Organización Internacional del Trabajo

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Organización Internacional del Trabajo
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Bandera de Organización Internacional del Trabajo
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Tipo Organismo especializado de la ONU
Sitio web Sitio Oficial de la OIT

Organización Internacional del Trabajo. (OIT) Es la institución mundial organizada para la paz y desarrollo social, responsable de la elaboración y supervisión de las Normas Internacionales del Trabajo. Es la única agencia de las Naciones Unidas de carácter “tripartito” ya que representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores participan en conjunto en la elaboración de sus políticas y programas así como la promoción del trabajo decente para todos. Esta forma singular de alcanzar acuerdos da una ventaja a la OIT, al incorporar el conocimiento “del mundo real” sobre empleo y trabajo.

Antecedentes históricos

Los procesos productivos desencadenados a partir de la revolución industrial fueron creando la base económica de los países industrializados en la actualidad. En esa época el pensamiento económico fue dominado por los clásicos como Adam Smith en su libro la riqueza en las naciones; después se unieron otros pensadores que le dieron forma al ciclo administrativo de la actualidad como Farol y Taylor, los cuales fueron denominados los de la escuela mecanicista y veían al hombre como un objeto y parte integral de la maquinaria.

Antes este desválganse en cuanto a las condiciones de trabajo adecuado para los obreros en el siglo XIX, pensadores como Carlos Marx y Federico Engels en su manifiesto comunista, comenzaron a sentar los precedentes para que la sociedad mundial despertara en cuanto a lo que era la parte inhumana de la industrialización de las naciones.

Declaración de Bruselas

Ya a principios del siglo XX comienzan las declaraciones en Bruselas y la fundación de una organización internacional para los trabajadores. Después de la primera guerra mundial se comienzan a sentar las bases de lo que hoy se conoce como la Organización internacional del trabajo OIT.

El preámbulo del documento constitutivo de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, del 11 de abril de 1919, se puede leer:

«Considerando que la paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia social; considerando que existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una amenaza para la paz y armonía universales; y considerando que es urgente mejorar dichas condiciones por ejemplo, en lo concerniente a reglamentación de las horas de trabajo, fijación de la duración máxima de la jornada y de la semana de trabajo, contratación de la mano de obra, lucha contra el desempleo, garantía de un salario vital adecuado, protección del trabajador contra las enfermedades, sean o no profesionales, y contra los accidentes del trabajo, protección de los niños, de los adolescentes y de las mujeres, pensiones de vejez y de invalidez, protección de los intereses de los trabajadores ocupados en el extranjero, reconocimiento del principio de salario igual por un trabajo de igual valor y del principio de libertad sindical, organización de la enseñanza profesional y técnicas [...] Las Altas Partes Contratantes, movidas por sentimientos de justicia y de humanidad y por el deseo de asegurar la paz permanente en el mundo, y a los efectos de alcanzar los objetivos expuestos en este preámbulo, convienen en la siguiente Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.»[1]

La Organización Internacional del Trabajo nace en el 1919, por la sociedad de las naciones y, a al desaparición de esta, subsiste como un cuerpo permanente y especializado de las naciones unidas.

En 1817 Robert Owen, industrial escocés imagina una legislación social internacional. 20 años después Jerónimo Adolfo Blanqui, sociólogo francés, observa que una reforma social de la industria para se operante debía tener alcance mundial. En 1847, Daniel Dgrand, industrial francés trató de que Francia legislara la Asociación Internacional de Trabajadores -dirigida por Carlos Marx y Federico Engels (1847)-, lanzaron su célebre manifiesto “proletarios de todos los países unidos”. En 1866 el congreso de la Asociación Internacional de Trabajadores preconiza una legislación internacional de trabajo.

En 1901 fue fundado en Bruselas una asociación internacional para la protección legal de los trabajadores. Ellas adoptaron en 1906 dos convenios internacionales. La guerra de 1914 a 1918, interrumpió la actividad de la asociación.

Objetivos

La XXVI reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo celebrada en Filadelfia el 10 de mayo de 1944, adoptó una declaración para los fines y objetivos de dicha organización internacional; los cuales no son otros que el bienestar humano y la justicia social. La declaración de Filadelfia considera que fundamentalmente que:

  • el trabajo no es una mercancía
  • la libertad de expresión y sucesión es esencial para el progreso
  • la pobreza en cualquier lugar constituye un peligro para la prosperidad de todos.
  • la lucha debe proseguirse con incesante energía dentro de cada nación y mediante un esfuerzo internacional.
  • la paz universal y permanente solo puede versar en la justicia social.
  • todos los seres humanos sin distinción de raza credo o sexo tienen derecho a perseguir su bienestar material y desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad de seguridad y de igualdad de oportunidades.
  • es la obligación solamente de ella (OIT) comentar entre todas las naciones del mundo programas que permitan:

a) lograr el pleno empleo y la elevación del nivel de vida.

b) emplear trabajadores en ocupaciones en que puedan contribuir al máximo al bienestar común.

c) conceder como medio de lograr oportunidades de formación profesional traslado de trabajadores incluidos las migraciones de mano de obra y de colonos.

d) adoptar en materia de salario y de ganancias y de horas y otras un salario mínimo vital para todos los que tengan empleo y necesiten esta clase de protección.

e) lograr reconocimiento efectivo del derecho de negociaciones colectivas la cooperación de empleadores y de trabajadores para mejorar la producción y la colaboración de trabajadores.

f) extender las medidas de seguridad social para garantizar a quienes lo necesiten ingresos básicos y prestar asistencia medica completa.

g) proteger adecuadamente la vida y la salud de los trabajadores en todas las ocupaciones.

h) proteger a la infancia y a la maternidad.

i) suministrar alimentos vivienda y medio de recreo y cultura adecuados.

j) garantizar iguales oportunidades educativas y profesionales.

Referencias

  1. Creación de la OIT. Disponible en: http://www.mintrabajo.gov.co/blog-mintrabajo/creacion-de-la-oit. Consultada el 10 de abril de 2017.

Fuentes