objeto de reclamar la responsabilidad civil proveniente del hecho punible, y así, obtener el resarcimiento de los daños causados y perjuicios provocados.
- Ser oída por el tribunal antes de decidir.
- Impugnar las decisiones judiciales.
Clasificación
- Concienzuda o diligente (conscientious).
- Facilitadora (facilitating).
- Invitadora (invitating).
- Provocadora (provoking)
- Consentidora (consenting)
- Instigadora o promotora (instigating).
- Simuladora.
Papel dentro del proceso
Al ser la víctima la persona directamente ofendida por el delito, por lo general, representa la principal fuente de información con respecto a las circunstancia del hecho. En este sentido, y siempre que exista la posibilidad, es importante que la víctima colabore con el Ministerio Público y los órganos policiales mientras transcurre la fase de investigación, aportando datos verdaderos que sirvan para el esclarecimiento de los hechos. Por otro lado, la víctima puede actuar directamente dentro del proceso penal, es decir, puede nombrar un abogado que represente sus intereses, presentar acusación propia, promover pruebas, entre otras actuaciones.
Resultados por los daños y perjuicios causados
La víctima puede ejercer las acciones para reclamar la responsabilidad civil proveniente del delito. La reparación de los daños y la indemnización de perjuicios causados pueden ser solicitadas ante el mismo Tribunal que dictó la sentencia. En necesario que el fallo sea condenatorio y se encuentre definitivamente firme. De resultar procedente el reclamo, el tribunal ordenará la reparación del daño o la indemnización adecuada.
Fuentes
- Artículo: La víctima en el proceso penal. Disponible en: "es.scribd.com". Consultado: 5 de noviembre de 2011.
- Artículo: La víctima en el proceso penal. Disponible en: "www.consultoriojuridico.com". Consultado: 5 de noviembre de 2011.
- Búsqueda: Libros. Disponible en: "books.google.com". Consultado: 5 de noviembre de 2011.
