Mercado Comun Centroamericano

Mercado Común Centroamericano (MCCA)
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Bandera de Mercado Común Centroamericano (MCCA)
Bandera
Escudo de Mercado Común Centroamericano (MCCA)
Escudo
 
MercadoCentro.png
 
Sede San Salvador
Tipo Organización Regional
Miembros Bandera de Costa Rica Costa Rica, Bandera de El Salvador El Salvador, Bandera de Guatemala Guatemala,Bandera de la República de Honduras Honduras y Bandera de Nicaragua Nicaragua

Mercado Común Centroamericano . El Mercado Común Centroamericano está integrado por Costa Rica, El Salvador, Guatemala Honduras y Nicaragua. Se rige por el Tratado de Managua (1960) y sus protocolos modificatorios. Su población representa un 6,5% y su territorio un 2,1 % del total de América Latina. Su producto Interno Bruto un 2,2% del de la región. Actualmente el MCCA constituye una unión aduanera.

Objetivo

Con el objeto de reafirmar su propósito de unificar las economías de los cuatro países e impulsar en forma conjunta el desarrollo de Centroamérica a fin de mejorar las condiciones de vida de sus habitantes. Considerando la necesidad de acelerar la integración de sus economías, consolidar los resultados alcanzados hasta la fecha y sentar las bases que deberán regirla en el futuro,

Historia

El Mercado Común Centroamericano tiene una historia integracionista de aproximadamente cincuenta años. Este bloque económico y político, renueva sus objetivos la década de los sesenta y se presenta al mundo como una verdadera estrategia desarrollo regional para enfrentar los desafíos de la globalización y afirmar su identidad Internacional, de manera pacífica y sin las dificultades de autonomía política, vivida por la región en el período de la guerra fría La idea de integración y unificación política y económica de Centroamérica tiene raíces profundas. En este sentido los países centroamericanos, han tenido en cuenta que la integración solamente podría estar asentada con bases firmes, bajo la creación de intereses económicos, que dieran nacimiento a un proceso de establecimiento de situaciones trascendentes e irreversibles” El 13 de diciembre de 1960, se estableció el Mercado Común Centroamericano,(MCCA) en virtud de la firma del Tratado General de Integración Económica Centroamericana, el cual constituye la Carta fundamental que rige este sistema de integración regional. El MCCA, entró en vigencia el 04 de junio del año 1961, y está integrado por cinco países, a saber: Honduras, Nicaragua, Costa Rica, El Salvador y Guatemala

ESTRUCTURA INSTITUCIONAL

El Mercado Común está constituido por el Consejo de Ministros de Integración, el Comité Ejecutivo de Integración Económica (CEIE) y la Secretaría de Integración Económica Centro Americana (SIECA). Cabe destacar que las reuniones periódicas a nivel presidencial tienen una fuerte gravitación en la orientación del proceso de integración. Entre los organismos de apoyo, debe mencionarse, por su tradición y solidez, el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

RÉGIMEN COMERCIAL

El Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) contempla un Arancel Externo Común (AEC) con un rango arancelario entre 5% y 15%. El AEC está dividido en tres partes. La primera abarca aproximadamente 95% de las partidas arancelarias y es común a los cinco integrantes del MCCA. (Se autoriza un sobrecargo de 5% a Nicaragua y Honduras). La segunda comprende un 3% de las partidas y sus aranceles deberán ser equiparados progresivamente hasta 1999. El 2% restante está constituido por partidas que no serán equiparadas. Se aplican salvaguardas intrarregionales. Existe libre comercio entre todos los países, excepto Costa Rica, país que se está incorporando gradualmente. Anteriormente se aplicaba un régimen de excepción para productos agropecuarios considerados vulnerables, ahora solo para servicios. Es posible imponer salvaguardas intrarregionales cuando un país se considera afectado por prácticas de comercio desleal. Para la solución de controversias se cuenta con un cuerpo arbitral compuesto por un representante de cada país miembro. Existe libre comercio entre todos los países. Anteriormente se aplicaba un régimen de excepción para productos agropecuarios considerados vulnerables, ahora solo para servicios. Es posible imponer salvaguardas intrarregionales cuando un país se considera afectado por prácticas de comercio desleal. Para la solución de controversias se cuenta con un cuerpo arbitral compuesto por un representante de cada país miembro.

Fuentes