Bebidas no Alcohólicas

Bebidas no alcohólicas
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Concepto:Son las que en su composición entra el agua potable gasificada o no, adicionada con cualquiera de las sustancias siguientes: azúcares, jugos de frutas, extractos vegetales permitidos.

Bebidas no alcohólicas. Se consideran bebidas no alcohólicas o refrescantes aquellas bebidas no fermentadas, carbónicas o no, preparadas con agua potable o mineral.

Definición

Las bebidas no alcohólicas son las que en su composición entra el agua potable gasificada o no, adicionada con cualquiera de las sustancias siguientes: azúcares, jugos de frutas, extractos vegetales permitidos, ácidos orgánicos (cítrico, láctico, fumárico, glucánico, málico y tartárico), esencias y colorantes naturales o sintéticos autorizados.

Clasificación

  1. Aguas gaseadas.
  2. Gaseosas.
  3. Bebidas de fruta, de tubérculos y de semillas disgregadas.
  4. Batido.
  5. Horchata.
  6. Refrescos.
  • Aguas gaseadas: Son bebidas inodoras, transparentes e incoloras constituidas por agua potable y anhídrido carbónico, también sales minerales como bicarbonato de sodio.
  • Gaseosas: Son bebidas trasparentes preparadas con agua potable y anhídrido carbónico con adición de ácido cítrico tartárico o láctico, aroma de frutos cítricos y azucares.
  • Bebidas de fruta, de tubérculos y de semillas disgregadas: Son bebidas no carbonatadas preparadas con dichos ingredientes mezclados y emulsionados con agua potable azúcar y otros productos autorizados. El producto elaborado responderá fundamentalmente a las características siguientes:
  • Batido: es el producto resultante de la trituración y mezcla de frutas u otros vegetales con agua o leche, azúcar y hielo.
  • Horchata: son semillas disgregadas en proporción adecuada para su emulsión, en una proporción de 5 % en peso y azucares totales. Se admite la adición de algunos aditivos para obtener el efecto tecnológico deseado.
  • Refresco: es el producto gasificado o no obtenido por disolución de azúcar en agua potable y adición de jugos de frutas o extractos de semillas y otras partes vegetales inocuas, acidificantes y colorantes naturales o artificiales permitidos.

Clasificación de los refrescos

  • Naturales: Cuando se elaboran con sustancias naturales, jugos o pulpas de frutas y responden a las características siguientes:
  1. Jugos cítricos en proporción de 6 a 8 % en peso como mínimo para los refrescos de limón y naranja respectivamente.
  2. Jugos de otras frutas en proporción de 16 % como mínimo.
  3. Azucares totales como mínimo 8 % en peso.
  4. Ausencia de colorante artificial.
  5. Ausencia de microorganismos patógenos que puedan descomponer el producto o afecten su calidad sanitaria.
  6. No se admite la adición de otro aditivo alimentario.
  • Artificiales. Son los que se elaboran con aceites esenciales o esencias sintéticas de frutas, pueden ser pasteurizados o no, en los no pasteurizados se puede adicionar ácido benzoico o benzoato de sodio como conservante en la dosis máxima de 0,1 %, y como antioxidante ácido ascórbico al 0,03 %. Los carbonatados contendrán el gas carbónico a una presión no menor que 3 atmósferas.
Los refrescos naturales son beneficiosos para la salud humana; proveen al organismo de vitaminas necesarias.

Condiciones para la preparación de jarabes o extractos en la fabricación de bebidas no alcohólicas

  • Haber sido preparada con azúcares.
  • No contener extractos aromáticos nocivos o esencias prohibidas.
  • No alteraciones por hongos o sustancias nocivas.
  • No más de 3 g/L de ácido láctico.

Fuentes