Dominio público
Dominio público. Es un concepto utilizado en dos áreas del derecho: el derecho administrativo y el derecho de autor.
Dominio público
Por dominio público (también llamado demanio) se entiende el conjunto de bienes y derechos de titularidad pública, destinados al uso público (como las calles, plazas y caminos públicos), o a un servicio público (como un hospital público, un centro escolar público, las oficinas de un Ayuntamiento) o aquellos a los que una ley califica como demaniales (como las playas, las aguas o las minas) y cuyo uso privativo, en su caso, requiere una concesión administrativa, o un permiso, que sólo la administración pública puede otorgar.
Algunos ordenamientos jurídicos consideran que el dominio público está formado por aquellos bienes cuyo titular es una comunidad. En este sentido, las comunidades de regantes, de pastos, de bosques, etc., serían ejemplos de dominio público.
Derecho de autor
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Por dominio público se entiende la situación en que quedan las obras literarias, artísticas o científicas (lo que incluye programas informáticos) al expirar el plazo de protección de los derechos patrimoniales exclusivos que las leyes de derecho de autor reconocen en favor del derecho habiente y que implica que pueden ser explotadas por cualquier persona o corporación, pero siempre respetando los derechos morales (básicamente la paternidad). Esto sucede habitualmente trascurrido un término contado desde la muerte del autor (post mortem auctoris).
Dominio público en estos casos se suele abreviar como PD (del inglés, public domain).
Fuente
- Dominio Público