Ministerio de Finanzas Públicas (Guatemala)
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Ministerio de Finanzas Públicas. Encargado de dirigir las finanzas de Guatemala, por lo cual le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo la recaudación y administración de los ingresos fiscales, la gestión de financiamiento interno y externo, la ejecución presupuestaria y el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
Historia
El origen del Ministerio de Finanzas se remonta a la época colonial de Guatemala, antes de la Independencia. En aquel momento funcionaba como una institución española y recibía el nombre de Diputación Provincial, la cual se encargaba de recaudar y administrar el tesoro público. Con este nombre funcionó hasta el 7 de octubre de 1825, cuando el Congreso Federal de Centroamérica creó a través del Artículo 129 de la Constitución Federal, la Dirección General de Hacienda. En aquella época fue una dependencia del Despacho de Guerra y Hacienda.
El 30 de agosto de 1827 se convirtió en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El 27 de abril de 1945 se elevó a categoría de Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Finalmente, se le designó con el nombre de Ministerio de Finanzas Públicas el 15 de diciembre de 1971, según el Decreto 106-71 del Congreso de la República de Guatemala.
Misión y Visión
- Misión
Generar y administrar los recursos financieros y patrimoniales del Estado, de manera eficaz, equitativa y transparente para alcanzar el bien común.
- Visión
Ser ejemplo de administración y gestión pública cuyos resultados produzcan un impacto positivo en el desarrollo de Guatemala.
Funciones
De acuerdo con “Ministerio de Finanzas Públicas” (2008), con base en el Artículo 35 de la Ley del Organismo Ejecutivo, sus funciones son:
- Formular la política fiscal y financiera del corto, mediano y largo plazo en función de la política económica y social del Gobierno de Guatemala.
- Proponer al Organismo Ejecutivo la Política Presupuestaria y las normas para su ejecución.
- Dirigir, coordinar y consolidar el proyecto del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado.
- Proponer a la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- normas para desconcentrar la recaudación de impuestos.
- Coordinar con la SAT la programación de ingresos derivados de la recaudación tributaria.
- Transferir los recursos asignados en el presupuesto a los organismos y entidades del Estado.
- Evaluar la ejecución presupuestaria del Estado cada cuatrimestre, y proponer a la Presidencia de la República medidas correctivas que en el ámbito de su competencia sean necesarias.
- Definir la política para seleccionar proyectos y programas de inversión social, los cuales serán realizados con fondos propios, préstamos y cooperación externa.
- Fijar normas y procedimientos operativos relacionados con el sistema de contrataciones y adquisiciones del Estado de acuerdo con la Ley.
Fuentes
- Ministerio de Finanzas Públicas. Disponible en: Wikipedia Consultado el 21 de noviembre de 2016.
- Ministerio de Finanzas Públicas. Disponible en: Ministerio de Finanzas Públicas Consultado el 21 de noviembre de 2016.

