Regulación menstrual

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Regulación Menstrual
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Campo al que perteneceGinecología

Regulación Mestrual o aspiración (VACUM) es un procedimiento, por máquinas de vacío o Jeringas de Karman, con cánulas de aspirar contenido intrauterino no implantado , por lo que se logra sin dilatación de cuello, se aplica a pacientes con amenorrea no mayor de 45 días ..La disminución de la tasas de realización de este proceder es un propósito principal de la promoción de salud y prevención de complicaciones en salud sexual y reproductiva

Introducción

Hoy por hoy se considera que el volumen de abortos voluntarios es elevado, que el propósito principal de las políticas de Planificación Familiar es disminuir esta práctica al mínimo indispensable. Se considera el proceder como riesgoso y por ende constituye aún una de las causas frecuentes de morbimortalidad materna y perinatal. Su disminución se fundamenta en programas educacionales, tanto generales como deEducación sexual y la disponibilidad de medios y métodos anticoncepcionales variados eficientes y eficaces; ambas cosas susceptibles de mejorarse. La práctica del aborto voluntario en instituciones hospitalarias y también la práctica de la regulación menstrual en instituciones de salud han tenido beneficios, entre ellos el propio desarrollo de servicios apropiados, el efecto de estos para el abordaje de los abortos espontáneos, la realización segura de abortos médicos y terapéuticos, incluidos los de indicación genética y también la realización de abortos por solicitud, como un servicio al que tiene derecho la población de forma libre y con seguridad aceptable El aborto en Cuba no ha sido determinante principal en el comportamiento de la fecundidad actual, hay discreta tendencia a la disminución de los eventos aborto y regulación menstrual y este no es homogéneo para todas las provincias. Es más frecuente en las edades jóvenes, por la poca preparación psicológica, social y biológica que tiene la mujer para enfrentar el nacimiento de un hijo. Las actividades vinculadas al aborto voluntario (interrupciones) están encaminadas básicamente a su prevención, por actividades de Educación sexual y anticoncepción al riesgo., la indicación estratégica principal para el aborto, en cualquiera de sus formas es ¡DISMINUIRLO! Las Regulaciones Menstruales o Aspiraciones se realizan aún en hospitales y en policlínicos autorizados, realizados por un Gineco-obstetra y o un especialista de Medicina General Integral, debidamente capacitados, entrenados y autorizados para ese fin. Esta autorización es responsabilidad del grupo de trabajo de planificaciön familiar.

Consideraciones para el Procedimiento Regulación Menstrual

En problema aborto incluida la Regulación Menstrual (RM), es recogido como un problema de salud en el Programa Nacional de Atención Materno Infantil.

Se sitúa como:

  • Utilizado inadecuadamente por un número elevado de mujeres o parejas, entre ellas mujeres menores de 20 años. Muchas reiteran el procedimiento en un mismo periodo de 12 meses.
  • Utilizado aún como método de regulación de la fecundidad.
  • Con repercusión desfavorable sobre la salud reproductiva.
  • Causa importante de morbilidad y mortalidad en la mujer y perinatal.

sobre la solicitud para la regulación menstrual

  1. La solicitud de la REGUALCIÓN MESTRUAL se hará por la propia usuaria en consultorio, en el propio policlínico o en cualquier servicio hospitalario de obstetricia y ginecología que tenga habilitado el Proceder, independientemente de la residencia habitual que mantenga la solicitante.
  1. La solicitud será presentada de lunes a viernes durante la mañana o la tarde sin que medie ningún otro requisito excepto los que se señalan en la presente instrucción. Las menores de edad deberán tener el consentimiento de sus padres o tutor.
  1. Toda solicitud para la Regulación Menstrual será aprobada siempre que se cumplan las normas establecidas y no existan contraindicaciones médicas. Si se diagnosticara algún riesgo se le hará saber a la interesada, la cual dejará constancia escrita en la que refleje su aprobación para someterse a la regulación.
  1. En los casos de solicitudes de RM. presentadas se cumplimentará lo siguiente:

Solicitud, diagnóstico del tiempo de embarazo y entrega de órdenes de análisis (Ht, HB, Serología y Rh y Prueba de VIH).

  • Valoración del resultado de los análisis y señalamiento de la fecha del Proceder.
  • Cuando se considere necesario se realizará una interconsulta con el internista u otro especialista para descartar un riesgo posible.
  1. La demora en su resultado de la Serología o el VIH, no afectará la fecha para realizar la Regulación.
  2. El día de la RM puede ser elegido por la usuaria y cumplimentado por el servicio de acuerdo a la disponibilidad de turnos, siempre que no exceda los 45 días de Amenorrea.
  3. Tanto la atención de la paciente como su ingreso tendrá la privacidad que corresponde, y puede ser acompañado por su pareja tanto en la solicitud, como en los procederes.

Sobre los requisitos para la regulación menstrual

Toda mujer EUMENSTRUAL que tenga una amenorrea no mayor de 45 días o el diagnóstico por pruebas confiables de embarazo, también con menos de 30 días de embarazo podrá solicitar voluntariamente su Regulación Menstrual. Si el embarazo es de más del tiempo estipulado, no es tributaria de este proceder.

De la técnica empleada en la regulación menstrual

Las regulaciones Menstruales se podrán realizar todos los días de lunes a viernes en sesiones de mañana y tarde con no más de 6 pacientes por tunos de 3 horas. Las Regulaciones Menstruales se realizarán en locales que reúnan las condiciones necesarias tomando en cuenta los aspectos siguientes

  • No será necesario rasurar el pubis.
  • La paciente no podrá ingerir alimentos desde 8 horas de la RE.
  • Se utilizará valva vaginal preferentemente o espéculo si es necesario.
  • Se limpiará la vulva y la vagina con una solución antiséptica.
  • Se aseptizará el conducto cervical con soluciones de yodo autorizadas
  • Se utilizará exploración con histerometro.
  • Se utilizará el proceder de aspiración (VACUM) , por maquinas de vacío establecidas , o Jeringas de Karman, con cánulas no mayor de 5 milímetros.
  • Se insertará DIU post aspiración, salvo razones extremas, siempre que la usuaria lo solicite y el médico se lo oferte y ella lo acepte conscientemente.
  • En todos los casos de regulación menstrual debe ser designado un médico con adecuada experiencia y calificación, autorizado para ese fin y realizado en lugar y momento estipulado.

Terminada la regulación menstrual

La paciente permanecerá en observación no menos de 2 horas aún cuando evolucione normalmente. Si aparece cualquier variación de la recuperación esperada, debe referirse al hospital u observación médica calificada del Policlínico. A las pacientes con factor Rh negativo se administrará 100 mg. de Globulina Anti-D después de realizada una regulación. El alta de la paciente será firmada por el médico después de comprobar el buen estado de la misma, recomendándosele visitar la consulta del policlínico después de la primera menstruación. En los casos que se requiera expedir certificado médico por más de 3 días, solamente se hará referencia al diagnóstico de Síndrome Ginecológico. En los casos de 3 días o menos de certicado se expedirá el correspondiente hago constar y el tiempo de reposo.

Aseptización y Desinfección en la Regulación Menstrual

  1. El tacto vaginal para corroborar la edad gestacional de la paciente se debe realizar con un guante diferente del que se utilice para el procedimiento.
  2. El médico complementará el lavado de manos con alcohol yodado o alcohol etílico al 70%.
  3. La vagina se aseptizará con Hibitane acuoso o con agua yodada. El cuello siempre se aseptizará con LUGOL al 4% o YODO POVIDONA al 2% antes de la exploración con el histerometro.
  4. La esterilización o desinfección de las cánulas plásticas debe ir precedida de una descontaminación (inmediatamente después de ser usadas se depositarán en una cubeta con agua y detergente o alguna de las soluciones de amonio cuaternario existente: Cloruro de Benzalconio u otro disponible durante 30 minutos) después deben ser lavadas a presión para provocar el arrastre mecánico de los restos de sangre en la luz de la cureta y cepilladas externamente.

Las alternativas para la esterilización o desinfección de alto nivel se harán de acuerdo a las posibilidades del lugar (hospital o policlínico, disponibilidad de desinfectantes y política de desinfección local) en el siguiente orden de selección

  1. Cámara de Óxido de Etileno.
  2. Formalina Acuosa al 4%.
  3. Formalina Alcohólica.
  4. Vapor Fluente
  5. Peróxido de Hidrógeno al 6%.
  6. Glutaraldehído al 2%.

En el caso del uso de las soluciones debe garantizarse que las cánulas estén totalmente cubiertas por la solución y por un tiempo no menor de 1 horas, procediendo después a un enjuague riguroso de las mismas con agua estéril y con el máximo de cuidado para evitar la contaminación de las mismas. Cuando el uso de las cánulas no sea inmediato, una vez sometido al proceso de desinfección, deben conservarse de forma tal que garantice la no contaminación de las mismas.

  1. Todo el instrumental que se utilice al calor (pinzas, espéculo, tramos de goma, frascos colectores, etc.) serán esterilizados, (previa descontaminación con los productos recomendados), con los procedimiento habituales.
  1. Para establecer y confeccionar la política local de desinfección, se remitirán a las indicaciones que aparecen en el Manual de Desinfección y Esterilización del Programa de Prevención y Control de las Infecciones Intrahospitalarias.
  1. La Dirección Provincial de Salud y la Dirección del Hospital deben garantizar los recursos necesarios que permitan el cumplimiento de la presente instrucción: personal, camas, medicamentos, formularios, etc.

Consideraciones finales

El procedimiento de Regulación Menstrual se utiliza inadecuadamente por un número elevado de mujeres o parejas, entre ellas las menores de 20 años, ya que es utilizado como método de regulación de la fecundidad, con repercusión desfavorable sobre la salud reproductiva y la morbilidad y mortalidad maternas por lo que se debe perfeccionar las actividades de educación sexual dirigidas a disminuir la incidencia del embarazo no deseado.

Véase también


Fuentes

  • García León L, Avellaneda González A, Herrera Llerena N, Mella Diago A. Complicaciones de la interrupción del embarazo en el primer trimestre. Rev Cubana Obstet Ginecol 2001; 27(3):205-7
  • Lugones MJ. Orígenes del aborto. Rev Cubana Med Gen Int. 1993;9(1):94-8
  • Espinosa H. El embarazo no deseado y aborto inseguro, dos problemas de salud persistentes en América Latina. Rev Panamericana de Salud Pública. 2002;11(3):148-50.