Arbitraje (derecho)

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Concepto:Se trata de solucionar un litigio entre varias partes.

Arbitraje: El arbitraje es una alternativa para resolver conflictos de intereses sin que sea necesario llegar a la jurisdicción habitual. Las partes en conflicto deciden elegir a un tercero que goce de independencia (el árbitro), quien se encargará de solucionar el litigio y de pronunciar lo que se conoce como el laudo arbitral. Para esto, deberá actuar con equidad y respetar la legislación acordada por las partes.

Etimología

Arbitraje es un término que está asociado a la capacidad o el acto de arbitrar. Este verbo, que proviene del latín arbitrāre, se refiere por su parte a conceder o sugerir arbitrios.

Caracteristicas del arbitraje

Procedimiento más sencillo y manejado por las partes: los arbitrajes no se regulan por la Ley de Enjuiciamiento Civil, sino por la Ley de Arbitraje. Esta apenas regula el procedimiento, y permite que las partes diseñen de común acuerdo prácticamente todos los aspectos del proceso arbitral.

  1. Participación en la elección de árbitros: el principio básico es que las partes pueden designar de común acuerdo el árbitro o árbitros que van a decidir la cuestión, o el método para elegirlos.
  2. Rapidez: salvo que las partes acuerden otra cosa, el arbitraje debe resolverse en seis meses /con dos de prórroga) desde la contestación a la demanda. Esto implica un proceso más rápido, y ello sin perjuicio de que las partes pueden acordar reducir dicho período.
  3. Es definitivo: A diferencia de una sentencia judicial, el laudo arbitral no es apelable. Esta es una diferencia muy significativa frente a la sentencia. No hay segunda revisión en cuanto al fondo de la cuestión (ni mucho menos casación ante el Tribunal Supremo). Este hecho es una ventaja (rapidez, centrar toda la discusión en un solo proceso), pero tiene el inconveniente de que se juega todo a una decisión. Hay una acción de anulación para anular el laudo, pero es por causas muy limitadas y de carácter esencialmente formal.
  4. Es ejecutable: el laudo tiene fuerza ejecutiva desde que se emite.
  5. Costes: aunque el arbitraje es más caro que un juicio, debe analizarse cada caso valorando las ventajas económicas que una decisión definitiva (no susceptible de apelación) y más rápida implican en la valoración de coste.

Tipos diferenciados de arbitraje

Arbitraje independiente, que es aquel en el que las partes que están en conflicto son las que eligen al árbitro o árbitros que van a actuar en el proceso y también son las que determinan las reglas a seguir. Arbitraje institucional, como su propio nombre indica, en él es una institución concreta la que determina tanto las citadas reglas como la persona que se encargará de ejercer como árbitro.

Arbitraje por un abogado en ejercicio.

  • (Derecho Laboral) Procedimiento facultativo de arreglo de los conflictos colectivos de trabajo: consiste en encomendar a un tercero elegido por las partes la solución del conflicto.
  • (Procedimiento Civil) Procedimiento de arreglo de los litigios en el cual se recurre a una o más personas privadas (en número impar) llamadas árbitros y hasta a veces a un juez del Estado, declarado amigable componedor por los litigantes. V. Árbitro, Amigable componedor, Compromiso, Cláusula compromisoria.
  • (Derecho Público) Por lo común esta palabra no designa el procedimiento materialmente jurisdiccional de “decir el derecho” con el fin de solucionar un litigio jurídico; se utiliza entonces para designar un auténtico poder de decisión de que dispone esta o la otra autoridad a fin de zanjar soberanamente una contraposición de puntos de vista administrativos o más frecuentemente.
  • Derecho Mercantil: Representa una forma no judicial de dirimir conflictos, mediante la que las personas naturales o jurídicas convienen en someter a la decisión de uno o de varios árbitros (siempre número impar) las cuestiones litigiosas surgidas, o que puedan surgir, en materias de su libre disposición conforme a derecho.

Fuentes