Diferencia entre revisiones de «Bioseguridad de Unidades Avícolas»

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Revisión del 11:34 30 abr 2014

Bioseguridad de Unidades Avícolas
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Unidad Avícola.JPG
Concepto:Bioseguridad

Bioseguridad de Unidades Avícolas. El desarrollo alcanzado por la avicultura especializada, el incremento de otras crianzas avícolas en el país y la compleja situación epizootiológica, hacen imprescindible disponer de procedimientos que evalúen los riesgos en la presentación de las enfermedades propias de las aves.

Definición de Bioseguridad

La bioseguridad es considerada como el conjunto de medidas higiénicas sanitarias, procedimientos técnicos y normas de trabajo aplicada de forma lógicas en las unidades de producción avícola, con la finalidad de prevenir la entrada, la propagación y la salida de los agentes infecciosos o no infecciosos en las mismas y mantener la salud, el bienestar e incrementar el potencial genético, productivo y reproductivos de las aves.

Bioseguridad de las Unidades

Toda unidad dedicada a la crianza de aves de este propósito estará regida por un programa de bioseguridad que comprenderá los aspectos de habilitación sanitaria de la unidad, cuyo cumplimiento debe ser evaluado y reflejado en el correspondiente certificado de calidad emitido por el jefe técnico de la granja al término de esta actividad y antes de permitir la introducción de las nuevas aves.

Medidas y Prácticas de Bioseguridad

  • Se mantendrá alrededor de las naves durante toda la crianza un césped de 2 a5 cm de alto y con un ancho de alrededor de 2 m.
  • Se mantendrá chapeadas y limpias las áreas entre naves y el resto de las áreas de la unidad.
  • La cerca perimetral se mantendrá integra y chapeada en una franja de un metro de ancho a ambos lados de la misma.
  • El acceso a la unidad de peatones y vehículos se permitirá solamente por la puerta destinada a este fin.
  • El transporte excepcionalmente autorizado a entrar a la unidad, será desinfectado a la entrada con sumo cuidado y a la salida si hay focos activos de enfermedades.
  • Control de visitas restringidas. Admitir sólo a visitantes esenciales y bajo autorización expresa de la autoridad veterinaria, con el compromiso de cumplir las regulaciones sanitarias establecidas en este instructivo.
  • Vestuario, calzado, duchas. Es de obligatorio cumplimiento que todo el personal que se traslade hacia el área limpia debe bañarse, así como cambiarse de ropa y calzado.
  • Delimitación estricta entre el área ¨sucia¨ y el área ¨limpia¨.
  • Filtro sanitario habilitado con condiciones que permitan ejecutar el baño de todos los trabajadores de la unidad y del personal autorizado a entrar a las áreas limpias, diseñado de forma tal que el área sucia y el área limpia del filtro queden independientes.
  • Establecer la prohibición de pasar de una a otra área sin cumplir la disciplina sanitaria establecida.
  • Para pasar de la zona ¨sucia¨ a la ¨limpia¨ es obligatorio el baño y el cambio de ropa y calzado, así como utilizar el vestuario sanitario disponible en la unidad.
  • Para introducir en la unidad cualquier material de trabajo o permanencias necesarias es obligatorio desinfectarlas, se habilitará una caja de desinfección adecuada para tal actividad.
  • El acceso al interior de las naves y a los almacenes de pienso y huevo estará limitado al personal estrictamente necesario o autorizado. Estos locales dispondrán de condiciones para la desinfección de las manos y del calzado.
  • No se permiten animales ajenos a la unidad. En caso de autorizarse la tenencia de otras especies, estas se mantendrán en áreas marginales y bajo estricto control sanitario.
  • Mantener actualizado el libro de control de incidencias, recogiendo en el mismo todas aquellas situaciones de interés para la crianza.
  • Realizar el control sanitario estricto del movimiento de las aves hacia y desde la unidad.
  • Cada granja tienen que contar con sus equipos de crianzas. (El intercambio entre unidades constituye un riesgo sanitario grave).
  • Control riguroso y sistemático de la calidad sanitaria y físico-química del agua dos veces al año como mínimo, en caso necesario se tratará con cloro u otro desinfectante aprobado para este propósito, comprobándose la eficacia del tratamiento de forma sistemática. Similar procedimiento se mantendrá con los alimentos para consumo de las aves.
  • Las naves tienen que estar protegidas con malla eslabonada, de presencia anti pájaro, incluyendo la reventilación.
  • Diariamente se limpiarán y desinfectarán los bebederos y comederos utilizando un desinfectante de acción reconocida.
  • Protección adecuada y limpieza periódica de los sistemas de agua.
  • En las etapas de desarrollo y reproducción, se realizará semanalmente el barrido de las plumas de la cama.
  • A partir de los 14 días de edad y con una frecuencia quincenal se realizarán nebulizaciones sobre las áreas de crianza con un desinfectante adecuado para este propósito.
  • El almacén de selección y conservación de huevos se limpiará diariamente y con frecuencia quincenal se realizarán nebulizaciones con un desinfectante adecuado.
  • El almacén de piensos se limpiará y desinfectará periódicamente con un desinfectante adecuado, al igual que los depósitos de calcio.
  • Las áreas húmedas de las yacijas se removerán diariamente, polvoreando estas zonas con hidrato de cal y adicionando yacija nueva y desinfectada, la cual se esparcirá en los alrededores de la zona afectada.
  • Proveer a cada nave de un depósito hermético con tapa para la recolección de cadáveres, el cual deberá ser desinfectado como mínimo una vez por semana.
  • Al término de la sección de trabajo diaria, las puertas de las naves se cerrarán.
  • Cumplir con la rotación e higienización de los cubículos de las fosas de enterramiento, así como la chapea, limpieza total y desinfección del área alrededor de la misma de una franja de 3 metros de ancho.
  • Aplicar un programa sistemático y efectivo de control integral de insectos y roedores.

Medicina Preventiva

1. Cumplir el plan de inmunización establecido y realizar los monitoreos correspondientes para comprobar la respuesta obtenida con la aplicación de las vacunas. 2. Realizar la revisión de prendimiento de la vacuna de viruela aviar. 3. Realizar la inspección de rutina en las naves, por lo menos 2 veces al día, para detectar cambios en el estado de salud o problemas de bienestar.


Programa de Vacunación

Tablaaa.JPG

Las aves se revisarán periódicamente para determinar su situación con respecto a los parásitos externos y de detectarse la presencia de estos parásitos se procederá a tratar con un insecticida de acción reconocida. Se hará una primera aplicación de insecticida, después de una segunda, 15 días más tarde y una tercera a los 21 días posteriores a la segunda. Si la infestación es grave o muy intensa, la segunda aplicación se hará a los 10 días de la primera y un tercer tratamiento 15 días más tarde. Este procedimiento se realizará después de las 5:00 p.m.

Según lo establecido en el programa correspondiente el tratamiento se aplicará de forma paulatina para evitar caídas bruscas de la puesta, pero asegurando que todas las aves sean tratadas en un período no mayor de 30 días. Terminado en tratamiento deberá evaluarse su resultado por medio de la observación visual.

Realizar autopsias para determinar las causas de las muertes o detectar procesos malignos en fase de incubación. De acuerdo con los resultados se determinará la aplicación de los tratamientos con las dosis correspondientes y la frecuencia recomendada.

Disposición de Cadáveres

La recogida de cadáveres en las naves es una de las primeras labores fundamentales que debe realizar el obrero al entrar a la nave. Los cadáveres deben ser depositados en un recipiente herméticamente cerrado y tapado. Inmediatamente estos deben ser trasladados de las naves a la fosa de enterramiento o incinerador.

El recipiente de cadáveres de las naves se desinfectará una vez a la semana con solución de formol al 5%, así como se cumplirá con la rotación e higienización de los cubículos de las fosas de enterramiento y con la chapea, limpieza total y desinfección del área alrededor de las mismas de un franja de 3 metros de ancho.

Fuentes

  • Resolución No. 20-2007. Procedimientos para evaluar la Bioseguridad en las Unidades Avícolas Intensivas.
  • Manual Tecnológico para la Cría de Aves. Año 2013
  • Decreto Ley 190 de Seguridad Biológica, 1997.