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El nacimiento de la clase obrera cubana y su organización tuvieron su origen en el surgimiento y desarrollo del [[capitalismo]] en la isla. Al analizar este fenómeno, [[Sergio Aguirre]] ha expresado que {{Sistema:Cita|"El proletariado es una consecuencia forzosa de la Revolución Industrial que en Inglaterra nace en la segunda mitad del [[siglo XVIII]] y que se propaga lentamente al resto del planeta. La invención de máquinas y su empleo en sistemas de producción existentes, comporta una radical metamorfosis en los métodos hasta ahora, usados para fabricar mercancías con destino a los mercados mundiales. Los dispersos artesanos de siempre, sometidos ahora acondiciones de acumulación y concentración capitalista, dan peculiar fisonomía al [[siglo XIX]] al convertirse propiamente en obreros. Crece su número rápidamente y van agrupándose encuentros de trabajo, a la vez que se ven obligados a sostener con sus patronos nuevas relaciones de producción. Signo distintivo del pasado siglo es, por ello, la gradual desaparición del antiguo artesano y el advenimiento del [[proletariado]]|[[Sergio Aguirre]]}}
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Durante el siglo XIX la máquina de vapor invadió los ingenios de Cuba, ya en [[1861]] movía el 70.7 porciento de todos los ingenios de la colonia. Se hizo imprescindible también en los restantes procesos que respondían al traslado y comercialización del azúcar, tales como la inauguración del primer tramo del ferrocarril de 27 kilómetros que en [[1885]] había alcanzado la extensión de 1499 kilómetros, y la red telegráfica, pues desde [[1854]] los ingenios empezaron a establecer sus telégrafos [[Morse]]. Así se relacionaron zonas que en esa época se encontraban aisladas unas de otras, e incluso se facilitó la integración económica de distintas regiones. Todo ello propició además el proceso de concentración de la producción; la cantidad de ingenios se iba reduciendo gradualmente, a medida que la producción aumentaba. El desarrollo técnico empleado por algunos propietarios convirtió el azúcar en un producto de más fácil elaboración que con los medios manuales; así, su precio se abarató y compitió con el producto elaborado en ingenios cuyos propietarios no podían introducir la novedosa técnica. De esta forma, los pequeños y arcaicos centros fracasaron, mientras que las grandes y desarrolladas fábricas de azúcar duplicaban en menos tiempo su producción.
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Las relaciones de producción esclavistas en franca contradicción con las capitalistas obligaron a los hacendados azucareros a introducir en el país trabajadores de [[España]], [[Islas Canarias]], [[Yucatán]] y [[China]] en condiciones de servidumbre. Pero esto solo atenuó en alguna medida tales pugnas, pues el capitalismo avanzaba sin detenerse en la historia económica de Cuba.
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No solo la industria azucarera brindó condiciones para el nacimiento del proletariado cubano. En [[1817]] se abolió el estanco del tabaco implantado precisamente un siglo antes, por lo que el cultivo, la venta y la exportación de este producto fueron liberados de exacciones; en [[1827]] entró en vigor la orden gubernamental que eximía de impuestos y contribuciones sobre la fabricación y venta del artículo, por lo que la industria tabacalera contó con relevantes factores que favorecieron su desarrollo. El [[Habano|tabaco habano]] imperaba en el mercado internacional desde inicios del siglo; esta demanda conexionada con la desaparición de la factoría determinó el surgimiento de talleres que aunaron a tabaqueros dispersos, que solo conocían las asociaciones de exiguos números de componentes dedicados a la producción para el consumo interno. A partir de este momento, un número notable de individuos comenzó a afluir a estos talleres hasta el extremo de existir en [[1861]] un total de 516 tabaquerías en las que estaban ocupados 15 128 trabajadores.
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El proletariado cubano nace a partir del surgimiento de las relaciones capitalistas de producción en los sectores de la industria azucarera, la del torcido de tabaco y la cigarrera pudo desarrollarse. Si bien se había producido un vertiginoso avance de estas industrias en la primera mitad del siglo XIX, las condiciones para la organización de los obreros no fueron tan propicias para el proletariado azucarero como para el tabacalero. Estos últimos estaban concentrados bajo un mismo techo, lo que posibilitaba la comunidad de intereses al estar sometidos todos a las mismas condiciones de trabajo. El proletariado azucarero, también masivo, encontró un freno para la unión en la esclavitud no abolida, la que constituía un valladar potente que retardó la organización sindical de los azucareros en relación con los tabacaleros.
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El movimiento sindical, durante su primera etapa, se caracterizó por sus ideas reformistas, de colaboración de clases, y en cuanto a su organización, por la constitución de sociedades de socorro mutuo, basadas en la hermandad y por la organización del primer sindicato que encaminaba sus demandas a mejoras en las condiciones de vida, de trabajo y de salarios. Esta línea tuvo su concreción en la huelga de [[1865]], en la que participaron más de 400 trabajadores de dos tabaquerías por afectaciones en sus salarios. Luego, durante la [[Guerra de los Diez Años]] el movimiento obrero languideció debido por un lado a que su dirigencia insular, y por otro, al traslado de muchas fábricas de tabacos a [[Tampa]], [[Cayo Hueso]] y [[Nueva York]] huyendo de la crisis que ocasionó la guerra. Además, en [[1869]] el gremio de tabaqueros fue disuelto y sus principales figuras fueron obligadas a emigrar.
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En [[1878]] no solo se inauguró la Asociación de Tabaqueros de La Habana, que había sido disuelta el mismo año en que se fundó, sino que aumentó el número de gremios y aparecieron sociedades cooperativas. En [[1890]] se restablecieron las luchas de los talleres y a partir de este año se produjeron en otros sectores como los cocheros, serenos, operarios de sastrerías y de la industria de telefónica, y trabajadores cigarreros, panaderos, carreteros y empleados del Hospital Civil, y en otros sectores. Como respuesta a estas acciones los patrones se organizaron para ser fuertes, pues en este mismo año en el "Gremio de fabricantes", en [[1884]] fundaron la "Unión de fabricantes de tabacos" y más tarde la "Asociación de fabricantes de cigarros".
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A partir del año [[1888]], en el que se promulgó la Ley de Asociación, aumentó la constitución de gremios y proporcionalmente aumentar las huelgas, ampliándose en número y sectores. En [[1890]] se conmemoró por primera vez el [[Día Internacional de los Trabajadores|1ro. de mayo]] en Cuba, y al año siguiente un congreso regional de las organizaciones de la isla. Así, en [[1892]] se celebró el que realmente por su importancia ha sido considerado el primer congreso obrero cubano; a pesar de que la anarquía era aún la fuerza hegemónica entre los trabajadores, se manifestó que el ideal [[Socialismo|socialista]] no era un obstáculo para las aspiraciones independentistas del pueblo. Este acuerdo, así como la convocatoria a una huelga general en pos de una jornada de trabajo de ocho horas y el apoyo de los gremios de la raza negra y la adhesión de sus protestas por el atropello o negación por parte de las autoridades de los derechos civiles de los miembros de aquella, constituyeron junto a otros pronunciamientos aprobados unánimemente, la razón para que fueran detenidos sus delegados y se clausurara el evento.
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Desde [[1891]] hasta [[1893]] se organizaron las últimas huelgas bajo la dominación española precisamente en este último año se produjeron solo tres, entre ellas una de planchadoras, la primera huelga de mujeres en Cuba. Este descenso en el número de huelgas fue consecuencia de la represión sufrida por los trabajadores más activamente revolucionarios y la declaración de ilícitas de las que se convocaron con posterioridad al congreso. No obstante, los trabajadores colaboraron desde [[1895]] por la libertad, tanto en Cuba como en el exilio.  
  
 
== Principios ==
 
== Principios ==

Revisión del 10:36 23 nov 2022

Derecho Laboral Cubano
Información sobre la plantilla
Derecho laboral.jpg
Concepto:Rama jurídica que tiene por objeto la tutela de la clase trabajadora para fines de interés general

Derecho Laboral Cubano. Rama jurídica que tiene por objeto la tutela de la clase trabajadora para fines de interés general. Es la ordenación de las bases de las relaciones laborales entre las partes del contrato de trabajo.

Surgimiento del Derecho Laboral en Cuba

Nacimiento de la clase obrera cubana

El nacimiento de la clase obrera cubana y su organización tuvieron su origen en el surgimiento y desarrollo del capitalismo en la isla. Al analizar este fenómeno, Sergio Aguirre ha expresado que

"El proletariado es una consecuencia forzosa de la Revolución Industrial que en Inglaterra nace en la segunda mitad del siglo XVIII y que se propaga lentamente al resto del planeta. La invención de máquinas y su empleo en sistemas de producción existentes, comporta una radical metamorfosis en los métodos hasta ahora, usados para fabricar mercancías con destino a los mercados mundiales. Los dispersos artesanos de siempre, sometidos ahora acondiciones de acumulación y concentración capitalista, dan peculiar fisonomía al siglo XIX al convertirse propiamente en obreros. Crece su número rápidamente y van agrupándose encuentros de trabajo, a la vez que se ven obligados a sostener con sus patronos nuevas relaciones de producción. Signo distintivo del pasado siglo es, por ello, la gradual desaparición del antiguo artesano y el advenimiento del proletariado

Durante el siglo XIX la máquina de vapor invadió los ingenios de Cuba, ya en 1861 movía el 70.7 porciento de todos los ingenios de la colonia. Se hizo imprescindible también en los restantes procesos que respondían al traslado y comercialización del azúcar, tales como la inauguración del primer tramo del ferrocarril de 27 kilómetros que en 1885 había alcanzado la extensión de 1499 kilómetros, y la red telegráfica, pues desde 1854 los ingenios empezaron a establecer sus telégrafos Morse. Así se relacionaron zonas que en esa época se encontraban aisladas unas de otras, e incluso se facilitó la integración económica de distintas regiones. Todo ello propició además el proceso de concentración de la producción; la cantidad de ingenios se iba reduciendo gradualmente, a medida que la producción aumentaba. El desarrollo técnico empleado por algunos propietarios convirtió el azúcar en un producto de más fácil elaboración que con los medios manuales; así, su precio se abarató y compitió con el producto elaborado en ingenios cuyos propietarios no podían introducir la novedosa técnica. De esta forma, los pequeños y arcaicos centros fracasaron, mientras que las grandes y desarrolladas fábricas de azúcar duplicaban en menos tiempo su producción.

Las relaciones de producción esclavistas en franca contradicción con las capitalistas obligaron a los hacendados azucareros a introducir en el país trabajadores de España, Islas Canarias, Yucatán y China en condiciones de servidumbre. Pero esto solo atenuó en alguna medida tales pugnas, pues el capitalismo avanzaba sin detenerse en la historia económica de Cuba.

No solo la industria azucarera brindó condiciones para el nacimiento del proletariado cubano. En 1817 se abolió el estanco del tabaco implantado precisamente un siglo antes, por lo que el cultivo, la venta y la exportación de este producto fueron liberados de exacciones; en 1827 entró en vigor la orden gubernamental que eximía de impuestos y contribuciones sobre la fabricación y venta del artículo, por lo que la industria tabacalera contó con relevantes factores que favorecieron su desarrollo. El tabaco habano imperaba en el mercado internacional desde inicios del siglo; esta demanda conexionada con la desaparición de la factoría determinó el surgimiento de talleres que aunaron a tabaqueros dispersos, que solo conocían las asociaciones de exiguos números de componentes dedicados a la producción para el consumo interno. A partir de este momento, un número notable de individuos comenzó a afluir a estos talleres hasta el extremo de existir en 1861 un total de 516 tabaquerías en las que estaban ocupados 15 128 trabajadores.

El proletariado cubano nace a partir del surgimiento de las relaciones capitalistas de producción en los sectores de la industria azucarera, la del torcido de tabaco y la cigarrera pudo desarrollarse. Si bien se había producido un vertiginoso avance de estas industrias en la primera mitad del siglo XIX, las condiciones para la organización de los obreros no fueron tan propicias para el proletariado azucarero como para el tabacalero. Estos últimos estaban concentrados bajo un mismo techo, lo que posibilitaba la comunidad de intereses al estar sometidos todos a las mismas condiciones de trabajo. El proletariado azucarero, también masivo, encontró un freno para la unión en la esclavitud no abolida, la que constituía un valladar potente que retardó la organización sindical de los azucareros en relación con los tabacaleros.

El movimiento sindical, durante su primera etapa, se caracterizó por sus ideas reformistas, de colaboración de clases, y en cuanto a su organización, por la constitución de sociedades de socorro mutuo, basadas en la hermandad y por la organización del primer sindicato que encaminaba sus demandas a mejoras en las condiciones de vida, de trabajo y de salarios. Esta línea tuvo su concreción en la huelga de 1865, en la que participaron más de 400 trabajadores de dos tabaquerías por afectaciones en sus salarios. Luego, durante la Guerra de los Diez Años el movimiento obrero languideció debido por un lado a que su dirigencia insular, y por otro, al traslado de muchas fábricas de tabacos a Tampa, Cayo Hueso y Nueva York huyendo de la crisis que ocasionó la guerra. Además, en 1869 el gremio de tabaqueros fue disuelto y sus principales figuras fueron obligadas a emigrar.

En 1878 no solo se inauguró la Asociación de Tabaqueros de La Habana, que había sido disuelta el mismo año en que se fundó, sino que aumentó el número de gremios y aparecieron sociedades cooperativas. En 1890 se restablecieron las luchas de los talleres y a partir de este año se produjeron en otros sectores como los cocheros, serenos, operarios de sastrerías y de la industria de telefónica, y trabajadores cigarreros, panaderos, carreteros y empleados del Hospital Civil, y en otros sectores. Como respuesta a estas acciones los patrones se organizaron para ser fuertes, pues en este mismo año en el "Gremio de fabricantes", en 1884 fundaron la "Unión de fabricantes de tabacos" y más tarde la "Asociación de fabricantes de cigarros".

A partir del año 1888, en el que se promulgó la Ley de Asociación, aumentó la constitución de gremios y proporcionalmente aumentar las huelgas, ampliándose en número y sectores. En 1890 se conmemoró por primera vez el 1ro. de mayo en Cuba, y al año siguiente un congreso regional de las organizaciones de la isla. Así, en 1892 se celebró el que realmente por su importancia ha sido considerado el primer congreso obrero cubano; a pesar de que la anarquía era aún la fuerza hegemónica entre los trabajadores, se manifestó que el ideal socialista no era un obstáculo para las aspiraciones independentistas del pueblo. Este acuerdo, así como la convocatoria a una huelga general en pos de una jornada de trabajo de ocho horas y el apoyo de los gremios de la raza negra y la adhesión de sus protestas por el atropello o negación por parte de las autoridades de los derechos civiles de los miembros de aquella, constituyeron junto a otros pronunciamientos aprobados unánimemente, la razón para que fueran detenidos sus delegados y se clausurara el evento.

Desde 1891 hasta 1893 se organizaron las últimas huelgas bajo la dominación española precisamente en este último año se produjeron solo tres, entre ellas una de planchadoras, la primera huelga de mujeres en Cuba. Este descenso en el número de huelgas fue consecuencia de la represión sufrida por los trabajadores más activamente revolucionarios y la declaración de ilícitas de las que se convocaron con posterioridad al congreso. No obstante, los trabajadores colaboraron desde 1895 por la libertad, tanto en Cuba como en el exilio.

Principios

Es la traslación de los derechos constitucionales de los trabajadores a la dimensión del Derecho Laboral, de manera que no constituyen vías rectoras o lineamientos para proyectar esta rama del Derecho, sino una relación de derechos que deben ser garantizados.

Objeto

El objeto del Derecho Laboral no es el trabajo sino la regulación de las relaciones que surgen y mantienen los hombres entre si, es decir, relaciones sociales que surgen en el ámbito laboral, o sea, de la actividad productiva o de la prestación de servicios.

Fuentes de Derecho

Se consideran fuentes de Derecho a los elementos que sirven de partida para la elaboración de disposiciones normativas de una rama determinada del ordenamiento jurídico en general y que a su vez es expresión de la misma.

No sólo es fuente de Derecho aquello de lo cual emana una producción jurídica, sino también, aquello que la manifiesta. De manera que el dinamismo de esta categoría es múltiple, pues no solo da lugar a otro ente, sino al expresarlo constituye en sí misma vida y desarrollo.

Fuentes materiales

Constituyen el contenido, la concreción de la esencia del Derecho. Son fuentes materiales las condiciones de vida, las relaciones entre las clases sociales, las determinaciones políticas y la acción de las organizaciones sociales que influyen y desarrollan un tipo de relación social determinada, la idiosincrasia de un pueblo que se manifiesta en sus tradiciones culturales e históricas y las características nacionales.

De acuerdo con esta clasificación, las fuentes materiales del Derecho Laboral Cubano (DLC) son las siguientes:

  • La correspondencia que existe entre el grado de desarrollo de las fuerzas productivas y las relaciones de producción
  • El carácter del trabajo y las relaciones que de él se derivan.
  • Las disposiciones de los órganos superiores del Partido Comunista de Cuba (PCC).
  • Los acuerdos de los congresos de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) y sus sindicatos.
  • La concreción de las leyes generales del socialismo en Cuba de acuerdo con nuestras tradiciones históricas y nuestras características nacionales.
  • La concreción de las leyes generales del socialismo en Cuba de acuerdo con nuestras tradiciones históricas y nuestras características nacionales.

Fuentes formales

Son la forma externa del Derecho y constituyen el reconocimiento del Estado de la forma de expresión de las normas jurídicas. Son fuentes formales del Derecho los instrumentos jurídicos internacionales, las disposiciones normativas emanadas de órganos competentes del estado que regulan determinadas relaciones sociales, acuerdos y pactos de naturaleza jurídica.

Según lo antes mencionado las fuentes formales del Derecho Laboral Cubano son las siguientes:

Convenio colectivo de trabajo

Artículo principal: Convenio colectivo de trabajo
Una de las formas más novedosas y ágiles para modificar o dar nacimiento a normas jurídicas, de ahí su carácter de fuente formal del Derecho Laboral. En muchos sistemas de Derecho se les denominan contratos colectivos de trabajo. Es el acuerdo, de naturaleza jurídica contractual, concertado y suscrito por la administración de una entidad laboral, de una parte, y la representación de la organización sindical correspondiente, de la otra, a fin de establecer las condiciones de trabajo y la mejor aplicación y exigencia de los derechos y obligaciones recíprocos que rigen las relaciones laborales de dicha entidad, a fin de impulsar la ejecución de los planes técnico-económicos mediante la gestión administrativa y el amplio desarrollo de la actividad e iniciativa de todos los trabajadores.

Funciones

Las funciones del Derecho Laboral Cubano son las siguientes:

  • Reguladora: Cumple la función de regular las relaciones de trabajo que surgen entre los trabajadores entre sí o entre éstos y sus administraciones o empleadores.
  • Determinante: Determina en las relaciones laborales que surgen en el proceso de producción y servicios al poder establecer las reglas de conducta de los sujetos participantes en el mismo y de organización de dicha actividad.
  • Concientizadora: Es el reflejo inmediato de las relaciones de producción y del carácter que de ellas se deriva y de las luchas de los trabajadores.
  • Protectora: La concesión de un conjunto de derechos laborales, de todas las contingencias que ocurren en la relación de trabajo que puedan afectar al trabajador, para evitar que se convierta en un caso social.
  • Armonizadora: Valor que tienen para la rama del Derecho los intereses de los trabajadores como seres individuales como de la economía del país y de la sociedad en general. El DLC armoniza las necesidades y aspiraciones de obreros y empleados para lograr un equilibrio entre las necesidades individuales y sociales.

Sistema

El sistema del Derecho Laboral Cubano está formado por un conjunto de categorías, instituciones y sub-instituciones que toman formas y se aplican a través de una serie de disposiciones jurídicas de diverso rango, sustentadas en principios de Derecho generales y específicos de este material.

Instituciones jurídicas laborales

Conocidas también como institutos laborales, son sistemas constituidos por elementos categoriales armónicamente nucleados en torno a un principio esencial que conforman una parte del Derecho Laboral y dan legitimidad teórica a un derecho específico en materia laboral

Sub-instituciones jurídicas laborales

Están muy identificadas con las instituciones jurídicas laborales, y su existencia permite su soporte y fortalecimiento; lo que las caracteriza es su especificidad, en tanto que las instituciones constituyen un enfoque general del tratamiento dado a un derecho laboral. Su existencia permite el estudio y regulación pormenorizados de una situación jurídica. Sobre estas instituciones se erige el sistema normativo del Derecho Laboral Cubano, el que gráficamente pudiera ser representado como una pirámide en cuyo vértice superior se encuentra la Constitución de la República del 24 de febrero de 1976 —modificada en 1992— que eleva a constitucionales los derechos laborales siguientes:

  • Derecho al trabajo.
  • Derecho a la Seguridad Social y la Asistencia social.
  • Derecho a la capacitación técnica o laboral.
  • Derecho a un salario justo.
  • Derecho a participar en la gestión de la producción y los servicios.
  • Igualdad de derechos y deberes laborales.
  • Derecho al descanso.
  • Derecho a la protección e higiene del trabajo.
  • Derecho de sindicalización.

Fuentes

  • Conferencia Internacional del Trabajo, 88ª reunión, 2000: Ratificaciones por convenio y por país (al 31 de diciembre de 1999) Informe III. Parte 2. Oficina Internacional del Trabajo, Ginebra, 2000.
  • Organización Internacional del Trabajo: Convenio y recomendaciones internacionales del trabajo (19191984) adoptados por la Conferencia Internacional del Trabajo, Organización Internacional del Trabajo, Ginebra, 1985, pp. 433-440.
  • Zhidkov, O., Chirkin, V. y Iudin, Y.: Fundamentos de la Teoría Socialista del Estado y del Derecho, Editorial Progreso, Moscú, 1980.
  • Rodríguez Grillo, Luisa: Derecho Económico. Temas Complementarios, ENPES, La Habana, 1989.
  • Martinez Benito, Daniel: Derecho Laboral. El derecho laboral en España [[1]].