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Aparte de artículos, discursos, manifiestos y prólogos, Costa dejó 42 libros entre los cuales deben citarse: La vida del Derecho (Madrid, 1876); Introducción a un tratado de política sacado textualmente de los refraneros, romanceros y gestas de la Península (Madrid, 1881); Islas líbicas: Cyranis Cerne, Hesperia (Madrid, 1887); Estudios ibéricos (Madrid, 1891-5); Colectivismo agrario en España (Madrid, 1898); Reconstitución y europeización de España (Madrid, 1900); Derecho consuetudinario y Economía popular de España (Barcelona, 1902); Oligarquía y Caciquismo (Madrid, 1902). Otros escritos de Costa fueron recogidos póstumamente y publicados en la Biblioteca Costa. Aunque contiene algunos textos de gran interés, la selección es arbitraria y la presentación desordenada: esos libros deben, por tanto, usarse con suma cautela.
 
Aparte de artículos, discursos, manifiestos y prólogos, Costa dejó 42 libros entre los cuales deben citarse: La vida del Derecho (Madrid, 1876); Introducción a un tratado de política sacado textualmente de los refraneros, romanceros y gestas de la Península (Madrid, 1881); Islas líbicas: Cyranis Cerne, Hesperia (Madrid, 1887); Estudios ibéricos (Madrid, 1891-5); Colectivismo agrario en España (Madrid, 1898); Reconstitución y europeización de España (Madrid, 1900); Derecho consuetudinario y Economía popular de España (Barcelona, 1902); Oligarquía y Caciquismo (Madrid, 1902). Otros escritos de Costa fueron recogidos póstumamente y publicados en la Biblioteca Costa. Aunque contiene algunos textos de gran interés, la selección es arbitraria y la presentación desordenada: esos libros deben, por tanto, usarse con suma cautela.
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== Costa y el Derecho aragonés ==
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Costa fue profesionalmente un jurista, que vivía fundamentalmente de los ingresos de su notaría. Su concepción teórica del Derecho, expuesta sobre todo en sus obras Teoría del hecho Jurídico individual y social (1880) y La vida del Derecho (1876), se inserta en la corriente del [[Krausismo]], siguiendo en particular a su maestro Giner de los Ríos; pero lo que la caracteriza y da impronta personal es su entronque con ciertos principios esenciales que Costa descubre y pone en evidencia en el [[Derecho aragonés]], que había vivido desde niño en su casa natal. Sobre todo, el principio de [[Libertad civil]] -que sería el significado profundo del apotegma [[Standum est chartae]]-, según el cual los individuos y las familias, así como los municipios, tienen un ámbito privativo de acción en el que, como verdaderos Estados autónomos, establecen su propio Derecho, distinto del Derecho del Estado superior, del que son miembros. Este principio habría alcanzado realidad histórica, superlativamente, en el Derecho aragonés, cuyas instituciones todas deben explicarse a la luz del mismo (La libertad civil y el Congreso de Jurisconsultos aragoneses, 1882).
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Expresión de esta libertad civil es también, según Costa, la creación de la [[Costumbre]], valorada como manifestación directa de la soberanía popular. A las costumbres del Alto Aragón dedicó su Derecho consuetudinario del Alto Aragón (1879), obra original y señera que, además de su contribución decisiva al conocimiento del Derecho aragonés efectivamente vivido, abre camino en la formación de una sociología del Derecho de base empírica, y que sirvió de ejemplo y acicate a otros trabajos contemporáneos que él propició. Costa fue partidario, en su momento, de la codificación del Derecho civil, y en particular de la del Derecho aragonés, que, en su pensamiento, debía servir de arquetipo para un [[Código civil]] español verdaderamente nacional. La codificación no sólo sería compatible con la libertad civil y el reconocimiento de la costumbre, sino que únicamente sería posible, en su opinión, acogiéndolas expresamente como su fundamento. Las concepciones de Costa sobre el Derecho aragonés, que sorprendieron a los juristas aragoneses de la época, han pasado luego a ser compartidas por la generalidad de los autores, muchas veces ignorantes de su origen.
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== Lingüística ==
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Por lo que se refiere a los estudios de [[Filología aragonesa]], J. Costa fue un precursor. En 1878-79 publicó una serie de artículos bajo el título genérico de «Los dialectos de transición en general y los celtibéricos en particular» (Boletín de la Institución Libre de Enseñanza, tomo II, 1878; tomo III, 1879). Cuatro artículos de otros tantos números del tomo III los dedica al ribagorzano. En ellos intenta demostrar que las hablas ribagorzanas no son sino una mezcla de castellano y catalán. Actualmente no serían admisibles sus tesis, ya que ignoraba el aragonés (habla siempre de «castellano-aragonés» globalmente) como lengua especialmente interpuesta entre el castellano y el catalán. De ahí que no llegara a explicar satisfactoriamente el carácter de transición del [[Ribagorzano]] entre el [[Aragonés]] y el catalán y distinguiera únicamente «dialectos mestizos» donde se daba una transición gradual del «castellano-aragonés» (es decir, castellano) al catalán, que reduce, en una clasificación muy completa, a dieciséis zonas.
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Aun después del tiempo transcurrido, sus datos, recogidos sobre el terreno (no hay que olvidar que Joaquín Costa, con sus paisanos, hablaba en [[Grausino]]), constituyen un documento excepcional para estudiar las hablas locales de una comarca que está falta todavía de numerosos estudios concretos.
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Dentro de su atención a los temas lingüísticos cabe citar también el prólogo a la traducción del Informe de [[Jean-Joseph Saroïhandy]] de 1901 (Revista de Aragón, 1902), algunos escritos sobre refranes y poesía popular, sobre «Dictados tópicos del Alto Aragón» (en Folklore Bético-Extremeño, 1883) y sobre «Refranes meteorológicos del Alto Aragón» (en La Derecha, junio de 1893).
  
 
=== Bibliografía ===
 
=== Bibliografía ===
 
 
Cheyne, G. J. G.: Joaquín Costa, el gran desconocido; Barcelona, 1972.
 
Cheyne, G. J. G.: Joaquín Costa, el gran desconocido; Barcelona, 1972.
 
Id.: A Bibliographical Study of the Writings of Joaquín Costa; London, 1972.
 
Id.: A Bibliographical Study of the Writings of Joaquín Costa; London, 1972.
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Cheyne, G. J. G.: Ensayos sobre Joaquín Costa y su obra; Huesca, Fundación Joaquín Costa, 1992.
 
Cheyne, G. J. G.: Ensayos sobre Joaquín Costa y su obra; Huesca, Fundación Joaquín Costa, 1992.
 
Fernández Clemente, E.: Lucas Mallada y Joaquín Costa; Zaragoza, CAI, 2000.
 
Fernández Clemente, E.: Lucas Mallada y Joaquín Costa; Zaragoza, CAI, 2000.
 
== Costa y el Derecho aragonés ==
 
 
Costa fue profesionalmente un jurista, que vivía fundamentalmente de los ingresos de su notaría. Su concepción teórica del Derecho, expuesta sobre todo en sus obras Teoría del hecho Jurídico individual y social (1880) y La vida del Derecho (1876), se inserta en la corriente del [[Krausismo]], siguiendo en particular a su maestro Giner de los Ríos; pero lo que la caracteriza y da impronta personal es su entronque con ciertos principios esenciales que Costa descubre y pone en evidencia en el [[Derecho aragonés]], que había vivido desde niño en su casa natal. Sobre todo, el principio de [[Libertad civil]] -que sería el significado profundo del apotegma [[Standum est chartae]]-, según el cual los individuos y las familias, así como los municipios, tienen un ámbito privativo de acción en el que, como verdaderos Estados autónomos, establecen su propio Derecho, distinto del Derecho del Estado superior, del que son miembros. Este principio habría alcanzado realidad histórica, superlativamente, en el Derecho aragonés, cuyas instituciones todas deben explicarse a la luz del mismo (La libertad civil y el Congreso de Jurisconsultos aragoneses, 1882).
 
 
Expresión de esta libertad civil es también, según Costa, la creación de la [[Costumbre]], valorada como manifestación directa de la soberanía popular. A las costumbres del Alto Aragón dedicó su Derecho consuetudinario del Alto Aragón (1879), obra original y señera que, además de su contribución decisiva al conocimiento del Derecho aragonés efectivamente vivido, abre camino en la formación de una sociología del Derecho de base empírica, y que sirvió de ejemplo y acicate a otros trabajos contemporáneos que él propició. Costa fue partidario, en su momento, de la codificación del Derecho civil, y en particular de la del Derecho aragonés, que, en su pensamiento, debía servir de arquetipo para un [[Código civil]] español verdaderamente nacional. La codificación no sólo sería compatible con la libertad civil y el reconocimiento de la costumbre, sino que únicamente sería posible, en su opinión, acogiéndolas expresamente como su fundamento. Las concepciones de Costa sobre el Derecho aragonés, que sorprendieron a los juristas aragoneses de la época, han pasado luego a ser compartidas por la generalidad de los autores, muchas veces ignorantes de su origen.
 
 
== Lingüística ==
 
 
Por lo que se refiere a los estudios de [[Filología aragonesa]], J. Costa fue un precursor. En 1878-79 publicó una serie de artículos bajo el título genérico de «Los dialectos de transición en general y los celtibéricos en particular» (Boletín de la Institución Libre de Enseñanza, tomo II, 1878; tomo III, 1879). Cuatro artículos de otros tantos números del tomo III los dedica al ribagorzano. En ellos intenta demostrar que las hablas ribagorzanas no son sino una mezcla de castellano y catalán. Actualmente no serían admisibles sus tesis, ya que ignoraba el aragonés (habla siempre de «castellano-aragonés» globalmente) como lengua especialmente interpuesta entre el castellano y el catalán. De ahí que no llegara a explicar satisfactoriamente el carácter de transición del [[Ribagorzano]] entre el [[Aragonés]] y el catalán y distinguiera únicamente «dialectos mestizos» donde se daba una transición gradual del «castellano-aragonés» (es decir, castellano) al catalán, que reduce, en una clasificación muy completa, a dieciséis zonas.
 
 
Aun después del tiempo transcurrido, sus datos, recogidos sobre el terreno (no hay que olvidar que Joaquín Costa, con sus paisanos, hablaba en [[Grausino]]), constituyen un documento excepcional para estudiar las hablas locales de una comarca que está falta todavía de numerosos estudios concretos.
 
 
Dentro de su atención a los temas lingüísticos cabe citar también el prólogo a la traducción del Informe de [[Jean-Joseph Saroïhandy]] de 1901 (Revista de Aragón, 1902), algunos escritos sobre refranes y poesía popular, sobre «Dictados tópicos del Alto Aragón» (en Folklore Bético-Extremeño, 1883) y sobre «Refranes meteorológicos del Alto Aragón» (en La Derecha, junio de 1893).
 
 
=== Bibliografía ===
 
 
Grau Morancho, R.: Joaquín Costa y el idioma aragonés; Zaragoza, 1976.
 
Grau Morancho, R.: Joaquín Costa y el idioma aragonés; Zaragoza, 1976.
 
Fernández Clemente, E.: Costa y Aragón, Zaragoza, 1978.
 
Fernández Clemente, E.: Costa y Aragón, Zaragoza, 1978.

Revisión del 12:09 14 ene 2020

Joaquín Costa y Martínez
Información sobre la plantilla
Joaquín Costa y Martínez.jpg
Óleo de Iñaki (1972) para el salón principal del Ayuntamiento de Graus (Huesca)
Nacimiento14 de septiembre de 1846
Monzón, Bandera de España España
Fallecimiento8 de febrero de 1911
Graus, Bandera de España España
EducaciónInstitución Libre de Enseñanza, Universidad Complutense de Madrid

Joaquín Costa y Martínez fue un político, jurista, economista e historiador español, el mayor representante del movimiento intelectual conocido como regeneracionismo.​

Síntesis biográfica

(Monzón, H., 1846 - Graus, H., 8-II-1911). Costa se definió a sí mismo como «un labriego aragonés forrado en intelectual» y fue, en efecto, el primero de los muchos hijos del segundo matrimonio de un labrador muy respetado en su región por su profundo conocimiento de la costumbre. Desde niño demostró ser de clara inteligencia («Mi afición a los libros era desmesurada... Éste me decía fraile porque siempre estaba en casa con mis libros; el otro me decía afanoso porque me dolía el tiempo de comer»), pero su educación fue trabajosa y con frecuencia interrumpida por su extrema pobreza.

Estudió en el Instituto de Huesca y, característicamente, uno de sus primeros actos al llegar a aquella ciudad fue fundar el Ateneo Oscense. Al mismo tiempo se ganaba el sustento actuando de factótum de un maestro de obras, lejano pariente suyo. Fue entonces cuando notó los primeros síntomas de una distrofia muscular progresiva que habría de plagar el resto de su vida y ser causa de muchas amarguras, malentendidos y continuos sufrimientos. Elegido artesano discípulo observador en la Exposición de París de 1867, concibió allí muchas de las ideas que inspiraron su vida y que se ven embrionarias en su primer libro: Ideas apuntadas en la Exposición Universal de 1867 para España y para Huesca.

Después de sacar en Huesca el Bachillerato y hacerse maestro y agrimensor, Costa hizo una carrera brillante en la Universidad de Madrid, donde se licenció en Derecho en 1872 y en Filosofía y Letras en 1873 para luego doctorarse en Derecho en 1874 y en Filosofía y Letras en 1875. Nombrado oficial letrado, ocupó plaza en Cuenca. Su intención primera de conseguir plazas que le fueran acercando a Madrid y a las oportunidades académicas que allí se ofrecían se truncó cuando, en ocasión de un breve viaje a Huesca, se enamoró de una joven oscense de buena familia neocatólica. Consiguió plaza en Huesca, pero sus bien conocidas simpatías Krausismo fueron causa principal de que la joven le rechazara. Desde entonces su vida siguió un curso de casi exclusiva dedicación al trabajo intelectual, dando lugar a una serie de estudios a la vez variados, originales y caracterizados (cosa casi inusitada en la época) por un gran rigor académico.

En el terreno de la Historia supo combinar sus conocimientos legales con su íntima comprensión de la costumbre, sobre la que recogió datos no sólo en Aragón, sino en el resto de España; todavía quedan por publicar sus investigaciones sobre la Pastorada. En su orientación fue historicista y sus trabajos en el campo histórico fueron grandemente apreciados por sus contemporáneos, tales como, entre otros, Eduardo de Hinojosa y más tarde Rafael Altamira quien, en su extensa correspondencia con Costa, siempre le llamó su maestro. Costa nunca vaciló en su creencia de que las soluciones a los problemas de su país habían de venir de la continuación y revitalización de antiguas costumbres y organizaciones sociales, actitud que le valió ser definido por muchos como un verdadero Romanticismo.

Ello no impidió, sino que más bien facilitó, el que se vinculara a nuevos movimientos como, p. ej., la Institución Libre de Enseñanza (ILE), donde explicó Historia de España y Derecho Administrativo y con cuyo fundador, Francisco Giner de los Ríos, mantuvo perdurable amistad. Su experiencia personal determinó que desde muy joven Costa sintiera gran interés por la educación y, una vez en la Institución, cuyo Boletín editó de 1880 a 1883, fue activo en el campo pedagógico, tomando parte como representante de la Institución en el Congreso Nacional Pedagógico de 1882. Su pasión por la educación se extendió a todas las edades y le mantuvo en contacto con la Extensión Universitaria y con el Ateneo de Madrid, de quien fue nombrado presidente de la Sección de Ciencias Históricas en 1895: en 1896-97 disertó sobre Derecho Consuetudinario en su Escuela de Estudios Superiores y más tarde organizó encuestas, como la famosa sobre Oligarquía y Caciquismo. Uno de los últimos actos de su vida fue el adherirse en marzo de 1910 al Centro de Estudios Históricos, proyectado por Giner, Hinojosa y Castillejo, como consta en su correspondencia aún inédita con Giner.

Costa no limitó sus esfuerzos a mejorar la vida interna de la nación española sino que, atento a la política de otros países, ambicionó que España participase en el movimiento colonial de Europa en los años 80. De 1882 a 1887 dedicó gran parte de sus energías a esta tarea, que se inició quizá por la inquietud sentida para el futuro de la España de ultramar, pero que se extendió lógicamente a la consideración de los intereses de España en África y a la participación en la labor propagandista de la Sociedad de Abolicionistas. Su postura era básicamente de compromiso, no de subyugación: fue uno de los primeros en pedir la autonomía de Puerto Rico y que se diera representación parlamentaria a Filipinas, y, en cuanto a África, deseaba la unión de España y Portugal en un bloque ibérico capaz de resistir las presiones de otros países. Ejerció gran influencia en la Sociedad de Africanistas y Colonistas, que evolucionó hasta convertirse en la Sociedad de Geografía Comercial, cuya Revista fundó y redactó casi por completo él solo. Como consecuencia de estas actividades estuvo en contacto con cartógrafos ilustres como Coello y Beltrán y Rózpide y con exploradores como Iradier, Gatell Montes de Oca y Ossorio. Se vio también envuelto en el notorio asunto de Las Carolinas, sobre el cual publicó un libro. Los acontecimientos políticos finalmente hicieron que Costa considerase perdidas para siempre las oportunidades de España y se apartase de todo afán colonialista: en 1899 escribió (proféticamente) que «debían venderse o regalarse esos territorios, Fernando Poo inclusive».

Como muchos de sus contemporáneos, Costa deploró y denunció el sistema de turno de los partidos y los malos usos en las elecciones, pero, al mismo tiempo, se lanzó a la palestra en el plano regional, fundando la Liga de Contribuyentes de Ribagorza, a través del cual propugnó mejoras sociales y muy especialmente su política hidráulica. Bajo la bandera de la Liga y de su organismo, la Cámara Agrícola del Alto Aragón, fue candidato a elecciones en 1895-96. Su falta de éxito no le hizo desistir y, a raíz del desastre de 1898, creó la Liga Nacional de Productores para seguir promoviendo sus planes de reformas agrarias, municipales, económicas y administrativas. A la Liga se unieron otros grupos y todos juntos formaron La Unión Nacional, de la que Costa fue presidente y en la que se vio aliado con Basilio Paraíso Lasús y Santiago Alba.

Fracasada en 1900-1901 la Unión Nacional no por eso abandonó Costa su vocación política y, en un discurso de grandes repercusiones dado en el Frontón Central de Madrid el 12-IV-1903, a raíz de haberse conseguido la Unión Republicana bajo Nicolás Salmerón, se declaró republicano. Fue elegido diputado a Cortes por Gerona, Zaragoza y Madrid, pero no ocupó escaño. Se dio oficialmente de baja del Partido Republicano en 1906, pero ya en 1904 había comunicado su dimisión a los jefes del Partido.

Su quebrantada salud fue una de las mayores razones de su renuncia, aunque profundas diferencias con las líneas políticas adoptadas por Salmerón y su convicción de que no había ninguna alternativa viable al liderazgo de don Nicolás, además de la constante irritación de sentir que los votos no reflejaban verazmente la voluntad popular, fueron otros tantos argumentos para su apartamiento. Como es bien sabido, su último acto político fue en 1908 su informe acerca del proyecto de ley llamada del terrorismo.

En todo momento Costa mantuvo constante actividad académica, pero nunca consiguió el pleno reconocimiento universitario que merecía la notable calidad de su trabajo. En 1880 fue nombrado miembro correspondiente de la Real Academia de la Historia; en el mismo año participaba con una ponencia sobre un tema muy aragonés, el Consejo de Familia, en el Congreso de Jurisconsultos Aragoneses de Zaragoza; en 1884 fue vocal de la Comisión de Legislación Extranjera; en 1887 le invitaron a ser profesor de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, y en el mismo año contribuyó al Congreso Jurídico de Barcelona. Admitido en 1901 en la Academia de Ciencias Morales y Políticas, su discurso inaugural sobre El Problema de la Ignorancia del Derecho y sus relaciones con el Status individual, el Referéndum y la Costumbre.

Pero mucho antes de que esas distinciones le fueran concedidas Costa hubo de renunciar a su verdadera ambición de juventud, llegar a ser catedrático de Universidad: sus tendencias krausistas y su evidente liberalismo, en tiempos en que la Universidad estaba dominada por ultramontanos y en que se publicó el decreto de Orovio, hicieron que, aunque propuesto en terna por dos veces a la cátedra de Historia de España de la Universidad Central y a la de Derecho Político y Administrativo de la Universidad de Valladolid, nunca llegara la cátedra a sus manos. Otros honores le fueron negados por las mismas razones, como p. ej., el premio Fermín Caballero por su obra Colectivismo Agrario en España.

Como abogado y notario, Costa aportó su Reforma de la fe pública, estudio de gran alcance sociológico que no encontró partidarios y sin duda le valió enemigos. Por los años 1895-1904, Costa se vio envuelto en el famoso pleito de La Solana (fuente también de varios libros eruditos), en el cual percibió la ilustración en el terreno práctico de muchos de los males que denunció en Oligarquía y Caciquismo. El pleito no quedó resuelto, sino que se envenenó y tuvo consecuencias trágicas en los años 30.

Ya entrado en la madurez, Costa tuvo una relación de intimidad con una mujer viuda, de gran cultura y coraje, de la que nació una hija, que adoptó poco antes de que ésta se casara y hacia quien sentía gran afecto. Costa murió en Graus -villa que conocía desde la edad de seis años, en que su familia allí se estableció, y a la que volvió en 1903. Fue sepultado en el Cementerio de Torrero de Zaragoza. En los últimos años de su retiro preparaba una novela, Soter, en la que quizá hubiera logrado la síntesis de su ideología; mas, por desgracia, la novela no ha pasado del estadio de notas sueltas.

La influencia de Costa fue profunda y así lo reconocen los mejores intelectos de España, y esto desde muy dispares posiciones filosóficas y políticas: desde Menéndez y Pelayo a Ortega y Gasset, desde Unamuno a Ramiro de Maeztu, la lista es inagotable. Su aportación al conocimiento de su país es un monumento permanente, y fuente perenne de inspiración no sólo para los españoles, sino para todos cuantos, sea cual sea su nacionalidad, aman a España. Pero en todo momento Aragón es el foco a través del cual Costa comprende, explica, explora y defiende a España. Quizá es eso lo que quiso expresar cuando dijo: «Soy dos veces español porque soy aragonés».

Obra

Aparte de artículos, discursos, manifiestos y prólogos, Costa dejó 42 libros entre los cuales deben citarse: La vida del Derecho (Madrid, 1876); Introducción a un tratado de política sacado textualmente de los refraneros, romanceros y gestas de la Península (Madrid, 1881); Islas líbicas: Cyranis Cerne, Hesperia (Madrid, 1887); Estudios ibéricos (Madrid, 1891-5); Colectivismo agrario en España (Madrid, 1898); Reconstitución y europeización de España (Madrid, 1900); Derecho consuetudinario y Economía popular de España (Barcelona, 1902); Oligarquía y Caciquismo (Madrid, 1902). Otros escritos de Costa fueron recogidos póstumamente y publicados en la Biblioteca Costa. Aunque contiene algunos textos de gran interés, la selección es arbitraria y la presentación desordenada: esos libros deben, por tanto, usarse con suma cautela.

Costa y el Derecho aragonés

Costa fue profesionalmente un jurista, que vivía fundamentalmente de los ingresos de su notaría. Su concepción teórica del Derecho, expuesta sobre todo en sus obras Teoría del hecho Jurídico individual y social (1880) y La vida del Derecho (1876), se inserta en la corriente del Krausismo, siguiendo en particular a su maestro Giner de los Ríos; pero lo que la caracteriza y da impronta personal es su entronque con ciertos principios esenciales que Costa descubre y pone en evidencia en el Derecho aragonés, que había vivido desde niño en su casa natal. Sobre todo, el principio de Libertad civil -que sería el significado profundo del apotegma Standum est chartae-, según el cual los individuos y las familias, así como los municipios, tienen un ámbito privativo de acción en el que, como verdaderos Estados autónomos, establecen su propio Derecho, distinto del Derecho del Estado superior, del que son miembros. Este principio habría alcanzado realidad histórica, superlativamente, en el Derecho aragonés, cuyas instituciones todas deben explicarse a la luz del mismo (La libertad civil y el Congreso de Jurisconsultos aragoneses, 1882).

Expresión de esta libertad civil es también, según Costa, la creación de la Costumbre, valorada como manifestación directa de la soberanía popular. A las costumbres del Alto Aragón dedicó su Derecho consuetudinario del Alto Aragón (1879), obra original y señera que, además de su contribución decisiva al conocimiento del Derecho aragonés efectivamente vivido, abre camino en la formación de una sociología del Derecho de base empírica, y que sirvió de ejemplo y acicate a otros trabajos contemporáneos que él propició. Costa fue partidario, en su momento, de la codificación del Derecho civil, y en particular de la del Derecho aragonés, que, en su pensamiento, debía servir de arquetipo para un Código civil español verdaderamente nacional. La codificación no sólo sería compatible con la libertad civil y el reconocimiento de la costumbre, sino que únicamente sería posible, en su opinión, acogiéndolas expresamente como su fundamento. Las concepciones de Costa sobre el Derecho aragonés, que sorprendieron a los juristas aragoneses de la época, han pasado luego a ser compartidas por la generalidad de los autores, muchas veces ignorantes de su origen.

Lingüística

Por lo que se refiere a los estudios de Filología aragonesa, J. Costa fue un precursor. En 1878-79 publicó una serie de artículos bajo el título genérico de «Los dialectos de transición en general y los celtibéricos en particular» (Boletín de la Institución Libre de Enseñanza, tomo II, 1878; tomo III, 1879). Cuatro artículos de otros tantos números del tomo III los dedica al ribagorzano. En ellos intenta demostrar que las hablas ribagorzanas no son sino una mezcla de castellano y catalán. Actualmente no serían admisibles sus tesis, ya que ignoraba el aragonés (habla siempre de «castellano-aragonés» globalmente) como lengua especialmente interpuesta entre el castellano y el catalán. De ahí que no llegara a explicar satisfactoriamente el carácter de transición del Ribagorzano entre el Aragonés y el catalán y distinguiera únicamente «dialectos mestizos» donde se daba una transición gradual del «castellano-aragonés» (es decir, castellano) al catalán, que reduce, en una clasificación muy completa, a dieciséis zonas.

Aun después del tiempo transcurrido, sus datos, recogidos sobre el terreno (no hay que olvidar que Joaquín Costa, con sus paisanos, hablaba en Grausino), constituyen un documento excepcional para estudiar las hablas locales de una comarca que está falta todavía de numerosos estudios concretos.

Dentro de su atención a los temas lingüísticos cabe citar también el prólogo a la traducción del Informe de Jean-Joseph Saroïhandy de 1901 (Revista de Aragón, 1902), algunos escritos sobre refranes y poesía popular, sobre «Dictados tópicos del Alto Aragón» (en Folklore Bético-Extremeño, 1883) y sobre «Refranes meteorológicos del Alto Aragón» (en La Derecha, junio de 1893).

Bibliografía

Cheyne, G. J. G.: Joaquín Costa, el gran desconocido; Barcelona, 1972. Id.: A Bibliographical Study of the Writings of Joaquín Costa; London, 1972. Id.: Confidencias políticas y personales: Epistolario Joaquín Costa-Manuel Bescós 1899-1910. Delgado Echeverría, J.: Joaquín Costa y el Derecho aragonés; Zaragoza, 1978. Fernández Clemente, E.: Educación y revolución en Joaquín Costa; Madrid, 1969. Id.: Costa y Aragón; Zaragoza, 1978. Id.: Joaquín Costa y el africanismo español; Zaragoza, 1977. Gil Cremades, J.: El reformismo español; Barcelona, 1969. Gil Novales, A.: Derecho y revolución en el pensamiento de Joaquín Costa; Madrid, 1965. López Calera, N.: Joaquín Costa, filósofo del Derecho; Zaragoza, 1965. Maurice, J. y Serrano, C.: Joaquín Costa: crisis de la Restauración y populismo; México, 1977. Pérez de la Dehesa, R.: El pensamiento de Costa y su influencia en el 98; Madrid, 1966. Tuñón de Lara, M.: Costa y Unamuno en la crisis de fin de siglo; Madrid, 1974. Vallés de las Cuevas, E.: La revolución en España y Joaquín Costa; Huesca, 1976. Fernández Clemente, E.: Estudios sobre Joaquín Costa; Zaragoza, Universidad, 1989. Cheyne, G. J. G.: Ensayos sobre Joaquín Costa y su obra; Huesca, Fundación Joaquín Costa, 1992. Fernández Clemente, E.: Lucas Mallada y Joaquín Costa; Zaragoza, CAI, 2000. Grau Morancho, R.: Joaquín Costa y el idioma aragonés; Zaragoza, 1976. Fernández Clemente, E.: Costa y Aragón, Zaragoza, 1978. Rivas Pala, María (dir.): Archivo de Joaquín Costa: inventario de los documentos conservados en el Archivo Histórico Provincial de Huesca; Zaragoza, D. G. A., 1993. Fernández Clemente, Eloy: Lucas Mallada y Joaquín Costa, Zaragoza, CAI 2000.

Fuentes