Diferencia entre revisiones de «Vicegobernador provincial (Cuba)»

(Vicegobernadores)
(Vicegobernadores)
Línea 69: Línea 69:
 
|-
 
|-
 
| <center>[[Villa Clara]]</center>
 
| <center>[[Villa Clara]]</center>
| <center>[[Milaxy Yanet Sánchez Armas]]</center>
+
| <center>[[Milaxys Yanet Sánchez Armas]]</center>
 
| <center>18 de enero de 2020</center>
 
| <center>18 de enero de 2020</center>
 
|-
 
|-

Revisión del 14:09 11 feb 2020

Vicegobernador provincial
Información  sobre la plantilla
de Cuba
País:Bandera de Cuba Cuba

Vicegobernador provincial. Cargo que cumple las atribuciones que le delegue o asigne el Gobernador provincial.

Requisitos

Para ser Vicegobernador se requiere ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía, haber cumplido 30 años de edad, residir en la provincia y hallarse en el pleno goce de los derechos civiles y políticos (artículo 176 de la Constitución de la República de Cuba).

Candidatos

Corresponde al Presidente de la República proponer a los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular de cada provincia, los candidatos para la elección del vicegobernador provincial.

La propuesta para el cargo se remite por el Presidente de la República, con antelación a la fecha fijada para su elección, al presidente del Consejo Electoral Nacional, acompañada de las biografías y fotos de los candidatos.

El Consejo Electoral Nacional es el encargado de reproducir y hacer llegar a cada uno de los delegados las biografías y fotos correspondientes, con no menos de 72 horas anteriores a la fecha de la elección; así como de orientar y organizar los actos de votación en cada municipio y la realización del cómputo de los votos en cada provincia, e informar sus resultados.

Elección

El Vicegobernador es elegido por los delegados de las asambleas municipales del Poder Popular correspondientes, a propuesta del Presidente de la República, por el período de cinco años y de conformidad con el procedimiento establecido en la ley (artículo 175 de la Constitución de la República de Cuba).

Los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular se reúnen por derecho propio, constituidos en colegios electorales en la fecha fijada, en el local que se acuerde, para elegir, mediante el voto libre, igual, directo y secreto, al vicegobernador provincial.

Para la validez de este acto se requiere la presencia de más de la mitad de los delegados que integran cada Asamblea Municipal del Poder Popular. De no alcanzarse esa cifra, se señala por el Consejo Electoral Municipal una nueva fecha dentro de los siete días siguientes.

Funciones

Cumple las atribuciones que le delegue o asigne el Gobernador. Asimismo, sustituye al Gobernador en caso de ausencia, enfermedad o muerte, conforme al procedimiento previsto en la ley.

Vicegobernadores

Vicegobernadores provinciales
Provincia
Nombre
Electo
Pinar del Río
Niurka Rodríguez Hernández
18 de enero de 2020
Artemisa
Yamina Duarte Duarte
18 de enero de 2020
La Habana
Yanet Hernández Pérez
18 de enero de 2020
Mayabeque
Manuel Aguiar Lamas
18 de enero de 2020
Matanzas
Marieta Caridad Poey Zamora
18 de enero de 2020
Villa Clara
Milaxys Yanet Sánchez Armas
18 de enero de 2020
Cienfuegos
Yolexis Rodríguez Armada
18 de enero de 2020
Sancti Spíritus
Frank Osbel Cañizares Rodríguez
18 de enero de 2020
Ciego de Ávila
Ania Rosa Francisco Malde
18 de enero de 2020
Camagüey
Carmen María Hernández Requejo
18 de enero de 2020
Las Tunas
Yelenys Tornet Menéndez
18 de enero de 2020
Holguín
Yunia Pérez Hernández
18 de enero de 2020
Granma
Yanetsy Terry Gutiérrez
18 de enero de 2020
Santiago de Cuba
Manuel Falcón Hernández
18 de enero de 2020
Guantánamo
Alis Azahares Torreblanca
18 de enero de 2020

Véase también

Fuentes

  • ¿Cómo y cuándo se eligen los Gobernadores y Vicegobernadores Provinciales? ¿Qué funciones tienen?. Disponible en:Cubadebate. Consultado el 8 de enero de 2020.
  • ¿Cómo se elegirán el 18 de enero a los gobernadores y vicegobernadores, y cuáles serán sus funciones?. Disponible en:Diario Granma. Consultado el 8 de enero de 2020.