Sociedad Española de Biología de Plantas

Sociedad Española de Biología de Plantas
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Institución con sede en Bandera de España España
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Siglas o Acrónimo:SEBP
Fundación:1974
País:Bandera de España España
Sede:Toledo
Sitio web
Portal Web de SEBP

Sociedad Española de Biología de Plantas (anteriormente Sociedad Española de Fisiología Vegetal -SEFV) es una asociación al amparo de la Ley 191/1964, de 24 de diciembre, y normas complementarias del Decreto 1440/1965, de 20 de mayo, careciendo de ánimo de lucro que se rige, además, por las disposiciones de la Constitución Española, por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.

Sede

La SEBP tiene su sede en el Departamento de Ciencias Ambientales, Facultad de Ciencias del Medio Ambiente y Bioquímica. Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), Campus Fábrica de Armas (Edificio Sabatini), Avenida Carlos III s/n, 45071, Toledo, España.

Reseña

La SEBP es una sociedad científica que agrupa a los profesionales que intentan responder a la pregunta de cómo funcionan los organismos vegetales en su conjunto, y también de cómo funcionan los órganos, tejidos, células, orgánulos, genes o moléculas de origen vegetal, tanto aislados como en interacción con su entorno natural, se constituyó como Sociedad Científica en 1974. En la actualidad cuenta con aproximadamente 600 socios que se distribuyen en los diferentes grupos con que cuenta la sociedad. En 2019 cambió su nombre al de Sociedad Española de Biología de Plantas (SEBP).

La SEBP es miembro de:

  • Confederación de Sociedades Científicas de España (COSCE).
  • Federación Europea de Sociedades de Biología Vegetal (FSPB), sociedad científica que aglutina al mayor número de científicos que trabajan con plantas en toda Europa y cuyos objetivos son avanzar en la investigación, la educación y el intercambio de información entre los biólogos de plantas dentro y fuera de Europa, y para apoyar la publicación de los resultados de la investigación.
  • Global Plant Council (GPC), una coalición de 30 organizaciones que agrupan a miles de investigadores de todo el mundo cuyo objetivo es promover la investigación y la enseñanza relacionadas con las plantas y su diseminación en la sociedad, incluyendo sus aplicaciones en agricultura, medio ambiente y otros ámbitos.

Fines

Son fines de SEBP los siguientes:

  • Contribuir al desarrollo científico y tecnológico del país.
  • Actuar como un interlocutor cualificado y unificado, ante la propia sociedad civil y sus poderes públicos representativos en asuntos que afecten a la ciencia.
  • Promover el papel de la ciencia y contribuir a su difusión como un ingrediente necesario e imprescindible de la cultura.

Actividades

Para el cumplimiento de sus fines se realizarán las siguientes actividades:

  • Promover la organización de Reuniones Científicas y de cualquier otro tipo que sirvan para establecer y mantener un contacto entre todos aquellos que estén interesados en el desarrollo de la Fisiología Vegetal, así como de otras áreas afines de la Biología Vegetal.
  • Establecer relaciones y contratos con otras sociedades y federaciones científicas nacionales e internacionales, con las Universidades, con Organismos Públicos de Investigación y con otras entidades públicas y privadas dedicadas a la investigación científica.
  • Patrocinar y publicar revistas científicas especializadas y boletines informativos.

Junta directiva

La Sociedad será dirigida y administrada por una Junta Directiva formada por: un Presidente, un Secretario, un Tesorero y seis Vocales. Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos y serán elegidos por la Asamblea General.

La Junta Directiva anunciará, al menos con dos meses de antelación, la convocatoria para renovar los cargos de la misma los cuales tendrán una duración de cuatro años. Nadie podrá ser reelegido para el mismo cargo en dos cuatrienios consecutivos.

La Junta Directiva se reunirá, al menos, una vez al año convocada por el Presidente o a petición de, al menos, la mitad de sus miembros. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros, y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría simple de votos. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad.

Socios

La Sociedad podrá tener Socios Ordinarios, Adheridos, de Honor y Protectores.

Podrán ser Socios Ordinarios los científicos que acrediten una trayectoria docente, investigadora y/o profesional relacionada con la Fisiología Vegetal. La solicitud de admisión deberá ser presentada por el interesado, en impreso facilitado por la Sociedad, y avalada por dos Socios Ordinarios, de los que, al menos, uno tendrá conocimiento personal del candidato, y será enviada al Secretario de la Sociedad, que las someterá a examen de la Junta Directiva. Los nombres de los candidatos preseleccionados por la Junta Directiva se enviarán a todos los socios junto con la convocatoria de la Asamblea General, a la que serán sometidos para su aprobación, en su caso, por mayoría simple de votos.

Podrán ser Socios Adheridos los becarios y personal investigador en formación, cuyo interés científico esté relacionado con la Fisiología Vegetal y que no tengan una relación laboral estable. La solicitud de admisión como Socio Adherido deberá ser presentada por el interesado, en impreso facilitado por la Sociedad, y ser avalada por dos Socios Ordinarios, de los que, al menos, uno tendrá conocimiento personal del candidato, y será resuelta directamente por la Junta Directiva. Los Socios Adheridos estarán informados de todas las actividades de la Sociedad de la misma manera que los Socios Ordinarios y podrán asistir a todas las sesiones de aquella, pero sin el derecho de voto. La cuota anual de Socio Adherido será la mitad de la correspondiente al Socio Ordinario. La permanencia en la categoría de Socio Adherido será por un tiempo máximo de cinco años. Durante dicho período, el Socio Adherido podrá solicitar su paso a la categoría de Socio Ordinario.

Podrán ser Socios de Honor aquellas personas, nacionales o extranjeras, que, por su reconocido prestigio en el área de la Fisiología Vegetal o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Sociedad, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de Socio de Honor tendrá que ser aprobado por la Asamblea General por mayoría simple de votos. La propuesta tendrá que ser presentada por la Junta Directiva, con el apoyo en votación secreta de, al menos, dos tercios de la totalidad de los miembros.

Podrán ser Socios Protectores aquellas personas o entidades que, deseando contribuir al sostenimiento y desarrollo de la Sociedad, sean aceptadas por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva. (Se suprime el resto).

Cuando una persona o entidad haya sido admitida como socio de la Sociedad, el Secretario se lo comunicará y le enviará una copia de los Estatutos.

Fuentes