Consejo Nacional Electoral (Venezuela)

Consejo Nacional Electoral (Venezuela)
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Concepto:Órgano rector según la Ley Orgánica del Poder Electoral, que es uno de los cinco poderes en los que se divide el Poder Público de Venezuela, tiene carácter permanente y su sede está en la ciudad de Caracas, Venezuela.

Consejo Nacional Electoral (Venezuela). Entidad rectora del Poder Electoral, responsable de la transparencia de los procesos electorales y referendarios; garantiza a los venezolanos y las venezolanas, la eficiente organización de todos los actos electorales que se realicen en el país y en particular, la claridad, equidad y credibilidad de estos procesos y sus resultados para elevar y sostener el prestigio de la institución electoral.

Consejo Nacional Electoral

Es el ente rector del Poder Electoral, responsable de la transparencia de los procesos electorales y referendarios; garantiza a los venezolanos y las venezolanas, la eficiente organización de todos los actos electorales que se realicen en el país y en particular, la claridad, equidad y credibilidad de estos procesos y sus resultados para elevar y sostener el prestigio de la institución electoral. Noble propósito para mantener vivo en los ciudadanos y ciudadanas, el afecto por la democracia, en cuanto al sistema más adecuado para una pacífica convivencia en sociedad.

Misión

Ejercer como órgano rector del Poder Electoral la organización, administración y supervisión de todos los actos relativos a procesos electorales a realizarse en el ámbito nacional, regional, municipal y parroquial, a través de la Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, como órganos subordinados, garantizando y preservando el sufragio como expresión genuina de la voluntad del pueblo y fuente creadora de los poderes públicos.

Visión

Será el vértice de una organización electoral moderna y autónoma cuya normativa, estructura, procedimientos y sistemas optimizan la ejecución y control de los procesos electorales y de referendos, mediante el concurso de un equipo de funcionarios de amplia carrera y experticia electoral que, haciendo uso de las más avanzadas tecnologías y bajo los principios de transparencia y respeto a la voluntad del electorado, ejecutan comicios de alta calidad, ubicándose como importante referencia en la organización de elecciones en América Latina.

Integración

Integrado por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos; tres de ellos postulados por la sociedad civil, uno por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades nacionales, y uno por el Poder Ciudadano.

Organismos del sufragio en Venezuela

El Poder Electoral se ejerce por órgano del Consejo Nacional Electoral, como ente rector, y como órganos subordinados a éste, por la Junta Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento.

Junta Nacional Electoral

Es un Órgano Subordinado del Consejo Nacional Electoral. Se encarga de la dirección, supervisión y control de todos los actos relativos al desarrollo de los procesos electorales y de referendos, previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Funciones

Planificar y ejecutar todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, referendos y otras consultas de su competencia.

  • Proponer las circunscripciones electorales.
  • Establecer el número y ubicación de los centros de votación y de mesas electorales.
  • Fijar la fecha de la instalación de las juntas y las mesas electorales
  • Elaborar la lista de elegibles a cumplir con el servicio electoral.
  • Totalizar, adjudicar y proclamar a los candidatos y candidatas que resulten elegidos o elegidas en elecciones regionales, metropolitanas, municipales y parroquiales cuando las juntas correspondientes no hayan proclamado en el tiempo previsto en la ley.
  • La totalización, adjudicación, proclamación y entrega de credencial, con base a las actas de escrutinio de los Diputados y Diputadas a la Asamblea Nacional la hacen los órganos correspondientes.

Integrantes

  1. Presidenta: Tania D'Amelio Cardiet
  2. Integrantes: Roberto Antonio Picón Herrera y Carlos Enrique Quintero Cuevas

Organismos Electorales Subalternos

  • Juntas Regionales Electorales.
  • Juntas Municipales Electorales.
  • Mesas Electorales.
  • Juntas Metropolitanas.
  • Juntas Parroquiales.

Características de los Organismos Electorales Subalternos

  1. Asumen en la jurisdicción que le corresponde la ejecución y vigilancia de los procesos electorales.
  2. Tienen su sede en la capital de la respectiva entidad federal, municipal, distrital o parroquial.
  3. Son de carácter temporal.
  4. Integrados por cinco miembros principales, con sus suplentes, secretario y secretarias, seleccionados por sorteo público.

Fuentes

  • Artículo: Consejo Nacional Electoral. Venezuela. Información tomada del sitio: www.cne.gob.ve. Consultado el 29 de noviembre de 2021.