Diferencia entre revisiones de «Presidente de Grecia»
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| − | * representar internacionalmente al Estado, declarar la guerra, celebrar tratados de paz, alianzas, tratados la cooperación económica y la participación en organizaciones o sindicatos internacionales, todo ello se lo debe anunciar al parlamento al Parlamento, siempre que el interés y la seguridad del Estado lo permitan. Este poder es meramente simbólico y de hecho es ejercido por el gobierno<ref group=" | + | * representar internacionalmente al Estado, declarar la guerra, celebrar tratados de paz, alianzas, tratados la cooperación económica y la participación en organizaciones o sindicatos internacionales, todo ello se lo debe anunciar al parlamento al Parlamento, siempre que el interés y la seguridad del Estado lo permitan. Este poder es meramente simbólico y de hecho es ejercido por el gobierno<ref group="constitución">Artículo 36. Párrafo 1</ref>. |
| − | * designar al presidente del Gobierno, los Ministros y los Viceministros <ref group=" | + | * designar al presidente del Gobierno, los Ministros y los Viceministros <ref group="constitución">Artículo 37. Párrafo 1</ref>. |
| − | * eximirá al gobierno de sus obligaciones si éste dimite o pierde la confianza del Parlamento <ref group=" | + | * eximirá al gobierno de sus obligaciones si éste dimite o pierde la confianza del Parlamento <ref group="constitución">Artículo 38. Párrafo 1</ref>. |
| − | * dar un mandato exploratorio con el fin de averiguar si la formación de un gobierno que goza de la confianza del Parlamento es posible <ref group=" | + | * dar un mandato exploratorio con el fin de averiguar si la formación de un gobierno que goza de la confianza del Parlamento es posible <ref group="constitución">Artículo 37. Párrafo 2, 3 y 4</ref>. |
| − | * convocar el Parlamento en sesión ordinaria una vez al año y en sesión extraordinaria siempre que lo juzga adecuado <ref group=" | + | * convocar el Parlamento en sesión ordinaria una vez al año y en sesión extraordinaria siempre que lo juzga adecuado <ref group="constitución">Artículo 40. Párrafo 1</ref>. |
| − | * anunciará el comienzo y terminación de cada legislatura, en persona o a través del Primer Ministro <ref group=" | + | * anunciará el comienzo y terminación de cada legislatura, en persona o a través del Primer Ministro <ref group="constitución">Artículo 40. Párrafo 1</ref>. |
| − | * suspender una sesión parlamentaria, siendo este un poder que el Presidente puede ejercer a su discreción una única vez en cada sesión parlamentaria <ref group=" | + | * suspender una sesión parlamentaria, siendo este un poder que el Presidente puede ejercer a su discreción una única vez en cada sesión parlamentaria <ref group="constitución">Artículo 40. Párrafo 2 y 3</ref>. |
| − | * debe disolver el Parlamento y convocar elecciones en los siguientes casos establecidos por la Constitución<ref group=" | + | * debe disolver el Parlamento y convocar elecciones en los siguientes casos establecidos por la Constitución<ref group="constitución">Artículo 32. Párrafo 4, Artículo 37. Párrafo 3, y Artículo 41</ref>: |
| − | ** si los mandatos exploratorios fallan y se confirma la imposibilidad de formar un gobierno que goza de la confianza del Parlamento<ref group=" | + | ** si los mandatos exploratorios fallan y se confirma la imposibilidad de formar un gobierno que goza de la confianza del Parlamento<ref group="constitución">Artículo 37. Párrafo 3</ref>. |
| − | ** si dos gobiernos han sido derrotados en el Parlamento y su composición no pueden garantizar la estabilidad del gobierno<ref group=" | + | ** si dos gobiernos han sido derrotados en el Parlamento y su composición no pueden garantizar la estabilidad del gobierno<ref group="constitución">Artículo 41. Párrafo 1</ref>. |
| − | ** con el fin de hacer frente a una cuestión de importancia nacional extraordinaria, a propuesta de un gobierno que ha recibido un voto de confianza en el Parlamento <ref group=" | + | ** con el fin de hacer frente a una cuestión de importancia nacional extraordinaria, a propuesta de un gobierno que ha recibido un voto de confianza en el Parlamento <ref group="constitución">Artículo 41. Párrafo 2</ref>. |
| − | * convocar a un referéndum sobre asuntos de importancia nacional crucial tras una resolución aprobada por la mayoría absoluta del número total de los miembros del Parlamento a propuesta del Consejo de Ministros <ref group=" | + | * convocar a un referéndum sobre asuntos de importancia nacional crucial tras una resolución aprobada por la mayoría absoluta del número total de los miembros del Parlamento a propuesta del Consejo de Ministros <ref group="constitución">Artículo 41. Párrafo 2.1</ref>. |
| − | * proclamar por decreto un referéndum sobre un proyecto de ley aprobado por el Parlamento en relación con un grave problema social. Esta será refrendado por el Presidente, siempre que el referéndum haya sido propuesto por 120 diputados y aprobado por 180 diputados <ref group=" | + | * proclamar por decreto un referéndum sobre un proyecto de ley aprobado por el Parlamento en relación con un grave problema social. Esta será refrendado por el Presidente, siempre que el referéndum haya sido propuesto por 120 diputados y aprobado por 180 diputados <ref group="constitución">Artículo 44. Párrafo 2.2</ref>. |
| − | * debe, en circunstancias excepcionales, emitir un discurso ante el pueblo, con el consentimiento del Primer Ministro. Estas direcciones serán refrendados por el Primer Ministro y se publicarán en el Boletín Oficial<ref group=" | + | * debe, en circunstancias excepcionales, emitir un discurso ante el pueblo, con el consentimiento del Primer Ministro. Estas direcciones serán refrendados por el Primer Ministro y se publicarán en el Boletín Oficial<ref group="constitución">Artículo 44. Párrafo 3</ref>. |
== Presidentes == | == Presidentes == | ||
Revisión del 21:03 16 mar 2015
| Presidente de Grecia Πρόεδρος της Ελληνικής Δημοκρατίας | |
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Escudo del presidente | |
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Titular Prokopis Pavlopoulos Desde 13 de marzo de 2015 | |
| Residencia | Palacio Presidencial de Atenas, Atenas |
| Duración | cinco años, renovable una vez |
| Primer titular | Michail Stasinopulos |
| Creación | 18 de diciembre de 1974 |
| Sitio web | Sitio Oficial |
Presidente de Grecia, denominado oficialmente Presidente de la República Helénica (en griego: Πρόεδρος της Ελληνικής Δημοκρατίας). Es uno de las cuatro figuras legales en las que se divide la república parlamentaria griega establecida el 1 de junio de 1975, con la adopción de la nueva Constitución, tras el fin de la monarquía parlamentaria, sistema que fue rechazado mediante un referéndum del pueblo griego el 8 de diciembre de 1974.
El Presidente de la República Helénica representa al Estado dentro del sistema político republicano parlamentario griego, actualmente ese cargo lo ocupa Prokopis Pavlopoulos desde el 13 de marzo de 2015.
Sumario
Funciones
Las funciones del Presidente de la República Helénica están plasmadas en el artículo 30 del primer párrafo de la Constitución griega[1]. Las atribuciones del Presidente de la República se pueden caracterizar como simbólicas, normativas, legislativas, administrativas y judiciales, siendo muy especificas y restringidas por la Constitución del país. Los poderes presidenciales son limitados en comparación con los del Primer Ministro y los Ministros griegos:
- por la regla de interpretación del artículo 50, según el cual, el Presidente de la República tendrá solamente las facultades que le son conferidas explícitamente a él la Constitución y las leyes que posea la misma;
- por la cláusula del artículo 35 párrafo 1, según la cual, ningún acto del Presidente de la República es válido o puede ser ejecutado si no ha sido refrendado por el Ministro competente, salvo las excepciones que se exponen en detalle en el párrafo 2 del mismo artículo.
En concreto, el Presidente de la República tiene la facultad de:
- representar internacionalmente al Estado, declarar la guerra, celebrar tratados de paz, alianzas, tratados la cooperación económica y la participación en organizaciones o sindicatos internacionales, todo ello se lo debe anunciar al parlamento al Parlamento, siempre que el interés y la seguridad del Estado lo permitan. Este poder es meramente simbólico y de hecho es ejercido por el gobierno[constitución 1].
- designar al presidente del Gobierno, los Ministros y los Viceministros [constitución 2].
- eximirá al gobierno de sus obligaciones si éste dimite o pierde la confianza del Parlamento [constitución 3].
- dar un mandato exploratorio con el fin de averiguar si la formación de un gobierno que goza de la confianza del Parlamento es posible [constitución 4].
- convocar el Parlamento en sesión ordinaria una vez al año y en sesión extraordinaria siempre que lo juzga adecuado [constitución 5].
- anunciará el comienzo y terminación de cada legislatura, en persona o a través del Primer Ministro [constitución 6].
- suspender una sesión parlamentaria, siendo este un poder que el Presidente puede ejercer a su discreción una única vez en cada sesión parlamentaria [constitución 7].
- debe disolver el Parlamento y convocar elecciones en los siguientes casos establecidos por la Constitución[constitución 8]:
- si los mandatos exploratorios fallan y se confirma la imposibilidad de formar un gobierno que goza de la confianza del Parlamento[constitución 9].
- si dos gobiernos han sido derrotados en el Parlamento y su composición no pueden garantizar la estabilidad del gobierno[constitución 10].
- con el fin de hacer frente a una cuestión de importancia nacional extraordinaria, a propuesta de un gobierno que ha recibido un voto de confianza en el Parlamento [constitución 11].
- convocar a un referéndum sobre asuntos de importancia nacional crucial tras una resolución aprobada por la mayoría absoluta del número total de los miembros del Parlamento a propuesta del Consejo de Ministros [constitución 12].
- proclamar por decreto un referéndum sobre un proyecto de ley aprobado por el Parlamento en relación con un grave problema social. Esta será refrendado por el Presidente, siempre que el referéndum haya sido propuesto por 120 diputados y aprobado por 180 diputados [constitución 13].
- debe, en circunstancias excepcionales, emitir un discurso ante el pueblo, con el consentimiento del Primer Ministro. Estas direcciones serán refrendados por el Primer Ministro y se publicarán en el Boletín Oficial[constitución 14].
Presidentes
Primera República Helénica (1828-1833)
| Presidente | Gobierno | Comentarios |
|---|---|---|
| Ioannis Kapodistrias | 1828 1831 |
|
| Augustinos Kapodistrias | 1831 1832 |
|
| Consejo de Gobierno | 1832 1833 |
Segunda República Helénica (1924-1935)
| Presidente | Gobierno | Comentarios |
|---|---|---|
| Almirante Pavlos Kunturiotis | 25 de marzo de 1924- 15 de marzo de 1926 |
Presidente constitucional. Elegido por el Parlamento, renunció por la dictadura del general Pangalos. |
| General Theodoros Pangalos | 15 de marzo de 1926- 22 de agosto de 1926 |
Dictador militar, autoproclamado presidente en abril de 1926 después de un controvertido referéndum, derrocado por el ministro Georgios Kondilis. |
| Almirante Pavlos Kunturiotis | 24 de agosto de 1926- 9 de diciembre de 1929 |
Presidente constitucional. Restaurado en el cargo por Kondylis, reelegido en 1929, renunció por problemas de salud. |
| Alexandros Zaimis | 10 de diciembre de 1929- 10 de octubre de 1935 |
Presidente constitucional. Derrocado por una revuelta militar. |
Tercera República Helénica (1974 - Presente)
| Presidente | Gobierno | Comentarios |
|---|---|---|
| Michail Stasinopulos | 18 de diciembre de 1974- 19 de junio de 1975 |
Presidente provisional. |
| Konstantinos Tsatsos | 20 de junio de 1975- 15 de mayo de 1980 |
Presidente constitucional. 1 mandato |
| Konstantinos Karamanlis | 15 de mayo de 1980- 10 de marzo de 1985 |
Presidente constitucional. 1ª vez. |
| Ioannis Alevras | 10 de marzo de 1985- 30 de marzo de 1985 |
Presidente Interino. |
| Christos Sartzetakis | 30 de marzo de 1985- 4 de mayo de 1990 |
Presidente constitucional. 1 mandato. |
| Konstantinos Karamanlis | 5 de mayo de 1990- 10 de marzo de 1995 |
Presidente constitucional. 2ª vez. |
| Konstantinos Stephanopoulos | 10 de marzo de 1995- 12 de marzo de 2005 |
Presidente constitucional. 2 mandatos. |
| Karolos Papoulias | 12 de marzo de 2005- 13 de marzo de 2015 |
Presidente constitucional. 2 mandatos. |
| Prokopis Pavlópulos[2] | 13 de marzo de 2015- actualmente en el cargo |
Presidente constitucional. 2 mandatos. |
Notas
Artículos de la Constitución de la República Helénica que hablan de los poderes del Presente:
Referencias
- ↑ Powers of the President | Presidency of the Hellenic Republic (en inglés). (Poderes del Presidente de la República Helénica consultado el 16 de marzo de 2015)
- ↑ El Parlamento griego elige al conservador Prokopis Pavlópulos como nuevo presidente
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