Diferencia entre revisiones de «Administrador electoral»
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*Administrador electoral. Disponible en:[http://www.eumed.net/diccionario/definicion.php?dic=1&def=1041 Enciclopedia y Biblioteca Virtual de las Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas]. Consultado el 5 de enero de 2015. | *Administrador electoral. Disponible en:[http://www.eumed.net/diccionario/definicion.php?dic=1&def=1041 Enciclopedia y Biblioteca Virtual de las Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas]. Consultado el 5 de enero de 2015. | ||
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Administrador electoral. Persona responsable de los ingresos y gastos así como de las candidaturas que presente un partido, federación o coalición. Todas las candidaturas que cualquiera de aquéllos presenten tendrán un administrador común.
Por otro lado, los partidos, coaliciones o federaciones que presenten candidaturas en más de una provincia deberán tener un administrador general bajo cuya dirección y responsabilidad actuarán los administradores comunes.
Podrá ser designado administrador electoral cualquier ciudadano mayor de edad y en pleno uso de sus derechos civiles y políticos. Los representantes electorales podrán ser administradores electorales, estando prohibido acumular este cargo a los candidatos.
Fuente
- Administrador electoral. Disponible en:Enciclopedia y Biblioteca Virtual de las Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas. Consultado el 5 de enero de 2015.