Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A
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Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC). Organismo de cuenca de dos demarcaciones hidrográficas, Cantábrico Oriental y Cantábrico Occidental, cuyos ámbitos territoriales quedan fijados por el Real Decreto 125/2007, aunque parte de la demarcación oriental tiene como autoridad hidráulica, URA-Agencia Vasca del Agua, un órgano de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Sumario
Sede
La CHC tiene su sede en Plaza de España No. 2, CP 33071, Oviedo, España.
Reseña
La Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. tiene su antecedente en la Confederación Hidrográfica del Norte de España, creada por el Decreto 480/61, del 16 de marzo, que integró la gestión de todas las cuencas hidrográficas del norte y noroeste peninsular.
Con posterioridad, las comunidades autónomas de Galicia y País Vasco se hicieron cargo de sus respectivas cuencas intracomunitarias, que quedaron separadas de la Confederación Hidrográfica del Norte.
Finalmente, el Real Decreto 266/2008, de 22 de febrero, dividió a la Confederación Hidrográfica del Norte en dos organismos de cuenca: la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. para gestionar las cuencas no transferidas vertientes al mar Cantábrico y la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil para gestionar la cuenca homónima.
La Confederación Hidrográfica del Cantábrico mantiene la estructura orgánica, funciones y órganos colegiados de la antigua Confederación Hidrográfica del Norte con las adaptaciones derivadas de su nuevo ámbito territorial.
Por Real Decreto 895/2017, de 20 de octubre, este organismo de cuenca pasa a denominarse Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
Demarcaciones hidrográficas
Demarcación hidrográfica del Cantábrico Oriental
Comprende el territorio de las cuencas hidrográficas de los ríos que vierten al mar Cantábrico desde la cuenca del Barbadun hasta la del Oiartzun, incluyendo la intercuenca entre la del arroyo de La Sequilla y la del río Barbadun, así como todas sus aguas de transición y costeras, y el territorio español de las cuencas de los ríos Bidasoa, incluyendo sus aguas de transición, Nive y Nivelle. Las aguas costeras tienen como límite oeste la línea de orientación 2, que pasa por Punta del Covarón y como límite este la frontera entre el mar territorial de España y Francia.
Incluye un ámbito competencial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, correspondientes a sus cuencas internas (intracomunitarias).
La demarcación contiene territorio de las Comunidades Autónomas del País Vasco y Navarra.
Demarcación hidrográfica del Cantábrico Occidental
Incluye las cuencas hidrográficas de los ríos que vierten al mar Cantábrico desde la cuenca del río Eo, hasta la cuenca del Barbadun, excluidas ésta última y la intercuenca entre la del arroyo de La Sequilla y la del río Barbadun, así como todas sus aguas de transición y costeras. Las aguas costeras tienen como límite oeste la línea con orientación 0º que pasa por la Punta de Peñas Blancas, al oeste del río Eo, y como límite este la línea con orientación 2, que pasa por Punta del Covarón, en el límite entre las Comunidades Autónomas de Cantabria y del País Vasco.
La demarcación incluye, de oeste a este, territorios de las Comunidades Autónomas de Galicia, Castilla y León (una pequeña área de la provincia de León), Asturias, Cantabría, Castilla y León (un área del norte de la provincia de Burgos) y del País Vasco (una pequeña zona del oeste de Bizkaia).


