Buque corsario

Corsario
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Concepto:Corsario. Nombre que se atribuía a los navegantes que, en virtud del permiso concedido por un gobierno en una carta de marca o patente de corso en virtud de la cual, capturaban y saqueaban el tráfico mercante de las naciones enemigas de ese gobierno. Un buque corsario era aquel que navegaba bajo la bandera de un Estado y realizaba "actos de guerra" contra los intereses de los países enemigos (normalmente se trataba de debilitar sus líneas de comunicaciones navales). Se denominaba corsarios a su comandante y tripulación.

Corsario. Se dice del buque corsario, a aquel que andaba al corso, con patente del gobierno de su nación. Cuando los barcos corsarios no cumplían misión de la Corona, solían atacar cualquier buque cuya bandera no fuera la suya, comportándose como piratas, pero aún conservando los derechos de navegar en corso. Al comandante y la tripulación se nombraban corsarios.

El corso fue empleado con éxito por los revolucionarios franceses y americanos, en sus luchas contra potencias navales superiores.

Origen

La práctica de la Piratería es, probablemente, tan antigua como la navegación y el comercio marítimo. Desde tiempos inmemoriales salteadores fenicios, griegos, romanos, berberiscos, vikingos, chinos y malayos asolaron “todo mar conocido del uno al otro confín”, convirtiendo las aguas litorales y mediterráneas en teatro de sus depredaciones.

Con el decursar del tiempo, los jefes de Estado, carentes de recursos financieros para mantener flotas de guerra permanentes, en tiempos de conflicto militar se veían obligados a arrendar buques particulares para las grandes operaciones navales, lo que dio origen al corso como procedimiento bélico, eficiente y económico para realizar lo que hoy llamaríamos acciones sistemáticas contra las líneas de comunicación marítima del enemigo; en realidad, una variante de la Piratería oficialmente auspiciada y jurídicamente regulada desde finales del siglo xiii.

Carta de marca o patente de corso

Las patentes de Corso eran entregadas por un gobernante, aunque lo más habitual en la práctica era que éste delegara en un gobernador. En tiempo de guerra, incluso podía llegarse al extremo de organizar expediciones corsarias contra los intereses de una potencia hostil.

Los límites que planteaban estos documentos a la acción de sus propietarios eran muy ambiguos y normalmente eran los capitanes corsarios y sus tripulaciones quienes decidían qué era lo que podían hacer y qué era lo que no.

Obligaciones de las embarcaciones corsarias

Los capitanes de las embarcaciones corsarias estaban obligados -formalmente- a llevar todo el botín a un puerto amigo y entregarlo a un “tribunal de presas” que lo ponía en subasta de cuyos resultados correspondía al capitán y su tripulación una pequeña parte (que podía ser un quinto o incluso más).

Cuando los barcos corsarios no cumplían misión de la Corona, solían atacar cualquier buque cuya bandera no fuera la suya, comportándose como piratas, pero aún conservando los derechos de navegar en corso. El botín que conseguían de esta manera era para ellos, aunque estaban obligados a entregar una parte al gobernador colonial de procedencia.

Normas de protección en los mares

Los barcos corsarios podían considerar como puertos seguros aquellos que perteneciesen al país bajo cuya bandera hacían el corso o sus aliados, gozando además de su protección. No podían ser colgados por practicar la piratería porque gozaban de los beneficios de la patente de corso expedida por la Corona, que los convertía en combatientes legales. Evidentemente, un corsario apresado por el enemigo no podía confiar mucho en este derecho, pues era costumbre colgar también a los corsarios enemigos.

Vapor Hornet

El corso fue empleado con éxito por los revolucionarios franceses y americanos, en sus luchas contra potencias navales superiores, pero la injerencia norteamericana impidió que los cubanos lo aprovecharan en sus guerras de independencia contra el colonialismo español. Carlos Manuel de Céspedes intentó utilizar el corso para hostigar las largas y vulnerables líneas de comunicaciones españolas entre la Península y Cuba, y a tal efecto extendió patente de corso al vapor Hornet, pero la injerencia norteamericana lo impidió.


Causas del corso en América

La primacía obtenida por España con su aparición en el Nuevo Mundo acentuó la compleja situación político-militar que prevalecía en la Europa del siglo xvi, ya de por sí convulsa por una serie de enfrentamientos militares que tenían como causa fundamental la pugna entre el capitalismo emergente, en su fase comercial y bancaria, y los estamentos feudales que detentaban el poder político, pero que estaban en decadencia. Si se añaden a esto las tensiones derivadas de sucesiones dinásticas, rivalidades entre casas regentes, problemas religiosos y otros, veremos una situación propicia para el desencadenamiento de guerras civiles y conflictos bélicos entre Estados y coaliciones de Estados, que se extendió a lo largo de más de tres siglos, y en los que Cuba se vio continuamente involucrada.

El dilatado y riquísimo imperio español, que en América se extendía desde California hasta las márgenes del río Missouri por el norte y hasta la Tierra del Fuego por el sur, fue santificado por las bulas inter caeteras del Papa Alejandro VI, de la familia de los Borgia, del 3 y 4 de mayo de 1493 y sus límites precisados con Portugal, mediante el Tratado de Tordesillas, en julio de 1494.

Esta supuesta fuente de derecho animó a la corona española a proclamar el principio de Mare Clausum o mar cerrado a la navegación de todo extranjero, el que, naturalmente, era inaceptable en ese momento histórico para otros Estados con avidez de participar en el despojo del Nuevo Mundo.

Mare Liberum o mar libre a la navegación y el comercio

De este modo, Francisco I de Francia se adscribió al principio de Mare Liberum o mar libre a la navegación y el comercio, y con sorna pidió ver la cláusula del testamento de Adán, donde América era otorgada a España y Portugal. Para los ingleses, España carecía en absoluto de su pretendido derecho de soberanía y comercio monopólico en las Indias Occidentales. Afirmaban que dicho derecho era contrario al law nations o jus gentium —derecho de gentes— porque la mera donación del Obispo de Roma carecía de todo valor jurídico.

La condición de potencia político-militar de que disfrutaba España, respaldada por la enorme autoridad de la Iglesia Romana, la colocó en una posición de intransigencia, que impidió resolver su diferendo con el resto de las potencias europeas, las que al no poder lograr sus codiciosos objetivos mediante negociaciones, continuaron su política por otros medios: la guerra.

Casa de Contratación de Sevilla

Especialmente irritante para la burguesía comercial europea, resultó la creación de la Casa de Contratación de Sevilla por pragmáticas del 20 de enero y 5 de junio de 1503, como representante del monopolio comercial que la corona española estableció para su imperio americano.

Entre 1503 y 1593, la Casa reglamentó rigurosamente el tráfico comercial entre ambos mundos, en un voluminoso cuerpo de ordenanzas, cuya esencia era la prohibición absoluta, incluso a navíos particulares españoles o de la corona, para venir a las Indias Occidentales sin su consentimiento. Esta discriminatoria reglamentación fue temporalmente flexibilizada por Carlos I, cuando en 1529 permitió a sus súbditos no españoles pasar al Nuevo Mundo y concedió a los puertos de Bayona, Coruña, Avilés, Laredo, Bilbao, San Sebastián, Málaga y Cádiz, el derecho de expedir naves mercantes a América, pero el monopolio fue de nuevo implantado al asumir el trono Felipe II (1579).

Monopolio de la Casa de Contratación

El monopolio de la Casa de Contratación imponía enormes restricciones al comercio, encarecía extraordinariamente las mercancías procedentes de Europa, al mismo tiempo que pagaba precios irrisorios por las producciones americanas y las gravaba con elevados impuestos; era irregular, lento y tan inoperante, que fue incapaz de abastecer las villas del interior de Cuba con los medios necesarios para la vida de los colonos y con los esclavos que demandaba el desarrollo de la agricultura y la minería. Baste señalar que hacia 1770 todo el comercio con Cuba se hacía con cinco o seis barcos.

Fuente

Historia Militar I, Centro de Información para la Defensa