Oficina Técnica del Ozono
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La Oficina Técnica de Ozono (OTOZ) del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, es la encargada de coordinar y controlar el programa nacional de implementación del Protocolo de Montreal, encaminado a la eliminación de las Sustancias Agotadoras de la Capa Ozono (SAO) en el país.
Actividades que realiza
- Promueve y controla proyectos nacionales e internacionales vinculados a la protección de la capa de ozono, la eliminación de las sustancias que agotan el ozono y la promoción de tecnologías libres de ellas
- Brinda asesoría y servicios científico-técnicos vinculados a las medidas para la eliminación de las SAO y los programas de tecnologías alternativas
- Realiza eventos nacionales e internacionales sobre la protección de la capa de ozono, entre otras.
Funciones y atribuciones
1. Organizar, coordinar y controlar el programa nacional para la reducción sistemática y eliminación de las sustancias agotadoras de la capa de ozono.
2. Brindar criterios técnicos en los procesos de evaluación de impacto ambiental, en lo relativo al uso y producción de sustancias agotadoras de la capa de ozono y sobre el empleo de tecnologías alternativas que no las contengan, así como brindar asesoría para el otorgamiento de licencias ambientales y cuotas para la importación y exportación de las sustancias que agotan el ozono.
3. Promover la capacitación de técnicos, especialistas, profesionales y trabajadores de los diferentes sectores de la economía y la enseñanza, en el conocimiento de las tecnologías de punta, sustituidas o alternativas de las que emplean sustancias agotadoras del ozono.
4. Promover el estudio, perfeccionamiento y completamiento de las regulaciones dirigidas a la protección de la capa de ozono.
5. Actuar como punto focal técnico para el desarrollo del Protocolo de Montreal, el Fondo Multilateral y el Convenio de Viena, así como la red mundial y regional de Oficinas de Ozono.
6. Promover, identificar y dar aprobación técnica a los proyectos para la protección de la capa de ozono, sometidos a la aprobación del Comité Ejecutivo del Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal y otras instituciones internacionales y controlar la ejecución a nivel nacional de aquellos proyectos que sean aprobados por estas instituciones.
7. Promover la realización de eventos nacionales e internacionales sobre la protección de la capa de ozono.
8. Asesorar a los Organismos de la Administración del Estado y demás instituciones en la elaboración de estrategias para la eliminación de las sustancias agotadoras del ozono y la aplicación de tecnologías alternativas sin ellas.
9. Operar el sistema de información y control de las importaciones y exportaciones, consumo, producción de las sustancias que agotan el ozono, equipos y tecnología que las contengan e informar de su cumplimiento a los organismos internacionales del Protocolo de Montreal.
10. Lograr una concienciación y difusión pública sobre la necesidad e importancia de la protección de la capa de ozono.
11. Asesorar y mantener actualizados a los organismos de la Administración Central del Estado y otras instituciones respecto a la información técnica disponible sobre la materia y sus responsabilidades en la aplicación e implementación de las disposiciones del Convenio de Viena y del Protocolo de Montreal.
12. Brindar asesoría y servicios científico-técnicos a nivel internacional en aspectos vinculados con el ozono y los objetivos de la Oficina Técnica del Ozono.