Medalla Combatiente Internacionalista
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Medalla Combatiente Internacionalista. Se otorga en una de sus dos clases a miembros de las FAR en servicio militar activo, reserva y retiro, que hayan prestado y prestaren su ayuda solidaria e internacionalista a otros pueblos hermanos.
Las condecoraciones y títulos honoríficos son otorgados actualmente, según la Ley Nº 30 de las condecoraciones, títulos honoríficos y distinciones, aprobada el 10 de diciembre de 1979 por Fidel Castro como Presidente del Consejo de estado, que puntualizó la anterior Ley Nº 17 Sistema de condecoraciones y títulos honoríficos, aprobada el 28 de junio de 1978 por el entonces Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular Blas Roca Calderío.


