Sociedad de Espectroscopía Aplicada

Sociedad de Espectroscopía Aplicada
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Institución con sede en Bandera de España España
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Siglas o Acrónimo:SEA
País:Bandera de España España
Sede:Madrid
Sitio web
Portal Web de SEA

Sociedad de Espectroscopía Aplicada (SEA). Es una asociación científica sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que se rige por los estatutos y por la legislación vigente, que tiene carácter indefinido y sólo se disolverá por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria y por cualquiera de las causas establecidas en las leyes.

Sede

SEA tiene su sede en el Departamento de Química Analítica de la Facultad de CC. Químicas de la Universidad Complutense de Madrid, sita en Ciudad Universitaria s/n, 28040, Madrid, España.

Reseña

El 15 de marzo de 2001 se reunían en el Departamento de Química Analítica de la Facultad de CC. Químicas de la Universidad Complutense de Madrid los miembros de la Comisión Gestora de la que iba a denominarse Sociedad de Espectroscopia Aplicada (SEA).

Una vez elaborados los estatutos e inscritos en el Registro Nacional de Asociaciones, en la Casa Colón de Huelva, el 19 de septiembre de ese mismo año, tuvo lugar la primera Asamblea General Ordinaria en lo que se puede considerar como presentación formal de la Sociedad.

Aunque joven como sociedad científica, la SEA se constituye como continuadora del antiguo Grupo Espectro-químico de la Real Sociedad Española de Química (RSEQ), fundado en el año 1961. Es, en ese sentido, heredera de una larga tradición de trabajo, apoyo y difusión de la espectroscopia en España y se funda con la voluntad de continuar siendo un foro de referencia, unión y colaboración entre el mundo académico y el industrial, en todo lo que haga referencia al desarrollo, divulgación y aplicación de las técnicas espectroscópicas.

Fines

Los fines de SEA son: promover, fomentar y difundir el conocimiento, progreso y aplicaciones de la Espectroscopía en todos sus ámbitos y aplicaciones, y asesorar en materia científica y docente a las instituciones y entidades que lo requieran.

Actividades

Para el cumplimiento de sus fines, la asociación realiza las siguientes actividades:

  • Organizar reuniones, cursos, conferencias y congresos para la exposición y discusión de trabajos científicos, tecnológicos o aplicados que le sean propios, así como organizar cualquier actividad educativa o recreativa que quieran hacer los socios.
  • Editar y distribuir cuantas publicaciones se consideren oportunas.
  • Crear comisiones, comités y grupos de estudio y de trabajo.
  • Cooperar con sociedades científicas análogas, así como con instituciones internacionales que le sean afines o que estén involucradas en el desarrollo de cualquier aspecto de la Espectroscopía.

Socios

Podrán ser socios las personas mayores de edad y con capacidad de obrar suficiente que tengan interés en el desarrollo de los fines de la asociación, cualquiera que sea su nacionalidad. Para ello los solicitantes habrán de ser presentados por dos socios, y ser aceptados por la Junta de Gobierno y abonar la cuota anual. La condición de socio les será reconocida mediante un certificado firmado por el Presidente y el Secretario de la asociación.

Los socios, en número ilimitado, podrán ser:

  • Socio ordinario de número: aquellas personas que hayan sido admitidas en la asociación.
  • Socio joven: aquellas personas que aún sean estudiantes (hasta tercer ciclo universitario) y sean admitidas en la asociación.
  • Socio de honor: lo serán aquellas personas que por los méritos, que en ellas concurran, sean designadas como tales socios de honor por la Asamblea General, a propuesta de la Junta de Gobierno, o de al menos veinte socios. El acuerdo por el que se designe algún socio de honor, deberá ser adoptado por dos tercios de los asistentes a la Asamblea General.

Junta de gobierno

La asociación será dirigida y administrada por una Junta de Gobierno formada por un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario, un Tesorero y un máximo de ocho vocales procurándose que estén representadas todas las ramas de la Espectroscopía. Todos los cargos que componen la Junta de Gobierno no serán remunerados y serán designados por la Asamblea General Extraordinaria. Su mandato tendrá una duración de cuatro años, pudiendo ser reelegidos una sola vez para el mismo cargo.

La renovación de la Junta de Gobierno se hará por mitad:

  • En el primer turno serán renovados el Presidente, el Vicepresidente 2º, el Secretario y la mitad de los vocales que la integren escogidos por sorteo.
  • En el segundo el Vicepresidente 1º, el Tesorero y el resto de vocales. La primera renovación se verificará a los dos años y corresponderá a los cargos de Presidente, el Vicepresidente 2º, el Secretario y la mitad, también escogidos por sorteo, de los Vocales. Las candidaturas para la renovación de la Junta de Gobierno podrán ser propuestas por diez o quince de los socios de la Asociación, según que el número de estos sea inferior o superior a cien, respectivamente, y por la Junta de Gobierno.

De producirse alguna vacante durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta de Gobierno, dicha vacante será cubierta de forma provisional entre dichos miembros hasta la elección definitiva por la Asamblea General Extraordinaria.

La Junta de Gobierno se reunirá cuantas veces lo determine su Presidente, a iniciativa propia o a petición de tres de sus miembros. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus integrantes, y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos de los asistentes. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad.

Fuentes