Constitución de Baraguá

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Constitución de Baraguá

El 15 de marzo de 1875, fecha en que tuvo lugar la Protesta de Baraguá, se originó la segunda Ley Fundamental de la nación cubana, denominada Constitución de Baraguá, promulgada el 23 de marzo, ocho días después.

Su texto es muy breve, consta solamente de cinco artículos. La misma carece de las formalidades de un texto constitucional y solo cuenta con una parte orgánica.

Aunque su vigencia fue muy breve, solo de 74 días, estableció una unidad orgánica de poder que denominó Gobierno Provisional, que estaría compuesto por cuatro individuos. En este se reunían las funciones legislativas y ejecutivas, dejando a un lado la concepción estructural de tres poderes asumidos por la Constitución de Guáimaro.

Acuerdos tomados

1. La Revolución se regirá por un Gobierno Provisional, compuesto por cuatro individuos.
2. El Gobierno Provisional nombrará un General en Jefe que dirija las operaciones militares.
3. El gobierno queda facultado para hacer la paz bajo las bases de independencia.
4. No podrá hacer la paz con el gobierno español bajo otras bases sin el conocimiento y consentimiento del pueblo.
5. El gobierno pondrá en vigor todas las leyes de la República que sean compatibles con la presente situación.
6. El poder judicial es independiente, y residirá conforme a las leyes antiguas, en consejos de guerra.

Gobierno Provisional

En virtud del primer acuerdo de esta constitución fue elegido un Gobierno Provisional último de esa guerra que quedó estructurado de la forma siguiente:
- Presidente: Mayor General Manuel de J. Calvar
- Secretario: Teniente Coronel Fernando Figueredo Socarrás.
- Vocal: Brigadier Leonardo del Mármol.
- Vocal: Coronel Pablo Beola.
General en Jefe del Ejército Libertador: Mayor General Vicente García, segundo Jefe del Ejército, con el Departamento Militar de Oriente bajo su dirección superior: Mayor General Antonio Maceo.

Fuentes

Archivo histórico ACRC Municipio Mella