Ley General de Hidrocarburos
Ley General de Hidrocarburos | |
|---|---|
| Creación | 1995 |
| Creador | La Asamblea Legislativa de El Salvador |
| País | El Salvador |
La Ley General de Hidrocarburos. Es la normativa que regula las operaciones relacionadas con la industria petrolera en todas sus fases dentro del territorio salvadoreño. Esta ley establece el marco legal para la exploración, explotación, refinación, industrialización, transporte, almacenamiento y comercialización de hidrocarburos, así como otras actividades conexas a esta industria.
Sumario
Objetivo y ámbito de aplicación
La ley tiene como objetivo principal regular y fomentar el desarrollo de la industria petrolera en El Salvador, garantizando la protección, restauración y aprovechamiento racional de los recursos naturales del país. Define a los hidrocarburos como compuestos formados por átomos de carbono e hidrógeno, en cualquier estado físico (sólido, líquido o gaseoso), incluyendo las impurezas que puedan contener. Se declara de utilidad pública todas las operaciones relacionadas con la exploración y explotación de hidrocarburos, así como la adquisición o utilización de bienes necesarios para su desarrollo.
Instituciones responsables
Consejo Nacional de Energía: Encargado de formular, establecer y coordinar las políticas, estrategias, planes y programas del subsector hidrocarburos, además de aprobar normas y especificaciones técnicas y velar por el desarrollo del sector.
Comisión Reguladora de Electricidad e Hidrocarburos (C.R.E.H.): Responsable de aplicar la ley, establecer sistemas para la determinación de precios, calificar a las personas y entidades petroleras, regular importaciones y exportaciones, supervisar actividades relacionadas, fijar inventarios mínimos en caso de emergencia, mantener el Registro Central de Hidrocarburos y emitir resoluciones y acuerdos necesarios para la aplicación de la ley.
Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas: Dependencia estatal que administra y controla las actividades relacionadas con hidrocarburos y minas.
Propiedad y concesiones
Los yacimientos de hidrocarburos y las sustancias que los acompañan, situados en el territorio nacional, incluyendo la plataforma continental, son propiedad del Estado salvadoreño. La explotación de estos recursos debe realizarse bajo concesiones otorgadas por el Ministerio correspondiente, previa autorización de la C.R.E.H..
El territorio para exploración y explotación se divide en bloques y lotes con superficies máximas definidas para organizar las actividades petroleras. La exploración puede iniciarse mediante licitación pública supervisada por la C.R.E.H. o por entidades petroleras que obtengan concesiones o autorizaciones según la ley.
Procedimientos y regulaciones
- La exploración, explotación, transporte, refinación, construcción y operación de instalaciones relacionadas requieren autorización previa de la C.R.E.H..
- Las entidades petroleras deben facilitar inspecciones y suministrar información para el cumplimiento de la ley.
- Se crea el Registro Central de Hidrocarburos, adscrito a la C.R.E.H., donde se inscriben las entidades y sus operaciones petroleras.
- El plazo de las concesiones para explotación es de 25 años, prorrogables previa evaluación favorable.
Protección ambiental y seguridad
La ley contempla la regulación de normas de seguridad industrial y protección del medio ambiente para todas las operaciones petroleras, buscando minimizar impactos negativos y asegurar el desarrollo sostenible del sector.
Importancia económica y social
La Ley General de Hidrocarburos busca fomentar la inversión nacional y extranjera en la industria petrolera, estimular la competencia y garantizar el abastecimiento adecuado de hidrocarburos en el mercado interno, contribuyendo al desarrollo económico y energético del país.