Asociación Salvadoreña de Profesionales en Administración de Empresas
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Asociación Salvadoreña de Profesionales en Administración de Empresas. Es una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa de carácter profesional, cultural y social localizada en el departamento de San Salvador, El Salvador.
Historia
Esta asociación inicia sus labores en 1973, fue creada por un grupo de profesionales en Administración de Empresas en El Salvador.
El Código de Ética Profesional de la Asociación Salvadoreña de Profesionales en Administración de Empresas (ASPAE), entrará en vigor a partir del 1 de febrero de 2021.
Objetivos del ASPAE
Esta entidad es la encargada de promover la superación cultural, científica y ética de sus asociados,realzar la profesión administrativa para que cumpla la función social que le corresponde dentro de la colectividad salvadoreña, defendendiendo y protegegiendo la libertad del ejercicio de la profesión, en aras de contribuir al desarrollo económico y social de El Salvador.
Socios de ASPAE
La ASPAE tendra en cuenta para su constitución cinco socios:
- Fundadores: Las personas que hayan suscrito el Acta de Fundación de la Asociación
- Activos: Las personas que cumplan con los requisitos considerados en el Artículo 2 Incisos Primero y Segundo de estos Estatutos y se encuentren solventes en el pago de las cuotas sociales ordinarias y extraordinarias aprobadas de conformidad a los presentes Estatutos.
- Contribuyentes: Las personas que sin necesidad de cumplir con lo establecido en el Artículo 2 de estos Estatutos a solicitud de la Junta Directiva de la Asociación o por voluntad propia, manifiestan su interés en contribuir económicamente para la realización de planes, programas, proyectos y actividades que la Asociación desarrolle para el engrandecimiento de ésta y de sus Socios.
- Honorarios: Las personas a quienes la Asociación les conceda tal distinción por sus cualidades personales profesionales o de servicios relevantes prestados a la Asociación o a la Comunidad Salvadoreña.
- Estudiantes: Las personas que hayan egresado o cursado el 70 por ciento de la Carrera de Administración de Empresas de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 2. Inciso Tercero. Los Socios Estudiantes no podrán formar parte de la Junta Directiva de la Asociación, pero sí podrán formar parte de los Comités o Comisiones que la Junta Directiva de la Asociación.