Caja Mutual de los Empleados del Ministerio de Educación de El Salvador
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Caja Mutual de los Empleados del Ministerio de Educación de El Salvador es la encargada de velar y administrar el patrimonio Institucional con el objetivo de garantizar los beneficios y prestaciones, ya sea presentes o futuras de la población asegurada y su grupo de familia, ya que, por obligación, el Estado es la responsable es la Seguridad de sus ciudadanos entre ellos la seguridad social,
Historia
La Caja Mutual de los Empleados del Ministerio de Educación se creó por Decreto Legislativo publicado en el Diario Oficial No. 126 Tomo 307, el 28 de mayo de 1990. Surgida por la necesidad de proteger a los empleados docentes y los administrativos del Ministerio de Educación, abre sus puertas el 07 de noviembre de 1990.
La Caja surge como respuesta a la necesidad de mejorar la protección de los empleados docentes y administrativos del Ministerio de Educación por lo que inició sus labores el 07 de noviembre de 1990.
Con el apoyo del Ministerio de Educación, La Caja realizó en abril de 2001, la creación de 14 Agencias ubicadas en las Direcciones Departamentales de Educación, con lo que se facilitó el servicio a todos los afiliados. Y luego en San Salvador se abre una agencia más a parte del ya existente, sumando 15 de estas.
Para 2005 La Caja Mutual de los Empleados del Ministerio de Educación adquiere un edificio para su oficina y habiendo logrado para el 2008 la migración de toda la documentación, se prestaron a brindar una mayor calidad en los servicios.
Funciones
Entre las funciones que realiza la institución se encuentra administrar las cotizaciones de los diferentes seguros derivados de la contribución del Estado por el pago del Seguro de Vida Básico y de afiliados a los diferentes seguros.
- Ampliar en forma gradual y progresiva las prestaciones y beneficios, atendiendo el grado de eficiencia, situación económica, necesidades más urgentes de la población asegurada y las posibilidades técnicas de prestar los servicios.
- Realizar el pago de las prestaciones, una vez cumplidos los requisitos establecidos para cada tipo de seguro.
- Constituir reservas técnicas: Reservas para riesgos en curso, Reserva para Siniestros Pendientes de Pago, Reserva de Contingencia y otras Reservas de esta naturaleza, para garantizar el cumplimiento de las prestaciones amparadas en la ley de La Caja.

