Ajustes en Ingresos transferidos

Ajuste en los ingresos transferidos
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Concepto:Ajustes en los ingresos recaudados entre las cuentas distribuidoras del Sistema de Tesorería, partiendo de las causas que los originan, la interrelación entre las oficinas Municipales de la ONAT y las direcciones municipales de Finanzas y Precios.

Ajuste en los ingresos transferidos. Tratamiento que se aplica a los ajustes en los ingresos recaudados entre las cuentas distribuidoras del Sistema de Tesorería, partiendo de las causas que los originan, la interrelación entre las oficinas Municipales de la ONAT y las direcciones municipales de Finanzas y Precios, que permite a estas últimas conocer de las primeras la cantidad y cuantía de los ajustes, así como el proceso de transferencias de recursos financieros entre las cuentas bancarias con el objetivo de rectificar sus respectivos saldos.

El Decreto-Ley No. 192 “De la Administración Financiera del Estado”, promulgado por el Consejo de Estado de la República de Cuba en el mes de abril de 1999, está integrado por varios sistemas interrelacionados entre sí, entre los que se encuentra el Sistema de Tesorería.

Al emitirse los procedimientos normativos para el trabajo de Tesorería, fue necesario implementar el referido a los ajustes en los ingresos transferidos, el cual fue establecido mediante la Resolución No. 02-2003Norma Complementaria No. 1 del Sistema de Tesorería.

Es importante decir que los ajustes en los ingresos transferidos están vinculados con los que se recaudan por concepto de impuestos, tasas, contribuciones, aportes, provenientes de las personas naturales y jurídicas, en el Presupuesto del Estado, según la estructura en la que este se conforma, de acuerdo con lo que se establece en la Legislación vigente.

Cuentas bancarias del Sistema de Tesorería

El Sistema de Tesorería, mediante la Resolución No. 269/2010 del Ministerio de Finanzas y Precios, establece un grupo de cuentas bancarias, denominadas cuentas distribuidoras, para cada uno de los presupuestos que conforman el Presupuesto del Estado, con el objetivo de registrar las entradas y salidas de los recursos financieros que le son propios.

Sistema de recaudación de los ingresos

En las sucursales bancarias existentes en cada municipio del país del Banco de Crédito y Comercio (BANDEC), del Banco Popular de Ahorro (BPA) y del Banco Metropolitano para el caso especifico de La Habana, existen cuentas recaudadoras de ingresos para cada uno de los presupuestos en las que se van depositando, en el momento que ocurren, todos los aportes al presupuesto que realizan las personas naturales y jurídicas por concepto de impuestos, aportes y contribuciones a que están obligados por las disposiciones establecidas en la Legislación Tributaria.

Al final de cada día, cuando el Banco cierra sus operaciones, transfiere, de oficio, el saldo de la cuenta recaudadora de cada presupuesto, para la Cuenta Distribuidora que corresponde.

Para la captación y adecuada clasificación de los diferentes conceptos de ingresos al Presupuesto del Estado, el Ministerio de Finanzas y Precios establece el Clasificador de Recursos Financieros del Estado, que los ordena en impuestos, contribuciones, tasas, ingresos no tributarios, etc. y dentro de éstos cada concepto se identifica con un código numérico de seis dígitos y a continuación el nombre del párrafo de ingresos.

El sexto dígito del código de cada párrafo determina el Presupuesto al que corresponde el ingreso de la forma siguiente:

  • Presupuesto Central: Cuando el sexto dígito del párrafo es cero (0) y también el tres (3) para el ingreso del Presupuesto de la Seguridad Social.
  • Presupuesto Provincial: Cuando el sexto dígito del párrafo es uno (1).
  • Presupuesto Municipal: Cuando el sexto dígito del párrafo es dos (2).

Las cuentas recaudadoras de ingresos operan de la forma siguiente:

  • Ingresos del Presupuesto Central: Recibe los depósitos en moneda nacional de los ingresos que corresponden a este nivel presupuestario, incluyendo aquellos que pertenecen al Presupuesto de la Seguridad Social, siempre que el sexto dígito del párrafo sea cero o tres.
  • Ingresos Presupuesto Provincial: Recibe los depósitos en moneda nacional de los ingresos que corresponden a este nivel presupuestario, siempre que el sexto dígito del párrafo sea el uno.
  • Ingresos Presupuesto Municipal: Recibe los depósitos en moneda nacional de los ingresos que corresponden a este nivel presupuestario, siempre que el sexto dígito del párrafo sea el dos.

Origen de los ajustes en los ingresos recaudados

Al efectuarse los aportes al Presupuesto del Estado por las personas naturales y jurídicas, por los diferentes conceptos de ingresos, al momento de anotar el código del párrafo al que corresponde el ingreso en el documento CR-09 “Declaración y Pago”, establecido por la ONAT, se produce el error en el sexto dígito al trasponer el que corresponde a un presupuesto para otro y viceversa.

Por ejemplo, ingresos que corresponden al Presupuesto Central (cuyo sexto dígito de párrafo es cero), entraron indebidamente al Presupuesto Municipal al anotar incorrectamente, en lugar de cero el número dos y, puede ocurrir también a la inversa. Lo anterior significa que una o más cuentas recaudadoras reciban ingresos que no les corresponde y en las otras faltan esos mismos ingresos.

Así, cuando el Banco al final del día transfiere de oficio los ingresos para la Cuenta Distribuidora de destino se repite el mismo error, lo que se traduce en excesos de recursos financieros en una o más cuentas distribuidoras y por consiguiente falta de liquidez en otras, todo lo cual repercute en cada uno de los presupuestos.

Para rectificar estos errores se definieron entre los presupuestos las variantes de ajustes siguientes:

  • Ajuste entre presupuestos municipal y provincial.
  • Ajuste entre presupuestos municipal y central
  • Ajuste entre presupuestos provincial y central.
  • Ajuste entre presupuestos municipales.

Proceso de detección de los errores y su tramitación para la posterior corrección

La Oficina Municipal de Administración Tributaria (ONAT), como entidad rectora de la política fiscal, recibe diariamente del banco toda la documentación que sustenta la recaudación del día anterior, la revisa en detalle y detecta los errores en que han incurrido las personas naturales o jurídicas al realizar los aportes al Presupuesto.

Es preciso aclarar que esta entidad no puede rectificar los errores en las cuentas recaudadoras debido a que el Banco transfiere diariamente, de oficio, toda la recaudación a las cuentas distribuidoras de los presupuestos.

En los primeros días de cada mes la Oficina Municipal de la ONAT envía a la Dirección Municipal de Finanzas y Precios la información sobre los ajustes del mes anterior a los efectos de que ésta proceda a realizar las correcciones entre las cuentas distribuidoras del Sistema de Tesorería mediante transferencias bancarias. De esta forma, mensualmente, quedan rectificados los saldos de las cuentas distribuidoras del Sistema de Tesorería.

Sistema de Registro e Información

En las “Indicaciones para realizar los ajustes en los ingresos recaudados en las áreas de Tesorería”, emitidas por la Dirección General de Tesorería, de fecha 24 de septiembre del 2010, se establecen los modelos para la consolidación, por parte de las provincias, de la información recibida de los municipios, así como los correspondientes al Sistema Informativo en cada nivel.

Sobre la conservación y archivo de la documentación

En las “Indicaciones” a que se refiere el párrafo precedente, se establece un término de tiempo de cinco (5) años, contados a partir de su fecha, para la conservación en las diferentes instancias, de las hojas de trabajo y los modelos de ajustes que dan lugar a estas operaciones.

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